Congreso aprobó iniciativa para exonerar del IGV a alimentos de primera necesidad

Alimentos como pollo, huevos, leche, harina de trigo, fideos, azúcar y productos cárnicos sufrirán una baja considerable en su precio.

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Peruvian President Pedro Castillo addresses congress as he faces an impeachment vote, in Lima, Peru March 28, 2022. Ernesto Arias/Peru's Congress of the Republic/Handout via REUTERS ATTENTION EDITORS - THIS IMAGE HAS BEEN SUPPLIED BY A THIRD PARTY. NO RESALES. NO ARCHIVES
Peruvian President Pedro Castillo addresses congress as he faces an impeachment vote, in Lima, Peru March 28, 2022. Ernesto Arias/Peru's Congress of the Republic/Handout via REUTERS ATTENTION EDITORS - THIS IMAGE HAS BEEN SUPPLIED BY A THIRD PARTY. NO RESALES. NO ARCHIVES

Este jueves 7 de abril, el pleno del Congreso aprobó una iniciativa que tiene la finalidad de exonerar el Impuesto General a las Ventas (IGV) a los alimentos de primera necesidad, con la finalidad de beneficiar a las familias peruanas.

Y es en medio de las manifestaciones de los pobladores por el aumento de los precios de la canasta familiar, la propuesta fue apoyada por 97 congresistas, nueve en contra y dos abstenciones. Posteriormente, por 96 votos a favor, diez en contra y una abstención se exoneró de la segunda votación.

Según la iniciativa, plantea establecer la exoneración del IGV que grava la importación o venta interna del pollo, huevos, leche, harina de trigo, fideos, azúcar y productos cárnicos. Alimentos de primera necesidad en los hogares peruanos.

Asimismo, crear un mecanismo de uso y devolución del crédito fiscal del IGV acumulado que hubiera gravado la adquisición de las materias primas e insumos y otros servicios usados en el proceso productivo de los alimentos exonerados.

Además, se incorpora el Apéndice I-A en el Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo 055-99-EF.

No obstante, establece que la solicitud de devolución del crédito fiscal acumulado y no usado, podrá ser presentada cada tres meses y por un monto mínimo de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT). La forma, plazos y otras condiciones son reglamentadas por la Sunat.

A su vez, como disposición complementaria final se dispone que mediante decreto supremo refrendado por el ministro de Economía, se establezcan las normas reglamentarias necesarias para la aplicación de la ley.

De igual modo, precisa que la norma aprobada rige a partir del primer día calendario del mes siguiente a la fecha de su publicación y hasta el 31 de diciembre de 2022.

Mientras que la disposición complementaria transitoria refiere que se encarga al Poder Ejecutivo la conformación de una Comisión multisectorial integrada por un representante de los ministerios de Economía, Desarrollo Agrario y Energía, para evaluar la reducción de costos de productos alimenticios y mecanismos para beneficiar a la Amazonía.

También, se establece que la Sunat e Indecopi se encargarán del monitoreo de los precios de venta al consumidor final de los productos alimenticios que forman parte de la canasta básica familiar.

Congreso aprueba exoneración del IGV para alimentos de la canasta básica. VIDEO: Canal N

Rosangella Barbarán habla sobre la exoneración del IGV

“Se ha podido aprobar sobre la exoneración del IGV que se encuentra algunos productos de la canasta familiar y creo que es muy importante porque va a ayudar a tener un respiro para que aquellas familias, que todo estos días han sufrido el alza de los precios. Creo que cuando el Congreso de la República llega a tener puntos en común salen proyectos importantes”, afirmó la congresista a Radio Exitosa.

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