El hecho ocurrió hace unos días en un nuevo de caso de delincuencia en la capital. Esta vez en el distrito de Breña donde unos sujetos fueron capturados por miembros de la Policía Nacional del Perú (PNP) tras ser acusado de narcotráfico. Durante la intervención se encontraron 25 ladrillos de clorhidrato de cocaína. Lo que no contaban los policías es que esa mercancía era robada a otro traficantes del mismo negocio.
Según América Noticias, la intervención fue en la noche en donde la droga iba a ser comercializada al menudeo en diferentes lugares de la capital. Un equipo de la división de investigaciones especiales de la Dirandro. Recibieron información de un depósito donde se guardaba mercadería de otra organización dedicada al tráfico ilícito de drogas.
“[Este negocio] hace que entre ellos mismos se peleen y sus ansias de poder económico se efectúan en robos entre ellos. El arranche no es otra modalidad más que el quitarse, el robar la droga y poder comercializarla de manera ilícita”, declaró un miembro policial a América Noticias.
En las imágenes se observan la intervención a los implicados, en donde fueron trasladados a un inmueble ubicado en la cuadra 3 de la calle Jorge Chávez en el distrito de Breña. Es ese lugar en donde se había guardado la droga robada, en incluso se encontró más cocaína debajo de la cama. Los agentes antidrogas hallaron 30 ladrillos de clorhidrato de cocaína.
“Nosotros sabemos de que de cada kilo de droga se puede sacar aproximadamente 4 mil paquetes. Estos paquetes en el comercio ilegal conocido “king size”. Por cada ladrillo habría un promedio de 40 mil soles de ganancia ilícita a nivel del consumidor final”, agregó el oficial. Al final los agentes recolectaron 56 kilos de cocaína.
La captura se logró gracias a información de vecinos anónimos, que llamaron a la línea 0800-19900 de la Dirandro para avisar de los hechos.
“Presentamos la línea 0800-19900, que es una línea gratuita que pertenece a la dirección antidrogas para que presenten sus denuncias anónimos para poder combatir la microcomercialización de droga a nivel nacional”, culminó el agente.
¿QUÉ DICEN LOS 4 ARTÍCULOS SOBRE EL ESTADO DE EMERGENCIA EN LIMA Y CALLAO?
Artículo 1. Declaratoria del Estado de Emergencia: Declarar por el término de cuarenta y cinco (45) días calendario, el Estado de Emergencia en Lima Metropolitana del departamento de Lima y en la Provincia Constitucional del Callao. La Policía Nacional del Perú mantiene el control del orden interno, con el apoyo de las Fuerzas Armadas.
Artículo 2. Suspensión del ejercicio de Derechos Constitucionales: Durante el Estado de Emergencia a que se refiere el artículo precedente y en la circunscripción señalada, quedan suspendidos los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad de domicilio, libertad de tránsito en el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales, comprendidos en los incisos 9), 11), 12) y 24) literal f) del artículo 2 de la Constitución Política del Perú.
Artículo 3. De la intervención de la Policía Nacional del Perú y de las Fuerzas Armadas: La intervención de la Policía Nacional del Perú y de las Fuerzas Armadas se efectúa conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1186, Decreto Legislativo que regula el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional del Perú, y en el Decreto Legislativo N° 1095, Decreto Legislativo que establece reglas de empleo y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2020-DE, respectivamente.
Artículo 4. De la participación de los gobiernos locales y regionales: La participación de los gobiernos locales y regionales de Lima Metropolitana y de la Provincia Constitucional del Callao se efectúa en el marco de la normatividad vigente en materia de seguridad ciudadana.
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