Prueba de antígeno es válida para acceder al descanso médico, según Ministerio de Trabajo

No aceptar la prueba de antígenos podría significar para el empleador una multa económica de hasta 52.53 UIT.

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Pruebas antígenas y moleculares se realizan en todo el Perú
Pruebas antígenas y moleculares se realizan en todo el Perú

Si das positivo a la COVID-19, solo con tu prueba de antígenos puedes acceder a un descanso médico en tu centro laboral. A través de un comunicado, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) informó a la población que esta prueba, al igual que una molecular, son válidas para que un trabajador acredite ser portador del nuevo coronavirus.

“Según la Resolución Ministerial n.° 1275-2021-MINSA se determinó que la confirmación de un caso positivo de la COVID-19, se puede efectuar a través de una prueba molecular y también antígena. No aceptar la prueba antígena es una contravención a la directiva emitida por el MINSA, afectando los derechos en seguridad, salud y sociolaborales de los trabajadores/as del país”, indica el pronunciamiento del MTPE.

Asimismo, la autoridad de Trabajo alertó a los empleadores que rechazar una prueba de antígeno positiva incumple las normas legales y podría significar multas de hasta por S/ 241,000.

“Por ese motivo, la Sunafil, sin perjuicio de las acciones de oficio que se viene programando, está atenta a las denuncias para fiscalizar el cumplimiento de la normativa en mención y en caso las empresas incumplan, podrían ser pasibles de inspección y sanciones hasta por 52.53 UIT, esto es, S/ 241,638.00″, manifiestan.

De acuerdo al Ministerio de Trabajo, la gran cantidad de casos positivos de COVID-19 en estas últimas semanas ha colapsado el sistema sanitario por lo que varios empleados no han podido acceder a un certificado de descanso médico, ni a una prueba molecular.

Ante esto, el MTPE “ha recibido denuncias ciudadanas que algunos empleadores solo están dando validez a la prueba molecular positiva, y no a una de antígenos, para efectos de la licencia con goce de haber, a la que accede el trabajador cuando resulta contagiado”.

10 DÍAS DE DESCANSO MÉDICO

En Lima Metropolitana y Callao, el descanso médico para un trabajador por contagio de COVID-19 es de 10 días, mientras que para el resto del país es de 14 días, de acuerdo a los últimos cambios dispuestos por el Ministerio de Salud.

“Hay que entender que Ómicron es cuatro o cinco veces más contagiosa de la variante Delta que hemos tenido, pero es una variante que tiene un periodo de incubación más breve de días, por lo que contagia más rápidamente y los síntomas que puede presentar están entre 5 a 7 días”, explicó el ministro de Salud, Hernando Cevallos.

“Por lo general, en los estudios preliminares que se están haciendo en distintos países del mundo, el proceso de contagio de este virus estaría justamente en el momento que tiene mayor cantidad de síntomas el paciente, que son entre 3 a 5 días. Por eso es que se ha disminuido el tiempo de aislamiento, como es en Francia, Estados Unidos, Israel”, agregó.

Por el momento, la reducción de la cuarentena o asilamiento a los pacientes COVID-19 solo será para Lima Metropolitana y Callao, donde la variante Ómicron es la que predomina, caso contrario a lo que sucede en regiones.

“En el resto de las regiones, de acuerdo a como se vaya incrementando la variante Ómicron, veremos si es conveniente reducir también el tiempo de aislamiento, en el resto del Perú predomina la Delta”, manifestó.

Cevallos enfatizó en que, si pasado los 10 días de aislamiento, el cuadro clínico no mejora y persiste la fiebre, entre otros síntomas, esa persona “necesita un control médico para ver si mantiene la cuarentena”. “Pero en la gran mayoría con Ómicron, los pacientes presentan de cuadros leves a moderados”, expresó.

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