El Decreto Supremo Nº 005-2022-PCM menciona que desde el 23 de enero del presente año, las personas mayores de 50 años tienen que presentar su carnet físico o virtual que acredite haber recibido la tercera dosis de refuerzo de la vacuna contra la COVID-19 para así poder ingresar a espacio cerrados. La norma ya fue publicada oficialmente por el diario El Peruano.
La norma también menciona que este grupo etario deberá usar mascarilla KN95, o en su defecto una mascarilla quirúrgica de tres pliegues y encima de esta una mascarilla comunitaria (tela), para circular por las vías de uso público y en lugares cerrados.
El Decreto Supremo también precisa que los espacios cerrados donde se podrá ingresar con la vacunación completa tanto para los mayores de 18 como para los mayores de 50 son:
- Centros Comerciales
- Galerías Comerciales
- Tiendas por departamento
- Tiendas en general
- Conglomerados
- Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad
- Supermercados
- Mercados
- Restaurantes y afines en zonas internas.
Igualmente, casinos, tragamonedas, cines, teatros, bancos, entidades financieras, iglesias, templos, lugares de culto, bibliotecas, museos, centros culturales, galerías de arte, clubes, locales de asociaciones deportivas, peluquerías, barberías, spa, baños turcos, sauna, baños termales, coliseos, gimnasios, notarías, oficinas de atención al usuario, trámite administrativo y mesas de partes de instituciones públicas y privadas, así como colegios profesionales.
TRANSPORTE INTERPROVINCIAL
Por otro lado, en el caso de los pasajeros del servicio de transporte interprovincial terrestre, los mayores de 18 años, en los 4 niveles de alerta, solo podrán abordar si acreditan su dosis completa de vacunación en el Perú y/o en el extranjero, y a partir del día 23 de enero del 2022 la dosis de refuerzo para mayores de 50 años. Además, pueden presentar una prueba molecular negativa con fecha de resultado no mayor a 48 horas antes de abordar.
El servicio de transporte urbano e interprovincial de pasajeros se brinda cumpliendo los lineamientos aprobados por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) para la prevención de la covid-19.
Todos los pasajeros del transporte interprovincial y urbano terrestre deben respetar las normas sobre uso de mascarilla, así como los protocolos correspondientes.
TRANSPORTE URBANO Y DELIVERY
Los choferes y cobradores de todo servicio de transporte público, así como los choferes que brindan servicios de reparto (delivery), de taxi y transporte privado de personal y turismo solo podrán operar si acreditan haber recibido, en el Perú y/o el extranjero, su esquema completo de vacunación y, a partir del día 23 de enero del 2022, la dosis de refuerzo para mayores de 50 años.
TRANSPORTE AÉREO
Los pasajeros del servicio de transporte aéreo nacional mayores de 12 años, en los 4 niveles de alerta, solo podrán abordar si acreditan su dosis completa de vacunación en el Perú o en el extranjero, y a partir del día 23 de enero del 2022 la dosis de refuerzo para mayores de 50 años.
En caso no hayan completado el esquema de vacunación contra la covid-19, con dosis completas según su edad, deberán presentar una prueba molecular negativa con fecha de resultado no mayor a 48 horas antes de abordar.
La norma dispone que la verificación del carné físico o virtual que acredite el cumplimiento del esquema completo de vacunación y la dosis de refuerzo debe realizarse conjuntamente con algún documento oficial de identidad.
(Con información de Agencia Andina)
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