Conoce los procedimientos que debes seguir para realizar de forma correcta tu trámite de Documento de Identidad (DNI). El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) precisó una observación que deja en la incógnita a muchos: por qué no se puede sonreír en la foto oficial del documento.
Recordar que existe la aplicación DNI BioFacial del Reniec que permite el duplicado, rectificación de domicilio y actualización de la fotografía. Este último, no puedes sonreír y por ello se explican las razones para no hacerlo al ser un documento importante que te reconoce como ciudadano.
RAZONES POR LA QUE ESTÁ PROHIBIDO
La directora del Registro de Identidad del Reniec, Celia Saravia, explicó que esta institución no permite que los ciudadanos se muestren sonrientes en la foto del DNI por reglamento. “Para que el sistema pueda autenticar, validar los puntos característicos de las facciones del rostro, es necesario que la cara esté neutra, no sonriente”, señaló la funcionaria.
La razón es que la gestualidad del rostro puede ser un problema para la rápida identificación de las personas para la realización del trámite. “La sonrisa te agranda la boca, te achica la nariz, dependiendo... cada ciudadano tiene su propio estilo (de sonrisa). Eso genera una limitación para que el software biométrico pueda hacer las validaciones”, continuó Saravia.
En esa línea, sigue los pasos para realizar el trámite es:
- Toma la foto con fondo blanco
- Utiliza una luz sobre la cabeza
- Procura estar en un espacio iluminado, pero que no provoque reflejo
- Busca que el rostro esté iluminado de manera pareja
- Evita tener cabello sobre el rostro
- Mantén una distancia aproximada de 1,5 m. de la cámara
- La fotografía debe estar en tamaño pasaporte
- Ten cuidado de no cortar la cabeza, oreja ni cuello en el encuadre.
¿QUÉ SIGNIFICA EL ÚLTIMO DIGITO DEL DNI?
Frente a las dudas expuestas a través de redes sociales, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) decidió responder a todos los usuarios que se encontraban confusos ante dicho dígito.
Aquel número que está casi aislado, no es más que un código de verificación y es asignado solo de forma interna, es decir dentro de la entidad, indicó la Reniec. Por lo tanto, aquellas versiones donde se indicó que se trataba de la cantidad de homonimia quedaron de lado, ya que no es cierto.
Este dígito ha cobrado mayor relevancia en los últimos años y esto se ha dado con la aparición de la pandemia. Eso no quiere decir que antes no se utilizaba. Sin embargo, al implantarse el confinamiento de todos los residentes del país, muchas entidades públicas y privadas habilitaron plataformas web para realizar los trámites de forma online. Con el fin de evitar suplantación de identidad o cualquier acto ilícito al realizar trámites web, es que se piden los datos del DNI y el dígito adicional es uno de ellos.
Previo a la pandemia se utilizaba para realizar trámites en embajadas.
MÁS DATOS SOBRE EL DNI
El Gobierno del Perú, a través de la Reniec anunció que todos los DNI que han caducado tienen vigencia hasta el 31 de marzo de este año. Esto debido a la gran demanda de trámites que tiene la entidad estatal.
“El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC informa a la ciudadanía que, mediante la resolución N° 000230-2021/JNAC/RENIEC, publicada el pasado del 29 de diciembre de 2021, extendió la vigencia de los DNI caducos, hasta el 31 de marzo del presente año”, se lee en el documento.
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