}Este viernes, el Banco Central de Reserva (BCR) señala que cuando entre en vigencia la norma que exonera del Impuesto General a las Ventas (IGV) a los alimentos de mayor incidencia en la canasta básica familiar (carne de pollo, pan, huevos, aceites comestibles y azúcar refinada) debería trasladarse a menores precios de dichos alimentos para el bienestar de los hogares peruanos.
“La reducción de impuestos debería trasladarse a los precios y eso generar a corto plazo menores presiones inflacionarias, eso definitivamente debería esperarse”, manifestó el gerente central de Estudios Económicos del BCR, Adrián Armas.
Luego explicó las consecuencias que habrá tras esta medida de la reducción de impuestos en determinados productos de la canasta familiar. “Una vez que ello se aplique (exoneración del IGV para los principales alimentos de la canasta básica familiar) se esperaría que se traslade a menores precios, evidentemente”, agregó.
A su vez, Adrián Armas consideró que esta medida debería tener un carácter transitorio, porque de otro modo podría tener implicancias fiscales.
“También debe tomarse conciencia que son ingresos que forman parte de la fuente de financiamiento del presupuesto de todos los años y no deberían ser medidas de tipo permanentes, sino transitorias”, explicó el gerente central de Estudios Económicos del BCR.
“Se esperaría que cuando bajen los precios internacionales y bajen estas presiones inflacionarias, la medida debería revertirse, considerando, además, de que se corrijan los altos precios de los combustibles que se están dando actualmente”, sentenció.
Y es que, recordemos que el último jueves, el Congreso aprobó el proyecto que tiene la finalidad de exonerar el Impuesto General a las Ventas (IGV) a los alimentos de primera necesidad hasta diciembre de este año, esto como medida para amortiguar la subida de los precios.
Esta iniciativa, presentada por el Poder Ejecutivo, así como de las bancadas de Acción Popular, Fuerza Popular, Perú Libre y Perú Democrático, recibió 97 votos a favor, 9 en contra y dos abstenciones.
Esta normativa busca crear un mecanismo de uso y devolución del crédito fiscal del IGV acumulado que hubiere gravado la adquisición de las materias primas e insumos y otros productos o servicios utilizados en el proceso productivo de los alimentos que se exoneran por la presente ley.
¿CUÁLES SON LOS PRODUCTOS EXONERADOS DEL IGV?
La exoneración alcanza a la importación o venta interna de los alimentos como pollo, huevo, leche, harina de trigo, fideos, azúcar y productos cárnicos: res, cerdo, cuy y alpaca. No obstante, la Ley aprobada agregaría otros alimentos.
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