En el mes de enero, el Gobierno hizo entrega del bono escolaridad, exactamente el día 28 de enero. Este pago se realizó por única vez y solo se realizará a aquellos que pertenezcan al sector público. Por ello, conoce qué hacer si no llegaste a cobrar el bono.
REQUISITOS IMPORTANTES PARA SER BENEFICIARIO
Recuerda que para ser beneficiario de este bono debes de cumplir con ciertos requerimientos y son los siguientes:
- Los funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 276, la Ley N° 29944 y la Ley N° 30512.
- Los docentes universitarios a los que se refiere la Ley N° 30220.
- El personal de la salud al que se refiere el numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1153.
- Los obreros permanentes y eventuales del Sector Público.
- El personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú.
- Los pensionistas a cargo del Estado comprendidos en los regímenes de la Ley N° 15117, los Decretos Leyes N° 19846 y N° 20530, el Decreto Supremo N° 051-88-PCM y la Ley N° 28091.
- Los jueces supernumerarios del Poder Judicial y los fiscales provisionales que no se encuentran en la carrera fiscal del Ministerio Público.
- Los trabajadores públicos que se encuentran bajo el régimen laboral de la actividad privada.
- Los auxiliares de educación nombrados y contratados en las instituciones educativas públicas los jueces del Poder Judicial y fiscales del Ministerio Público.
- Los servidores penitenciarios.
ADICIONAL
Es importante señalar que solo se entregó y entregará a los padres que tengan hijos. Si quieres conocer si eres beneficiario del Bono Escolaridad debes de cumplir con los requisitos del sector público donde tienen que estar en planilla y en caso del sector privado de igual manera.
Quienes no reciben el bono son las personas contratadas bajo el régimen de Contrato Administrativo de Servicios (CAS) en el sector público. Por otro lado, no se ha establecido algo parecido para el sector privado. Cabe resaltar que debes tener tres meses trabajando para recibir el beneficio según la ley aprobada. En caso no cumplas ello, serán compensados de igual forma según los meses y días que tengas laborando en esa empresa.
¿PUEDO COBRAR AÚN EL BONO?
El pago inicó el lunes 17 de enero y culminó el viernes 28 del mismo mes, pero si aún no has cobrado el bono debes de acercarte a las ventanillas del Banco de la Nación para hacer efectivo el cobro. No olvides llevar tu DNI.
Si deseas mayor información puedes comunicarte a los siguientes números: 01 519 2000 / 080010700
Conoce si eres beenficiario de este servicio en el siguiente link: https://www.bn.com.pe/cronograma-pagos.asp
SECTOR PRIVADO
Recuerda que si eres trabajador del sector privado, este bono del estado no te corresponde, pero probablemente la empresa en la cual trabajas sí te brinde un pago denominado “Asignación Familiar”, que se da según ley y cumpliendo ciertos requisitos. Uno de ellos es tener hijos en edad escolar y es equivalente al 10% de la remuneración mínima vital que es S/ 930, y la cantidad de hijo no interfiere en el aumento de dicho monto.
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