Este jueves se podría debatir en el Pleno del Congreso de la República el Proyecto Ley 904/2021-CR presentado por el congresista Esdras Medina de Renovación Popular, documento que propone la “Ley que impulsa la calidad de los materiales y recursos educativos en el Perú” la cual, de ser aplicada, restaría autonomía al Ministerio de Educación (Minedu) sobre la rectoría de los textos educativos.
De acuerdo con Susana Chávez, directora de Promsex, la iniciativa sería usada para limitar el derecho a la educación de calidad a miles de estudiantes, al dotar a un reducido grupo de padres con la rectoría para censurar materiales educativos. Según el texto, este derecho solo será otorgado a algunas organizaciones de padres que tienen registro como organización, como el caso de Con Mis Hijos No Te Metas, la organización que se encuentra en contra de la educación con enfoque de igualdad de género.
Según comenta la directora de Promsex, este proyecto de ley presenta diferentes peligros para el acceso a una educación de calidad, pues los aprendizajes, temáticas y contenido de los recursos educativos no estarían determinados técnicamente por profesionales especialistas en educación, sino por los padres de familia. Asimismo, implica un grave riesgo para cumplir con los plazos legales. El someter las tres etapas a un proceso de consulta y aprobación por parte de los padres de familia supondrá inevitablemente una ampliación en los cronogramas para la definición, elaboración y distribución de los materiales educativos.
ANTERIORMENTE RECHAZADO
El 15 de febrero del 2022, se propuso el mismo proyecto para que sea debatido en el Pleno, sin embargo, no consiguió los votos requeridos para que sea implementado. Esto fue informado por el diario oficial El Peruano.
“A raíz de la aprobación en comisión del proyecto de ley N° 904-2021-CR, que tiene por objeto facultar a los padres de familia, para que participen en la elaboración y aprobación de los materiales y recursos educativos, de acuerdo a sus convicciones y creencias religiosas. Asimismo, sancionar al personal que autorice la distribución de materiales y recursos educativos, cuya elaboración no hubieren participado los padres de familia y suspender la distribución del material educativo, que no goce de su consentimiento (…)”, se lee en el documento oficial.
Las razones por las que fue rechazada según el documento oficial del diario ya mencionado son:
1. Debilita al Ministerio de Educación en su rol rector y técnico, para la elaboración, producción y adquisición de materiales y recursos educativos que se sujeten a principios pedagógicos alineados al Proyecto Educativo al 2036, la Política de Igualdad de Género, Lineamientos de la Educación Sexual Integral para la Educación Básica, entre otras políticas protectoras de los derechos humanos de la niñez y adolescencia.
2. Desconoce el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la República, sobre la inclusión del enfoque de género en el Currículo Nacional de Educación Básica; donde se resuelve, revocar la sentencia impugnada y revocar la misma en todos sus extremos; bajo el consenso que el enfoque de género, es un derecho que la Constitución del Perú y tratados internacionales en derechos humanos reconocen;
3. Representa un perjuicio sustancial a la Educación Sexual Integral, derecho que busca que la población adquiera conocimientos sobre la sexualidad humana de manera planificada, ya sea a través de los servicios de educación o de salud.
Cabe destacar que en el Perú existen cifras alarmantes respecto al embarazo en niñas y adolescentes, según el Minsa la gestación en menores de edad en zona urbana es de 6.9%, y la zona rural es de 12.4% en el año 2020.
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