Este año, el ministerio de Economía y Finanzas confirmó la entrega del bono escolaridad de 400 soles. Este subsidio económico está destinado para los trabajadores del sector público y privado que tengan hijos en etapa escolar.
Ante esto, es necesario conocer quiénes sí pueden acceder a este bono de escolaridad que dentro de poco se empezará a entregar tanto para el sector privado o estatal:
* Los funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 276, la Ley N° 29944 y la Ley N° 30512.
* Los docentes universitarios a los que se refiere la Ley N° 30220.
* El personal de la salud al que se refiere el numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1153.
* Los obreros permanentes y eventuales del Sector Público.
* El personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú.
* Los pensionistas a cargo del Estado comprendidos en los regímenes de la Ley N° 15117, los Decretos Leyes N° 19846 y N° 20530, el Decreto Supremo N° 051-88-PCM y la Ley N° 28091.
¿EXISTE LINK OFICIAL DEL BONO ESCOLARIDAD?
Este subsidio económico no cuenta con link oficial para corroborar si eres beneficiario, por lo que es muy importante no dejarse sorprender por los malhechores que existen por las redes sociales.
Además, es importante saber que el pago de esta ayuda económica se realizará según el cronograma de pagos del Banco de la Nación para el sector público, mientras que, para el sector privado, se pagará el subsidio cuando la empresa empleadora les realice el depósito de su sueldo mensual en el mes de enero.
Recuerda que el bono escolaridad es entregado solo una vez al año.
¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS PARA ACCEDER AL BONO ESCOLARIDAD?
Ten en cuenta estos requisitos para saber si serás o no beneficiario al bono escolaridad.
* Contar en el servicio con una antigüedad no menor de tres meses a la fecha prevista en el literal precedente. Si no cuenta con el referido tiempo de tres meses, dicho beneficio se abona en forma proporcional a los meses y días laborados.
* Estar laborando a la fecha de vigencia de la presente norma, o en uso del descanso vacacional, o de licencia con goce de remuneraciones o percibiendo los subsidios a que se refiere la Ley Nº 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud.
Recuerda, que si en caso vas a una entidad bancaria a recibir el bono, es necesario seguir los protocolos de bio seguridad a fin de que te protejas por el alto crecimiento de contagios por la variante ómicron.
¿QUÉ ES EL BONO ESCOLARIDAD?
Se trata de la entrega de S/ 400 por concepto de bonificación por escolaridad a funcionarios, servidores públicos y determinados pensionistas. Asimismo, no afecta los descuentos por cargas sociales, fondos especiales de retiro ni aportaciones al Sistema Privado de Pensiones.
Pero, en el caso del sector privado, los bonos escolares no son obligatorios y se dan solo si el empleador quiere ofrecerlo como un beneficio laboral a sus colaboradores, o si lo pacta con los sindicatos de su empresa (en caso de que existan).
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