SJL: jóvenes fueron ‘pepeados’ en un hotel y uno de ellos falleció

José Manuel Rojas Guerra falleció en el interior de la habitación de un hostal de San Juan de Lurigancho, tras ser ‘pepeado’ por tres mujeres que había conocido en una discoteca con sus amigos quienes sobrevivieron.

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Pepean a jóvenes y uno
Pepean a jóvenes y uno de ellos murió en hotel de San Juan de Lurigancho. Captura de imagen: América Noticias.

Un caso de muerte ocurrió en el distrito de San Juan de Lurigancho, en un hostal. José Manuel Rojas, de 28 años de edad, fue encontrado muerto en la habitación del inmueble tras ser ‘pepeado’ por tres mujeres. América Noticias detalló que él junto a sus dos amigos, vienen de Pucallpa y habían conocido a las ‘peperas’ en una discoteca ubicada en la avenida Las Flores.

Por otro lado, los jóvenes fueron persuadidos por las mujeres para continuar la celebración en la habitación del hostal Emily, situado en la avenida Tusílagos, a una cuadra del club zonal Huiracocha. En ese momento ya estaban dentro del hotel y por el contexto las ‘peperas’ aprovecharon para colocar somníferos en las bebidas para dormirlos. Una vez cometido el hecho, se retiraron del local.

Dos jóvenes de los tres lograron despertarse, y vieron como su compañero Rojas Guerra no respondía. Trataban de levantarlo pero no hubo reacción alguna. Ante la emergencia, decidieron llamar a la Policía Nacional del Perú, y cuando llegaron al lugar de los hechos se comprobó que el muchacho ya había fallecido por los somníferos. El cuerpo fue sacado del hostal horas después de reportado el hecho.

Los amigos de Rojas Guerra no pudieron salir del asombro al conocer la muerte de su compañero. Por otro lado, a pesar de que sobrevivieron, fueron llevados a un hospital para recibir atención médica. Les realizaron un lavado gástrico ante el somnífero adquirido en el vaso que pusieron las ‘peperas’

Unos jóvenes se encontraron con mujeres en una discoteca, pero fueron 'pepeados' en un hotel de San Juan de Lurigancho. Uno de ellos falleció a raíz de los somníferos. Video: América Noticias.

¿QUÉ DICEN LOS 4 ARTÍCULOS SOBRE EL ESTADO DE EMERGENCIA EN LIMA Y CALLAO?

Artículo 1. Declaratoria del Estado de Emergencia: Declarar por el término de cuarenta y cinco (45) días calendario, el Estado de Emergencia en Lima Metropolitana del departamento de Lima y en la Provincia Constitucional del Callao. La Policía Nacional del Perú mantiene el control del orden interno, con el apoyo de las Fuerzas Armadas.

Artículo 2. Suspensión del ejercicio de Derechos Constitucionales: Durante el Estado de Emergencia a que se refiere el artículo precedente y en la circunscripción señalada, quedan suspendidos los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad de domicilio, libertad de tránsito en el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales, comprendidos en los incisos 9), 11), 12) y 24) literal f) del artículo 2 de la Constitución Política del Perú.

Artículo 3. De la intervención de la Policía Nacional del Perú y de las Fuerzas Armadas: La intervención de la Policía Nacional del Perú y de las Fuerzas Armadas se efectúa conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1186, Decreto Legislativo que regula el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional del Perú, y en el Decreto Legislativo N° 1095, Decreto Legislativo que establece reglas de empleo y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2020-DE, respectivamente.

Artículo 4. De la participación de los gobiernos locales y regionales: La participación de los gobiernos locales y regionales de Lima Metropolitana y de la Provincia Constitucional del Callao se efectúa en el marco de la normatividad vigente en materia de seguridad ciudadana.

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