Subcomisión del Congreso declara procedente acusación constitucional contra Pedro Castillo por traición a la patria

La presidenta del grupo de trabajo tuvo el voto dirimente para aprobar la acusación que fue aprobada con nueve votos a favor.

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La actitud de Pedro Castillo, y su equipo, con la prensa ha sido objeto de críticas desde antes del inicio de su gobierno. | Foto: Composición / Infobae
La actitud de Pedro Castillo, y su equipo, con la prensa ha sido objeto de críticas desde antes del inicio de su gobierno. | Foto: Composición / Infobae

La Subcomisión de Acusaciones Constitucionales del Congreso de la República aprobó por 9 votos a favor y 8 en contra el informe de calificación que declara procedente la denuncia constitucional formulada contra el presidente de la República, Pedro Castillo Terrones, por supuesta infracción a la Carta Magna y la probable comisión del delito de traición a la patria.

La presidente de ese grupo legislativo, Rosío Torres (APP) hizo uso de su voto dirimente a favor del respectivo informe de calificación. Este es el primer paso de un largo camino, que incluye una serie de etapas en la propia subcomisión (investigación de la denuncia, pedido de descargos y argumentos a las partes y audiencia) que, de superarse, pasaría a la Comisión Permanente y finalmente al Pleno.

El texto de la denuncia constitucional quedó redactado de la siguiente manera:

-Se declara procedente la denuncia constitucional 219, formulada por los ciudadanos Fernán Altuve-Febres Lores, Ángel Delgado Silva, Lourdes Flores Nano, Hugo Guerra Arteaga, Francisco Tudela van Breugel-Douglas, y César Vignolo Gonzáles Del Valle, que hicieron suya los congresistas Norma Yarrow Lumbreras (Avanza País) y José Cueto Aservi (RP) contra el presidente de la República, José Pedro Castillo Terrones, por presunta infracción constitucional de los artículos  32, 54, 110 y 118 (incisos 1,2,11) de la Constitución.

-Se declara procedente la denuncia constitucional 219, formulada por los ciudadanos Fernán Altuve-Febres Lores, Ángel Delgado Silva, Lourdes Flores Nano, Hugo Guerra Arteaga, Francisco Tudela van Breugel-Douglas, y César Vignolo Gonzáles Del Valle, que hicieron suya los congresistas Norma Yarrow Lumbreras (Avanza País) y José Cueto Aservi (RP) contra el presidente de la República, José Pedro Castillo Terrones, por la presunta comisión del delito de traición a la patria, atentado contra la integridad nacional, tipificado en el artículo 325 del Código Penal, y el artículo 78, numeral 27, del Decreto Ley 23214, Código de Justicia Militar

-Solicitar a la Comisión Permanente del Congreso otorgue el plazo de Reglamento a la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, a efectos de que desarrolle la investigación correspondiente.

Previamente, la subcomisión rechazó una cuestión de orden del congresista Waldemar Cerrón (PL), quien señaló que el plazo para la calificación de la citada denuncia constitucional había vencido. Siete legisladores apoyaron esa solicitud, mientras que ocho parlamentarios se opusieron.

Luego de esa decisión, y en cumplimiento al artículo 89 literal d) del Reglamento del Congreso, el presente informe de calificación será presentado a la Comisión Permanente, órgano que deberá aprobar, por mayoría, el plazo dentro del cual la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales realizará la investigación y presentará su informe, el cual no podrá ser mayor de 15 días hábiles.

“(Ese plazo podría ser) prorrogable por el término que disponga la Comisión Permanente por una sola vez. Excepcionalmente, se podrá fijar un plazo mayor cuando el proceso a investigarse sea susceptible de acumulación con otra u otras denuncias constitucionales”, señala el referido dispositivo legal.

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De otro lado, se delegó al parlamentario José Jerí Oré (SP) la denuncia constitucional nro. 201, formulada por la congresista Patricia Chirinos contra el exministro de Defensa, Walter Ayala Gonzáles, por presunta infracción del artículo 39 de la Constitución, y por la probable comisión de los delitos de Coacción y Patrocinio Ilegal, tipificados en los artículos 151 y 385 del Código Penal, respectivamente.

Asimismo, la Subcomisión dio cuenta de la denuncia constitucional nro. 23, formulada por el Procurador Público Especializado en Delitos de Corrupción (e), del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Javier Pacheco Palacios, contra la fiscal de la Nación, Zoraida Ávalos Rivera.

La acusación es por la presunta comisión de los delitos contra la administración pública, en la modalidad de cohecho pasivo específico, abuso de autoridad, encubrimiento real, tráfico de influencias, y contra la tranquilidad pública – organización criminal, tipificados en los artículos 395, 376, 405, 400 y 317 del Código Penal, respectivamente, en agravio del Estado.

De acuerdo con lo establecido en el Reglamento del Congreso, la titular de la subcomisión sostuvo que esta denuncia entra en etapa de calificación.

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