Osiptel sancionará a Movistar, Claro, Entel y Bitel por vender chips de celular en la vía pública

Vulnerar las medidas cautelares conllevaría a infracciones muy graves en el sistema de sanciones.

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Foto: Osiptel
Foto: Osiptel

El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) ha iniciado un proceso administrativo sancionador a Movistar, Claro, Entel y Bitel tras detectar que dichas empresas ofrecían la contratación de servicio móvil en puntos de venta no reportados.

“A través del equipo de la Dirección de Fiscalización e Instrucción del regulador, se constató que, tanto en Lima como en otros puntos del territorio nacional, las empresas operadoras continuaron ofreciendo a los ciudadanos chips móviles en las calles y realizando la contratación del servicio en la vía pública y puntos no autorizados”, indicó en el comunicado compartido por redes sociales.

Hoy, 30 de diciembre del 2021, se notificó a las cuatro empresas operadoras que se daba arranco al proceso sancionador. La resolución de medidas cautelares ordena el cese de esta contratación en un plazo máximo de un día hábil.

Se recuerda que en diciembre de 2021 el Osiptel fiscalizó el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 11-D del Texto Único Ordenado (TUO) sobre las Condiciones de Uso de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones. Este establece que las contrataciones de servicios se deben realizar en espacios autorizados e informados al regulador, los cuales no podían estar ubicados en la vía pública o formar parte de la venta ambulatoria.

Sin embargo, a través del equipo de la Dirección de Fiscalización e Instrucción del regulador, se constató que las empresas operadoras continuaban ofreciendo chips móviles en las calles. Ofrecían la contratación del servicio en la vía pública y puntos no autorizados ni informados al Osiptel.

La vulneración de estas medidas cautelares conllevaría a infracciones tipificadas como muy graves en el sistema de sanciones.

Osiptel informó del hecho a través de sus redes sociales.
Osiptel informó del hecho a través de sus redes sociales.

Osiptel informó también que ha solicitado al Congreso de la República, a través de la Comisión de Defensa del Consumidor y Organismos Reguladores de los Servicios Públicos (Codeco), fortalecer las capacidades fiscalizadoras y sancionadoras de su propia entidad. Esto para poder hacerle frente a incumplimientos como estos, por parte de las empresas operadoras.

El objetivo es proveer a Osiptel de mayores y mejores mecanismos que disuadan tanto conductas como prácticas que impacten negativamente en los usuarios y en el mercado de las telecomunicaciones.

RIESGOS DE LA COMPRA DE CHIPS EN LAS CALLES

La venta de chips de servicio móvil en las calles no es una práctica nueva en el Perú, pero sí es muy peligrosa. Esto porque expone los datos personales de los usuarios, ante la posibilidad de que la venta no esté siendo realizada por una entidad confirmada.

La información personal y la huella digital de la persona podría llegar a ser usada para fines distintos a los autorizados. Incluso podrían ser utilizados en actividades fraudulentas. Además, no se suele entregar información clara y detallada sobre el servicio contratado. Así, no hay garantía de recibir lo adquirido. Por ello, es recomendable adquirir los servicios móviles en lugares de venta autorizados.

SANCIONES IMPUESTAS A LAS EMPRESAS EN EL 2021

Este año, Osiptel efectuó otras sanciones a compañías de telefonía.

Entre las últimas informadas, el organismo impuso una multa de 603 unidades impositivas tributarias (UIT) a Claro, equivalentes a más de 2.6 millones de soles, por incumplir con compromisos de mejora de calidad del servicio público móvil. Esta se informó en noviembre de 2021, a través de la resolución de Consejo Directivo N°203-2021-CD/Osiptel, publicada el 5 de noviembre en el diario oficial El Peruano.

El organismo regulador declaró infundado el recurso de apelación presentado por la empresa operadora Claro en segunda instancia administrativa, ante infracciones al cumplimiento de compromisos de mejora, tipificadas como graves, según el Reglamento de Calidad.

En el caso de la empresa Movistar, en el mes de octubre, Osiptel declaró infundado el recurso de apelación presentado por la empresa y confirmó multas por un total de 382.96 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalentes a más de S/1′685,024.

El hecho se informó mediante la Resolución de Consejo Directivo N° 189-2021-CD/Osiptel, publicada el viernes 15 de octubre, en el diario oficial El Peruano. El ente regulador confirmó la aplicación de 226 multas que ascienden a un total de 232,96 UIT o S/ 1′025,024 por infracciones leves tipificadas en el Reglamento sobre la disponibilidad y continuidad en la prestación del servicio de telefonía de uso público en centros poblados rurales.

La sanción se impuso porque Telefónica del Perú superó el límite de 8% de tiempo sin disponibilidad del servicio telefónico en un período consecutivo o alternado durante un año calendario en 226 centros poblados rurales.

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