El miércoles 23 de febrero, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema ratificó la condena por terrorismo agravado contra diez integrantes de la cúpula de Sendero Luminoso (SL). Además, ordenó a que se realice un nuevo juicio por el caso de la explosión de un cochebomba en la cuadra 2 de la Calle Tarata, en 1992.
La decisión del máximo tirbunal del Poder Judicial (PJ), de anular la condena que absolvía absolvió a la cúpula de la organización terrorista por el delito de tráfico de drogas con agravantes, aplicará a los terroristas Elena Yparraguirre (alias ‘Miriam’, número dos de SL), Óscar Alberto Ramírez Durand (alias ‘Feliciano’), María Guadalupe Pantoja Sánchez, Laura Eugenia Zambrano Padilla, Florentino Cerón Cardozo, Florindo Eleuterio Flores Hala (alias ‘Artemio’), Edmundo Daniel Cox Beuzeville, Osmán Roberto Morote Barrionuevo y Margot Lourdes Liendo Gil.
Esto se decidió luego de que se considerara que las declaraciones de testigos y colaboradores eficaces no habían sido analizadas de forma lógica por la Sala Superior que los absolvió en primer lugar. Además, se declaró extinta la acción penal seguida contra el cabecilla de SL, Abimael Guzmán Reynoso, luego de su muerte el 11 de setiembre del 2021.
Asimismo, los jueces supremos ratificaron la sentencia por terrorismo contra Elena Yparraguirre Revoredo, María Pantoja Sánchez, Laura Zambrano Padilla y ‘Artemio’ por el atentado en la Calle Tarata. Sin embargo, no se les imputará una nueva pena.
Explicaron que, debido a que los sentenciados ya contaban con una primera pena de cadena perpetua por el denominado “Megaproceso”, no podrían recibir una segunda condena de cadena perpetua. Por ello, anularon dicha sanción y aplicaron el “concurso real retrospectivo”. Esto quiere decir que se les ha declarado culpable de este delito, pero solo cumplirán la condena aplicada en el primer caso.
RESOLUCIÓN DEL CASO
Se recuerda que la sentencia por el Caso Tarata fue dictada en setiembre del 2018, luego de que fueron hallados responsables del asesinato de 25 personas tras la explosión de un cochebomba en la cuadra 2 de la Calle Tarata, en 1992.
Del mismo modo, también ratificaron el monto de reparación civil en S/ 4 millones de soles, por el delito de terrorismo con agravantes. La mitad del monto es a favor de las víctimas y la otra a favor del Estado. Los terroristas deberán pagarlo solidariamente.
La resolución de 66 páginas fue publicada y notificada el 23 de febrero de 2022, y fue expedida el 6 de diciembre del 2021 por el tribunal presidido por el juez supremo César San Martín e integrada por los magistrados supremos Iván Sequeiros, Ramiro Bermejo, Sonia Torre y Norma Carbajal.
PROCURADOR ANTITERRORISMO FELICITA FALLO: “LA SENTENCIA ESTÁ DICIENDO QUE TODOS SON CULPABLES”
El procurador antiterrorismo, Milko Ruiz, señaló que este fallo de la Corte Suprema es un “logro total para el Estado y una sanción ejemplar”, pues consideró que ha logrado acreditar la responsabilidad de toda la cúpula terrorista y se ratificó la cadena perpetua.
“Ha sido un logro total para el Estado y una sanción ejemplar. Fue lo que se buscó, cerrar el círculo. Ahora todos tienen cadena perpetua y no saldrán pues purgarán sus penas conforme a sus crímenes”, dijo a El Comercio.
También explicó que esta conclusión se llegó gracias al aporte de la fiscalía, la Procuraduría Antiterrorismo y la Sala Suprema presidida por el juez César San Martín, que expidió una ejecutoria “técnica y justa”.
“No es cualquier sentencia, es muy importante incluso está a nivel del Megaproceso porque le ha dado cadena perpetua a todos y a ‘Feliciano’ le ha alargado la pena”, comentó Ruiz.
Ruiz también destacó que este fallo impedirá que el terrorista Óscar Ramírez Duran, alias ‘Feliciano’, salga el 2023 como estaba previsto. ‘Feliciano’, tercero en la línea de mando de SL, fue condenado a 24 años de cárcel en el Megaproceso, pena se cumplía en junio del próximo año.
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