Barrios Altos y la Cantuta: los casos por los que la Corte IDH dejaría sin libertad a Alberto Fujimori

El indulto al expresidente podría perder efecto por la decisión de la Corte Interamericana, la cual calificó los delitos como violaciones graves a los derechos humanos.

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Alberto Fujimori había sido condenado
Alberto Fujimori había sido condenado a 25 años por los casos de Barrios Altos y la Cantuta. | Foto: Composición (Infobae)

El caso del indulto de Alberto Fujimori está causando mucha presión y controversias en la esfera política peruana. Recientemente, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) solicitó al Gobierno no liberar al expresidente, pese a que el Tribunal Constitucional (TC) le restituyó el indulto humanitario y gracia presidencial.

Fujimori seguirá en prisión hasta que se decida cómo actuar frente al pedido de las víctimas de Barrios Altos y La Cantuta a la Corte IDH. Conoce aquí los casos que condenaron a Fujimori a 25 años en prisión, y por los que recibió el perdón.

El caso de Barrios Altos se dio el 3 de noviembre de 1991, cuando seis individuos encapuchados y armados del grupo Colina irrumpieron una vivienda en 840 del Jirón Huanta, en Barrios Altos, donde se estaba realizando una pollada. Se presumía que las personas en la casa tenían vínculos con actividades terroristas, por lo que les ordenaron tirarse al piso y luego les dispararon indiscriminadamente. Murieron 15 personas, entre ellas un niño de 8 años de nombre Javier Ríos Rojas, y otras 4 quedaron gravemente heridas.

El caso La Cantuta ocurrió algunos meses después, el 18 de julio de 1992, en la Universidad Nacional de Educación Enrique Guzmán La Valle, más conocida como La Cantuta. En este lugar, nueve estudiantes y un profesor fueron sacados de sus residencias y luego desaparecidos. Los restos de dos de ellos fueron hallados en fosas clandestinas un año después. También se atribuyó la autoría directa al Grupo Colina.

CONDENA

Fujimori fue extraditado desde Chile a Perú en 2007 y condenado por su papel en la masacre de Barrios Altos, La Cantuta, otras violaciones de los derechos humanos, así como por delitos de corrupción. El 7 de abril de 2009 fue condenado a 25 años de prisión por la Sala Penal Especial (SPE). Se determinó que el expresidente había sido autor mediato de los delitos de homicidio calificado y lesiones graves por los hechos ocurridos en Barrios Altos y La Cantuta.

Concluyeron que Fujimori había cooptado las Fuerzas Armadas y era la cabeza de un aparato organizado, que giraba en torno al Servicio de Inteligencia Nacional (SIN). Este había servido como medio para cometer delitos, de los cuales el entonces mandatario sí tenía conocimiento.

Como en el Perú las penas no son acumulativas, esa fue la condena general por la que estuvo en prisión. También fue condenado por usurpación de funciones (6 años), peculado (7 años y 6 meses), pagos ilegales a congresistas y la compra de líneas editoriales de medios de comunicación (6 años) y el caso de los diarios Chicha (8 años).

La SPE calificó los delitos en Barrios Altos y La Cantuta como crímenes de lesa humanidad, debido a que habían sido parte de una política estatal sistemática y generalizada que buscaba la eliminación de personas que presuntamente integraban grupos subversivos. La sentencia fue confirmada en segunda instancia por la Primera Sala Penal Transitoria el 30 de diciembre de 2009.

CASOS LLEGARON A LA CORTE IDH

Las víctimas llevaron los casos a la Corte IDH y el Estado peruano reconoció su responsabilidad por los hechos. Fueron calificados por el tribunal interamericano como violaciones graves a los derechos humanos. Por ello, la Corte estableció que era inadmisible la aplicación de leyes de amnistía o cualquier otro tipo de excluyente.

Con ello, se pronunciaron sobre las leyes de amnistía dictadas durante el gobierno de Fujimori para exonerar a los responsables de la matanza en Barrios Altos y señalaron que carecían de efectos jurídicos.

Esta decisión marcó un precedente importante. La sentencia del caso Barrios Altos sirvió de fundamento para rechazar excepciones presentadas en varios procesos judiciales que buscaban la aplicación de las leyes de amnistía. Por ejemplo, fueron fundamento para el TC en los casos de Martin Rivas y Salazar Monroe, donde declaró infundadas las demandas de militares que buscaban no ser juzgados por los casos.

¿POR QUÉ LOS CASOS SIGUEN ABIERTOS?

Ambos casos siguen estando abiertos ante la Corte Interamericana debido a que el Estado no ha cumplido con muchas medidas ordenadas por el organismo. Las últimas resoluciones de cumplimiento de sentencia de 2009 (caso La Cantuta) y 2012 (caso Barrios Altos) evidencian que aún falta concluir con investigaciones, pagar reparaciones y realizar medidas simbólicas. Por ejemplo, los restos de cinco víctimas del caso La Cantuta aún tienen paradero desconocido y muchos de los sentenciados no han pagado nada por reparación civil.

Además, se han dictado medidas que anulan la gravedad de los casos. En julio de 2012, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia emitió una Ejecutoria Suprema donde declaró que las ejecuciones extrajudiciales ocurridas en el caso Barrios Altos no constituían delitos de lesa humanidad y rebajó las penas de los imputados. La Corte IDH realizó investigó y determinó la existencia de esta medida como contraria al fallo del caso Barrios Altos. Por ello, la Sala Penal Permanente anuló su propia ejecutoria.

Años después, El 24 de diciembre de 2017, el entonces presidente Pedro Pablo Kuczynski otorgó el indulto humanitario y gracia presidencial a Alberto Fujimori por estos dos casos en específico. Ello fue anulado por la Corte Suprema, obedeciendo al fallo de la Corte IDH que invalidaba amnistías para condenados por delitos de lesa humanidad. Sin embargo, el 17 de marzo de 2022, el Tribunal Constitucional restituyó dicha gracia.

Ahora, este 30 de marzo, la Corte IDH solicitó al Gobierno no liberar a Fujimori hasta que se decida sobre los casos. Una audiencia pública fue fijada para el 1 de abril.

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