Verano es una temporada en la que la mayoría de escolares disfruten de sus vacaciones, son embargo, la otra ‘cara de la moneda’ es la de los padres, ya que para muchos significa un dolor de cabeza porque los gastos escolares se aproximan más.
Esto con mayor razón si el estudiante está en un colegio particular, pero ¿alguna vez te has preguntado si todos los pagos que realizas son los correctos? Si no lo sabes, no te preocupes porque aquí te contamos cuáles son los que sí deberías de realizar y cuáles no.
Hasta el momento existen ciertas dudas en torno al regreso a clases presenciales y más aún con la aparición de la variante ómicron; sin embargo, el Gobierno del Perú, junto con el ministro de Educación confirmaron que las clases se realizarán en marzo de este año.
Pero sabemos que si el menor está en un colegio particular, esto no afecta en nada el pago de la matrícula, así las clases sean presenciales o virtuales. Es por ese motivo que te mostraremos lo permitido y lo no permitido en cuanto a cobros por parte de un colegio privado, según el portal ‘Identicole’ del Ministerio de Educación.
ESTOS SON LOS COBROS QUE SÍ ESTÁN PERMITIDOS
Recuerda que estos cobros se realizan siempre que se trate de una escuela particular.
- Cuota única de ingreso.
- Derecho de matrícula.
- Pensión de enseñanza.
ESTOS SON LOS COBROS QUE NO ESTÁN PERMITIDOS
En el portal ‘Identicole’ del Minedu se observa la siguiente información:
- La matrícula no está condicionada a la compra de los útiles escolares en el colegio. Por lo tanto, puedes matricular a tu hijo sin la necesidad de pagar o comprometerte a hacer el pago de algún útil escolar que ofrezca el colegio.
- Si el alumno cambia de colegio y luego regresa, al momento de la matrícula no deberá pagar una nueva cuota de ingreso. Esta se paga una sola vez.
- No se puede exigir el pago de la pensión adelantada, a menos que sustituya el pago de una cuota de ingreso (matrícula).
- El pago de la cuota por matrícula escolar en los colegios privados no puede superar el monto de la pensión de enseñanza. Esto quiere decir que si la mensualidad del colegio es de S/ 400, el costo de la matrícula debe ser inferior a la cifra mencionada.
NOTA: Es muy importante que de detectar algún pago adicional a los mencionados, revises si dicho pago cuenta con una aprobación por parte de la Dirección Regional de Educación o la UGEL, o que haya sido acordado entre el colegio y los padres de familia.
RESPUESTAS A ALGUNAS DUDAS
Sucede que en algunas ocasiones, los padres se retrasan en el pago de la mensualidad escolar y en otros casos no realizan el pago de ninguna por razones personales. Pero ¿Qué le pasará a la enseñanza de mi hijo si sucediese eso?
Según el portal del Minedu, el colegio está en la potestad de tener los certificados de los meses en los que no se efectuó el pago. Pero eso no implica ni permite al colegio condicionar a evaluación de los alumnos ni la atención a los reclamos que hagan al pago de mensualidades, en ningún caso. A ello se le suma que no pueden usar medidas intimidatorias que afecten o impacten en el desarrollo de las actividades educativas o inclusive en la integridad del o los alumnos.
Si deseas mayor información sobre los colegios, puedes encontrarla haciendo CLIC AQUÍ.
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