La bancada oficialista de Perú Libre ha presentado un proyecto de ley de reforma constitucional, con el cual busca fortalecer la imagen de la cuestión de confianza y modificar las causales de vacancia. Según el escrito, buscarían generar equilibrio entre los poderes Ejecutivo y Legislativo.
Plantean la modificación del inciso 2 del artículo 113, del inciso 1 del artículo 114 y de los artículos 130, 132 y 133 de la Constitución Política del Perú. Con estos cambios, el texto tendría estas precisiones:
1. “La presidencia de la República vaca por permanente incapacidad física, psicológica o mental que imposibiliten el ejercicio adecuado y/o idóneo de su función, debidamente comprobada y acreditada por una junta médica y declarada por los dos tercios a más del número total de congresistas habilitados”.
2. “La suspensión del ejercicio de la presidencia procedería en caso se presenten dichas condiciones, acreditadas por una junta médica, y declaradas por los dos tercios a más del número legal de miembros del Congreso”.
El proyecto de ley fue presentado a iniciativa del congresista
CAMBIOS SOBRE LA CUESTIÓN DE CONFIANZA
Perú Libre propone reforzar la cuestión de confianza. Por ello, el proyecto señala que dentro de los 30 días de haber asumido funciones, el presidente del Consejo de Ministros debe recurrir al Congreso de la República, acompañado de sus ministros, para exponer y debatir la política general del gobierno y principales medidas de su gestión.
Sin embargo, esta exposición es de conocimiento para el Poder Legislativo, por lo cual no requiere cuestión de confianza.
La cuestión de confianza será planteada solamente en asuntos vinculados con la política general del gobierno, la iniciativa legislativa ordinaria del Poder Ejecutivo y la permanencia de los ministros de Estado.
Por otro lado, el presidente del Consejo de Ministros puede plantear ante el Congreso una cuestión de confianza a nombre del Consejo, ante algún caso de censura a un ministro. Si esta le es rehusada, o si es censurado o si renuncia o es removido por el presidente de la República, se debe realizar el cambio total del Consejo de Ministros.
A ello, precisa que no podrá ser ratificado ningún ministro, salvo que la evaluación de su trabajo realizado lo amerite. Pero no se encuentra inmerso en esta excepción el cargo del presidente del Consejo de Ministros.
SOBRE LA MOCIÓN DE CENSURA
Además, se plantea que toda moción de censura contra el Consejo de Ministros o contra cualquiera de los ministros debe ser presentada por no menos del 30% del número legal de congresistas (39).
También se señala que la moción de censura debe pedirse solo por cuestiones o razones que se relacionen directamente con el adecuado e/o idóneo ejercicio del cargo. El Consejo de Ministros, o el ministro censurado, deberán renunciar. A esto, la renuncia del primer ministro obliga a los demás ministros a renunciar.
PERÚ LIBRE INICIA PROCESO PARA DESAFORAR AL DEFENSOR DEL PUEBLO
Perú Libre rechazó la permanencia de Walter Gutiérrez Camacho como Defensor del Pueblo, pues consideraron que viene “usurpando el cargo” desde el 7 de setiembre del 2021, fecha en la que tendría que haber finalizado su gestión a la cabeza de la Defensoría del Pueblo.
Ante ello, la bancada exigirá al Congreso de la República que pida la renuncia de Gutiérrez y se realice la elección parlamentaria para designar a su sucesor.
Sin embargo, el proceso de desafuero contra Walter Gutiérrez requiere un número de votos en el Congreso equivalente a los dos tercios del número legal, una cifra que difícilmente puedan alcanzar, ya que los partidos de oposición y de centro no han mostrado rechazo al aún defensor de Pueblo.
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