Toque de queda de hoy jueves 20 de enero: nuevos horarios y restricciones

Los centros comerciales, restaurantes y cines tendrán más horas de funcionamiento, mientras que se ejercerán medidas restrictivas en bares y centros donde se comercializa licor.

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Foto: Agencia Andina
Foto: Agencia Andina

El toque de queda de hoy, jueves 20 de enero de 2022, tendrá el horario de las 00:00 horas hasta las 4:00 a.m. en Lima, Callao y otras 41 provincias del Perú, según la debido a la ola de contagios por COVID-19 que ha provocado que el Perú entre en una tercera ola que podría hacer colapsar el sistema sanitario nacional.

Esta medida incluye en el nivel de alerta alto a las provincias Arequipa, Camaná, Islay, Huánuco, Leoncio Prado, Cajamarca, Jaén, Huamanga, Tacna, Jorge Basadre, Ilo, Mariscal Nieto, Ica, Chincha, Pisco, Palpa, Huancayo, Satipo, Chanchamayo, Tarma, Huaura, Cañete, Barranca, Huaral, Huarochirí, Lima, Provincia Constitucional del Callao, Piura, Talara, Paita, Sullana, Sechura, Morropón, Chiclayo, Lambayeque, Ferreñafe, Santa, Huaraz, Cusco, La Convención, Urubamba, Trujillo y Pacasmayo.

Estas restricciones entran en vigencia desde el 17 de enero y se prolongan hasta el 30 de enero del 2022, pero el aumento de casos, superando los picos de la primera y segunda ola en el Perú, podría provocar que esta fecha se cambie hasta fin de mes.

Las demás provincias del país se ubican en el nivel de alerta moderado y allí la inmovilización social obligatoria regirá entre las 02:00 y las 04:00 horas.

EXCEPCIONES

Esta norma señala que durante el horario del toque de queda se exceptúa al personal estrictamente necesario que participa en la prestación de los servicios de salud y financieros, medicinas, abastecimiento de tiendas de primera necesidad, supermercados, mercados, mercados itinerantes y bodegas, servicio de restaurante para entrega a domicilio y recojo en local.

Se continuará con los servicios de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, combustibles, telecomunicaciones y actividades conexas; limpieza y recojo de residuos sólidos; servicios funerarios; transporte de carga y mercancías y actividades conexas; transporte terrestre y aéreo de pasajeros; actividades relacionadas con la reanudación de actividades económicas; transporte de caudales, según lo estipulado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

Durante la inmovilización social obligatoria se permite que las farmacias y boticas puedan brindar atención de acuerdo con la norma.

Las personas que también están permitidas de circular son los miembros de la prensa escrita, radial o televisiva siempre que porte su pase personal laboral, su credencial periodística y su documento nacional de identidad (DNI). La autorización es extensiva para las unidades móviles que lo transporte para el cumplimiento de su función.

También se permite el desplazamiento con vehículo particular o peatonal de aquellas personas que requieren de una atención médica urgente o de emergencia por encontrarse en grave riesgo su vida o salud; así como para la adquisición de medicamentos y para participar en el proceso de vacunación, sin restricciones por el toque de queda, incluyendo a un acompañante.

Los vehículos particulares pueden ser usados, además, para trasladar a personas que acrediten el uso del servicio de transporte aéreo y transporte terrestre interprovincial de pasajeros.

Las limitaciones de tránsito no aplican al personal extranjero acreditado en el Perú de las misiones diplomáticas, oficinas consulares y representaciones de organismos internacionales, que se desplacen en el cumplimiento de sus funciones. Así como a las actividades de construcción, operación, conservación, mantenimiento y toda aquella actividad directa o indirectamente relacionada con la Red Vial Nacional, Departamental o Vecinal.

HORARIO DE CENTROS COMERCIALES Y TRANSPORTE

Debido a que el toque de queda en las ciudades con nivel de alerta alta se iniciará a las 12:00 a.m. se indicó que los centros comerciales y otros establecimientos de atención al público deberán cerrar una hora antes que rija la inmovilización.

En tanto, los medios de transporte también ampliaron sus horarios de atención:

-El servicio del Metropolitano se brindará de lunes a sábado de 5:15 a. m. a 10:30 p.m., en la ruta troncal y hasta las 11:30 p. m. en sus servicios alimentadores. Los domingos de 5:15 a. m. a 10 p. m. en la ruta troncal y hasta las 11 p. m. en sus servicios alimentadores. Las estaciones y terminales cerrarán sus puertas a las 10:30 p. m.

-La Línea 1 del Metro de Lima y Callao funcionará de lunes a sábado de 5 a. m. a 10 p. m. y los domingos de 5:30 a. m. a 10 p. m.

-Los Corredores Complementarios operarán de lunes a domingo de 5 a. m. a 10:30 p.m., con sus servicios habituales.

-El servicio de transporte regular en Lima y Callao atenderá en el horario de lunes a domingo de 4:30 a. m. a 12 a. m. (medianoche).

-El servicio de taxi autorizado por la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU) podrá funcionar las 24 horas del día.

Entérate en esta nota los nuevos horarios del transporte público que regirán desde este viernes 7 de enero. Foto: ANDINA/Difusión
Entérate en esta nota los nuevos horarios del transporte público que regirán desde este viernes 7 de enero. Foto: ANDINA/Difusión

RESTRICCIONES PARA LAS PROVINCIAS EN NIVEL ALTO

- Está permitida la circulación de vehículos particulares los días domingos.

- Inmovilización social obligatoria estricta: de lunes a domingo de 12 a. m. hasta las 4 a. m.

- Establecimientos comerciales deben cerrar una (01) hora antes del inicio del toque de queda.

- Transporte interprovincial terrestre: se permite libremente.

Aforos permitidos en espacios cerrados:

- Casinos y tragamonedas: 40%.

- Cines y artes escénicas: 60%.

- Gimnasios: 60%

- Tiendas en general, centros comerciales, galerías, conglomerados y tiendas por departamento: 60%.

- Tiendas de abastecimiento de productos básicos, supermercados, mercados, bodegas y farmacias: 60%.

- Playas abiertas.

- Restaurantes y afines en zonas internas: 60%.

- Templos y lugares de culto: 60%.

- Bibliotecas, museos, monumentos arqueológicos, centros culturales y galerías: 80%.

- Actividades de clubes y asociaciones deportivas: 60%.

- Bancos y otras entidades financieras: 60%.

- Eventos empresariales y profesionales: 60%.

- Peluquería y barbería: 60%.

- Spa, Baños turcos, sauna, baños termales: 40%.

- Gimnasios: 40%.

Aforos permitidos en espacios abiertos: Sin restricción de aforos, respetando los protocolos y previa autorización del gobierno local.

- Artes escénicas.

- Enseñanza cultural.

- Restaurantes y afines en zonas al aire libre.

- Áreas naturales protegidas, jardines botánicos y zoológicos.

- Baños termales al aire libre.

- Actividades de clubes y asociaciones deportivas al aire libre.

- Eventos empresariales y profesionales al aire libre.

- Mercados itinerantes.

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