San Juan de Miraflores: Clausuran cinco hostales tras operativo contra la trata de personas

Se impuso una multa de dos UIT para los locales que, además, trabajaban en condiciones antihigiénicas.

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El operativo se llevó a
El operativo se llevó a cabo por la PNP a horas de la mañana. | Foto: TV Perú

A horas de la mañana, este 1 de marzo, se realizó un operativo policial en contra de la trata de personas. Así se logró capturar a una persona vinculada al presunto delito de favorecimiento a la prostitución. Además, la Municipalidad de San Juan de Miraflores clausuró cinco hostales que venían ejerciendo la prostitución clandestina desde hace meses.

El general de la Policía (PNP), José Mercedes Zapata Morante, jefe de la región policial de Lima, señaló que se intervino a 450 personas en las cuatro comisarías: Pamploa 1, Pamplona 2, La Heredad de Día y San Juan. Además, se identificaron a 35 personas ejerciendo la prostitución.

En el mismo operativo se logró capturar a Eduardo Damian Flores de la Cruz por la comisión del presunto delito de favorecimiento a la prostitución.

Por otro lado, también se registró que los hostales estaban en condiciones antihigiénicas.

“Colchones malolientes, camas inadecuadas, muy aparte de los delitos y acciones administrativas de los dueños de estos establecimientos, conllevan a una propagación de enfermedades, dijo el general Zapata Morante a TV Perú.

Coexisten otros delitos alrededor de la prostitución, estamos hablando de hurto, estamos hablando de coexion, estamos hablando de proxenetismo y son este tipo de actividades que amortiguan, previenen y neutralizan este tipo de delitos”, agregó.

Debido a esto, el municipio clausuró a los cinco hostales y les impuso una multa de 2 UIT a cada uno.

Estos operativos se están llevando a cabo debido al estado de emergencia que se ha declarado en todo Lima Metropolitana y el Callao.

El municipio impuso una multa de 2 UIT a cada establecimiento. | VIDEO: TV Perú

¿QUÉ ES EL ESTADO DE EMERGENCIA?

El estado de Emergencia es una medida que, según la Constitución Política del Perú, puede ser decretada por el presidente de la República con acuerdo del Consejo de ministros y debe ser solo por un plazo determinado. Según como lo crean las autoridades, puede aplicar para todo el territorio nacional o a un solo sector en específico.

El Estado de emergencia es declarado cuando se registra “perturbación de la paz o del orden interno, de catástrofe o graves circunstancias que afecten la vida de la Nación”.

DERECHOS QUE SE SUSPENDEN

Derecho a la libertad: los sujetos de derechos pueden realizar cualquier clase de actividad, lo cual involucra el ejercicio de los otros derechos fundamentales distintos a la libertad, mientras no vulneren con ella las normas que conforman el orden público, las buenas costumbres y las que tengan carácter imperativo.

Inviolabilidad de domicilio: Los sujetos derechos pueden impedir que cualquier otra persona ingrese a su domicilio para efectuar investigaciones, registros u otros motivos en caso no lo autoricen o cuando los terceros no cuenten con un mandato judicial. No lo podrán impedir, sin embargo, en caso de flagrante delito o muy grave peligro de su perpetración.

Libertad de reunión: Los sujetos de derechos pueden agruparse, congregarse o reunirse, sin aviso previo, tanto en lugares privados como abiertos al público siempre y cuando lo hagan de manera pacífica. Por el contrario, las reuniones en plazas o vías públicas requieren de aviso anticipado a la autoridad, la que puede prohibirlas solamente por motivos probados de seguridad o sanidad pública.

Libertad de tránsito en el territorio nacional: Los sujetos de derechos, en principio, pueden desplazarse libremente, dentro del territorio nacional en el que tienen su domicilio y también fuera de este, lo que involucra poder elegir dónde vivir. Salvo limitaciones por razones de sanidad o por mandato judicial o por aplicación de la ley de extranjería.

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