Viernes 31 de diciembre y lunes 3 de enero son días no laborables: conoce si tendrás que devolver las horas no trabajadas

Feriados declarados por el Gobierno tienen la intención de incentivar el turismo interno y la reactivación de la economía.

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El Gobierno declaró este viernes 31 de diciembre del 2021 y el lunes 3 de enero del 2022 como no laborables. A esto se le suma el sábado 1 de enero que es un feriado calendario por Año Nuevo y domingo 2. Estos días libres tienen la intención de incentivar el turismo interno y la reactivación de la economía. Sin embargo, de acuerdo a la normativa, las horas no trabajadas deberán ser compensadas en un máximo de 10 días, previo acuerdo con el jefe inmediato.

El beneficio de los días no laborables está dirigido a trabajadores de sector público, a escala nacional; sin embargo, los centros de trabajo del sector privado pueden acogerse a la medida, previo acuerdo entre empleador y trabajadores.

HORAS SE DEBERÁN COMPENSAR

Todas estas horas no laborables deberán ser compensadas en los 10 días posteriores, o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública, en función a sus propias necesidades.

La norma también señala que los titulares de las entidades del sector público adoptarán las medidas necesarias para garantizar la provisión de aquellos servicios que sean indispensables para la sociedad durante esas fechas.

También indica qué actividades del sector privado están facultadas a determinar los puestos de trabajo excluidos de este beneficio y los trabajadores que continuarán laborando, a fin de garantizar los servicios a la comunidad. Se trata realizar los servicios sanitarios y de salubridad, limpieza y saneamiento, electricidad, agua, desagüe, gas y combustible, sepelios, comunicaciones y telecomunicaciones, transporte, puertos, aeropuertos, seguridad, custodia, vigilancia, y traslado de valores y expendio de víveres y alimentos.

EL PAGO

El Ministerio de Trabajo informó que aquellos que laboren en los días no laborables no recibirán triple pago, como es el caso de los feriados calendario, pues estos implican descanso obligatorio y es aplicable para todos los trabajadores, sin excepción.

Los feriados están amparados por el Decreto Legislativo 713; mientras que los días no laborables y compensables tienen base legal distintas, pues se fundamentan en diversas normas legales.

RESTRICCIONES

Si bien la intención de este feriado largo es la de incentivar el turismo interno, los viajeros que se trasladen, ya sea vía aérea o terrestre, deberán cumplir una serie de requisitos que te detallamos a continuación:

- Para viajar por avión deberás tener el DNI debidamente actualizado, ya que de viajar con el documento de identidad vencido no se te permitirá abordar el avión al regreso, ya que la prórroga vence este 31 de diciembre.

- Carnet de vacunación: Deberás presentar este documento al viajar vía terrestre y aérea de manera obligatoria.

- Toque de queda: Debido al aumento de casos de la variante ómicron, el gobierno decretó para este viernes 31 de diciembre que el toque de queda sea desde las 11:00 p.m. hasta las 4:00 a.m. del día siguiente.

- Prohibida la venta de bebidas alcohólicas: Durante las fechas del 31 de diciembre, 1 y 2 de enero de 2022 estará prohibida la venta de bebidas alcohólicas.

- Fiestas canceladas: Toda celebración que conlleve a la aglomeración de personas será intervenida por las FF.AA. y la Policía Nacional. El Gobierno dispuso la prohibición de fiestas, celebraciones y reuniones por Año Nuevo.

POSIBLE CIERRE DE PLAYAS

El ministro de Salud, Hernando Cevallos, no descartó hoy el cierre de las playas para el Año Nuevo, a fin de reducir el riesgo de contagio de covid-19, luego de comprobarse una alta afluencia de personas en estos espacios el último 25 de diciembre.

Aclaró, sin embargo, que eso dependerá de si las fuerzas del orden público y los municipios puedan comprometerse a controlar el aforo y las medidas de bioseguridad que eviten la propagación de la covid-19.

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