COVID-19: Minsa reduce a 7 días el aislamiento de pacientes sintomáticos y con vacunación completa

Ministerio de Salud comunicó esta medida que también aplica para los asintomáticos sin factores de riesgo desde la fecha que se toma el descarte PCR o antígeno.

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FOTO DE ARCHIVO. Una trabajadora
FOTO DE ARCHIVO. Una trabajadora de la salud prepara una vacuna contra el COVID-19 en una estación móvil de vacunación, en Valparaíso, Chile. 3 de enero de 2022. REUTERS/Rodrigo Garrido

El Ministerio de Salud redujo a 7 días de aislamiento en los pacientes sintomáticos con vacuna completa (3 dosis) y sin comorbilidad y en los asintomáticos sin factores de riesgo, desde la fecha que se toma el descarte PCR o antígeno.

De acuerdo a la directiva administrativa publicada por el Minsa esta indica que la persona considerada como caso sospechoso, probable o confirmado de COVID-19 y que no requiera hospitalizacIón se le indica aislamiento domiciliario.

Durante el aislamiento, en el caso de pacientes sintomáticos se le restringe el desplazamiento fuera de su vivienda o centro de aislamiento por un lapso de 10 días, contados a partir de la fecha de inicio de síntomas. En los pacientes sintomáticos con vacuna completa (3 dosis) y sin comorbilidad y en los asintomáticos sin factores de riesgo, el aislamiento se mantendrá hasta 7 días, en este último caso, transcurridos desde la fecha que se tomó la muestra para PCR o prueba de detección de antígeno para diagnóstico”, dice el documento.

Asimismo, “en los contactos domiciliarios de un caso sospechoso o confirmado de COVID-19 con factores de riesgo y/o sin vacunación completa el aislamiento será de 7 días pudiendo suspenderse al quinto día si se cuenta con una prueba molecular negativa tomada el día tres o posteriormente”.

DESCANSO MÉDICO

El Ministerio de Salud informó además que ya no será necesario que los trabajadores presenten el resultado de una prueba molecular o de antígeno, así como tampoco un certificado de descanso médico para iniciar el aislamiento comunitario ante la presencia de síntomas compatibles a un contagio de covid-19.

Mediante un comunicado, el Minsa indicó que todo trabajador con síntomas compatibles con covid-19 debe retornar o permanecer en su domicilio para el aislamiento de acuerdo con la Disposición 2 de la Directiva Administrativa N° 321-MINSA/DGIESP-2021, Directiva Administrativa que establece las disposiciones para la vigilancia, prevención y control de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a SARS-CoV-2.

Refirió que para que el trabajador realice el aislamiento en el ámbito comunitario no es necesario la presentación de un documento que otorgue el descanso médico o el resultado de una prueba molecular o de antígeno para detección de COVID-19, debiendo comunicar al empleador su estado de salud para el seguimiento correspondiente.

Opciones para descanso médico post aislamiento

Mediante el mismo documento, señaló que los trabajadores que retornen a laborar post aislamiento deberán presentar su constancia de descanso médico, la cual podrá ser expedida mediante las siguientes opciones:

- Llamando a la Línea 113 o las líneas habilitadas por las Direcciones Regionales de Salud (Diresa) o Gerencias Regionales de Salud (Geresa).

- Ingresando al sistema de https://teleatiendo.minsa.gob.pe/ (en estas dos opciones, el certificado será enviado a su correo o celular luego de la atención médica, en un plazo no mayor a 24 horas).

- Siendo atendido por un médico del sistema público o privado.

Finalmente, considerando que el Perú se encuentra en la tercera ola pandémica, el Minsa exhortó a los empleadores al cumplimiento de la normativa vigente para evitar la transmisión de COVID-19 en el centro laboral.

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