Elecciones 2022: Este es el calendario para las elecciones regionales y municipales

Se elegirá a gobernadores, vicegobernadores y consejeros regionales; alcaldes y regidores de los concejos provinciales y concejos distritales.

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Imagen de archivo de una persona que emite su voto en un centro de votación en Lima (Perú). EFE/Paolo Aguilar
Imagen de archivo de una persona que emite su voto en un centro de votación en Lima (Perú). EFE/Paolo Aguilar

Las Elecciones Regionales y Municipales del 2022 se llevarán a cabo el 2 de octubre, de acuerdo al Decreto Supremo publicado el 4 de enero en la edición extraordinaria del boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

En este comicio, la población elegirá a gobernadores, vicegobernadores y consejeros regionales, además de alcaldes y regidores de los concejos provinciales y concejos distritales.

Aquí te mostramos el calendario electoral hasta el día de las elecciones:

- 5 de enero: Vencía el plazo para solicitar la inscripción de una organización política y para afiliarse a un partido a fin de ser candidato a gobernador regional, vicegobernador y alcalde y presentar el padrón al Registro de Organizaciones Políticas (ROP).

- 4 de febrero: Remisión del padrón electoral, acción a cargo del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec).

- 6 de marzo: El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) aprueba el padrón electoral.

- 7 de junio: Vence plazo para la publicación de los resultados de las elecciones internas.

- 14 de junio: Presentación de solicitudes de inscripción de fórmulas y listas de candidatos ante los Jurados Electorales Especiales (JEE) y para que los partidos queden inscritos para participar en elecciones regionales y municipales.

- 24 de julio: Vence plazo para el sorteo de los miembros de mesa, a cargo de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE).

- 3 de agosto: Vence plazo para la publicación de fórmulas y listas admitidas, y para la renuncia y retiro de candidatos.

- 18 de agosto: Fecha en la que se resuelve las tachas en primera instancia; así como para resolver las exclusiones de candidatos por declaración jurada de hoja de vida y dádivas, también en primera instancia.

- 2 de setiembre: Vence plazo para resolver las apelaciones sobre tachas y para resolver las apelaciones sobre exclusión de candidatos por declaración jurada de hoja de vida y dádivas.

- 1 de octubre: Vence plazo para excluir a un candidato por situación jurídica.

- 2 de octubre: Elecciones regionales y municipales.

- Entre noviembre y diciembre: Entre estas fechas está previsto que se desarrolle la segunda elección regional, considerando que esta se efectúa dentro de los 30 días siguientes a la proclamación de los cómputos oficiales.

¿CÚANDO SE DARÍA A CONOCER A LOS CANDIDATOS?

Como se dejó constancia, el día 5 de enero venció el plazo permitido que los partidos políticos y movimiento regionales soliciten su inscripción para los comicios. Además, tienen hasta el 14 de junio para confirmar su participación.

Por ello, se espera que recién a mediados del 2022 se estaría dando a conocer quiénes participarán en las elecciones regionales y municipales. De esta forma, estos meses les servirá a los partidos para realizar las elecciones internas en cada organización política. Quienes no lo hagan, no podrán participar en las Elecciones 2022.

Entre los voceados para participar en las elecciones para la alcaldía de Lima están el excandidato presidencial Rafael López Aliaga, George Forsyth, Daniel Urresti, Hernando de Soto; también Luis Enrique Gálvez, la excongresista Marisol Espinoza y la exprocuradora Katherine Ampuero. También podría lanzarse Ricardo Belmont, con Perú Libre.

Alcaldes de distritos también estarían interesados en la carrera por Lima: Luis Molina, de Miraflores; Alberto Tejada, de San Borja; Edde Cuéllar, de Ate; y Carlomagno Chacón, de Magdalena.

LA FECHA PARA EL PROCESO ELECTORAL

El presidente Pedro Castillo decretó que las elecciones serán el domingo 2 de octubre del presente año, a un día de vencerse el plazo oficial. Como se recuerda, según la Ley 30673, la convocatoria se debe realizar con una anticipación no menor a 270 días calendario a la fecha estipulada del sufragio.

“Las Elecciones Regionales y Municipales se regirán por lo dispuesto en la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales; y, la Ley Nº 27683, Ley de Elecciones Regionales”, dice el decreto supremo, que lleva la firma del mandatario y de la jefa del Gabinete Ministerial, Mirtha Vásquez.

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