Desde este viernes 25 de marzo, empezará el cronograma de vencimientos para presentar la Declaración Anual del Impuesto a la Renta 2021, según informó la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).
Esta declaración de impuestos debe ser presentada en total por más de un millón 200 mil contribuyentes. Estas están compuestas por personas naturales y empresas que hayan generado rentas el año anterior.
Hasta el miércoles 23 de marzo, la Sunat estimó que se habían presentado 471 mil 875 declaraciones. De ese número total, 64% corresponden a personas naturales y 36% corresponde a empresas.
Este es el cronograma de vencimientos que se extiende hasta el 8 de abril de 2022. La fecha se determina a partir del número con el que termine el RUC del contribuyente:
- 0: la última fecha para declarar es el 25 de marzo de 2021
- 1: la última fecha para declarar es el 28 de marzo de 2021
- 2: la última fecha para declarar es el 29 de marzo de 2021
- 3: la última fecha para declarar es el 30 de marzo de 2021
- 4: la última fecha para declarar es el 31 de marzo de 2021
- 5: la última fecha para declarar es el 1 de abril de 2021
- 6: la última fecha para declarar es el 4 de abril de 2021
- 7: la última fecha para declarar es el 5 de abril de 2021
- 8: la última fecha para declarar es el 6 de abril de 2021
- 9: la última fecha para declarar es el 7 de abril de 2021
No obstante, para los buenos contribuyentes y aquellos que no están obligados a inscribirse en el RUC la última fecha para declarar será el próximo 8 de abril de 2021.
PASO A PASO PARA SOLICITAR EL IMPUESTO A LA RENTA
Las personas naturales que durante el 2021 tuvieron un exceso en el pago del Impuesto a la Renta (por retenciones mensuales, abonos directos o gastos deducibles) pueden solicitar vía internet, de manera rápida y sencilla, la devolución de ese monto.
Primero deberán presentar su Declaración Anual de Renta 2021, mediante el formulario 709, disponible en el APP Personas o Sunat Virtual, donde encontrarán información detallada de sus ingresos, retenciones y gastos deducibles para facilitar su declaración.
En caso tengan saldo a favor, en ese mismo momento, el sistema le consultará si desea solicitar la devolución y la modalidad de abono, siendo la más rápida y conveniente el abono directo en la cuenta bancaria.
Si el trabajador no registró previamente el Código de su Cuenta Interbancaria (CCI), o desea actualizarlo, podrá hacerlo en ese momento, en el APP Personas o Sunat Virtual.
La cuenta bancaria debe ser en moneda nacional. Una vez presentada la solicitud de devolución, recibirá en el buzón electrónico la constancia respectiva. Aunque el plazo legal para efectuar la devolución es de hasta 45 días hábiles posteriores a su presentación, la Sunat ha reducido significativamente los plazos de atención de estas solicitudes.
TRABAJADORES EN PLANILLA
En el caso de los trabajadores en planilla (dependientes) que durante el 2021 realizaron gastos deducibles, generando un saldo a favor, la devolución se realizará de manera automática, sin necesidad de presentar la Declaración Anual del Impuesto a la Renta, mediante depósito en su cuenta bancaria, siempre que se haya registrado su Código de Cuenta Interbancaria (CCI) ante la Sunat.
Para más información sobre cómo solicitar su devolución o presentar la declaración, puede ingresar a la web especializada https://renta.sunat.gob.pe/.
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