Clases presenciales: Conoce las obligaciones que deben cumplir los colegios privados

Los colegios no pueden exigir todos los útiles el primer día de clases y tampoco pedir otros pagos más allá de la cuota de ingreso, matrícula y pensiones.

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| Foto: EFE/Paolo Aguilar
| Foto: EFE/Paolo Aguilar

El inicio del año escolar está cada vez más cerca, y este año es especialmente importante. Esto porque ya se dispuso el retorno a la presencialidad en los colegios a nivel nacional, luego de casi 2 años separados. Por ello, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) aclara todas las obligaciones de los colegios privados ante este inicio de clases.

INFORMACIÓN PREVIA A LA MATRÍCULA

Las instituciones educativas deben informar por escrito, con 30 días antes de la matrícula, las condiciones del servicio educativo. Debe señalar los montos, números y formas de pago de las pensiones, así como los aumentos de la pensión.

El colegio también deberá indicar si cobrará un interés moratorio por retraso de las pensiones (el cual no debe sobrepasar el interés legal fijo del Banco Central de Reserva), si deciden retener el certificado de estudios por la falta de pago de pensiones y cuál será la forma y procedimiento de devolución de la cuota de ingreso.

LOS ÚNICOS COBROS QUE PUEDEN HACER LOS COLEGIOS PRIVADOS:

Cuota de ingreso: El pago corresponde a los nuevos estudiantes y se realiza solo una vez. Si el alumno se retira de la institución educativa, el monto será reembolsado (D.U. N°002-2020).

Matrícula: Se cobra una vez al inicio del año y no debe ser mayor a la pensión.

Pensiones: Se cobra mensual. El pago adelantado de pensiones está prohibido.

¿QUÉ HACER SI EL COLEGIO SOLICITA OTRO PAGO?

Debe hacerse la denuncia a Indecipi. Está prohibido el pago de cuotas extraordinarias o realizar cobros por cualquier otro motivo ajeno a los mencionados.

NO PUEDEN EXIGIR MATERIALES DESDE EL PRIMER DÍA

Indecopi señala que los colegios no pueden exigir todos los útiles escolares desde el primer día, y mucho menos imponer condiciones. Además, la institución debe informar si los uniformes o materiales pueden adquirirse en cualquier establecimiento.

Los textos escolares pueden ser nuevos o de segunda mano. Sin embargo, los cuadernos de tarea, trabajo o de actividades solo se pueden utilizar una vez y pueden ser físicos o virtuales.

VACANTES PARA NIÑOS CON DISCAPACIDAD

Los colegios privados están obligados a reservar dos vacantes por aula para estudiantes con discapacidad leve o moderada. El pago de cuotas voluntarias o de montos por adaptabilidad o accesibilidad (asociado a discapacidad) está prohibido.

SERVICIO EDUCATIVOS QUE OFRECERÁN ESTE 2022

Presencial: En horario regular (8 horas) de lunes a viernes con la presencia física del docente y los estudiantes.

Semipresencial: Combina trabajo a distancia y presencial los 5 días de la semana. El horario se determina a partir de las condiciones de las instituciones y sus programas educativos.

A distancia: El estudiante recibirá clases virtuales o alguna otra forma de enseñanza remota. Este servicio se prestará de manera excepcional por casos de cuarentena y/o comorbilidades de los estudiantes.

CONDICIONES DE BIOSEGURIDAD OBLIGATORIAS

Los colegios tienen que mantener las puertas y ventanas abiertas, y priorizar las actividades en espacios abiertos. Además, el mobiliario escolar debe permitir el distanciamiento entre los estudiantes.

También se debe implementar estaciones de lavado o desinfección de manos cerca de la puerta de ingreso del centro educativo, donde también se debe contar con un dispensador de alcohol en gel o líquido al 70% de concentración.

¿LOS NIÑOS PUEDEN LLEVAR ALIMENTOS AL COLEGIO?

Solo pueden consumir alimentos traídos desde su hogar y consumirlos con distancia física de 2 metros, en un espacio abierto y acompañado del docente. Los quioscos, cafeterías y comedores escolares se mantendrán cerrados.

Solo en los modelos de servicio educativo con residencia se permitirá el uso de comedores, respetando las condiciones de bioseguridad.

MEDIDAS ANTE UN CASO DE COVID-19

De presentarse un caso de COVID-19 positivo en el colegio, se suspenderá el aula donde se detectó el caso y los docentes y estudiantes deberán cumplir la cuarentena establecida por el Gobierno.

El centro educativo debe notificar el caso, la suspensión temporal del uso de los ambientes e informar a las familias la fecha del reinicio de las clases.

¿DÓNDE UBICAR LAS VACANTES DE COLEGIO PÚBLICOS Y PRIVADOS?

Se puede acceder a la plataforma Identicole, del Ministerio de Educación (Minedu), ingresando a la página web de dicha institución.

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