Perú Libre presenta proyecto de ley para la devolución del 100% de las AFP

El proyecto se encuentra en la comisión de Constitución y Reglamento y la comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera.

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La iniciativa legislativa N° 929/2021 - CR tiene como finalidad “que los ciudadanos puedan disponer del saldo que tienen. | Foto: Agencia Andina
La iniciativa legislativa N° 929/2021 - CR tiene como finalidad “que los ciudadanos puedan disponer del saldo que tienen. | Foto: Agencia Andina

El congresista de Perú Libre, Roberto Kamiche Morote, presentó un proyecto de ley que dispone la devolución del 100% del saldo de los aportes previsionales a los afiliados al sistema privado de administración de pensiones o AFP.

La iniciativa legislativa N° 929/2021 - CR tiene como finalidad “que los ciudadanos puedan disponer del saldo que tienen luego de acogerse al beneficio de la Ley N° 31192, para poder afrontar la crisis económica que afecta a sus familiares”.

El proyecto se encuentra en la comisión de Constitución y Reglamento y la comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera del Congreso de la República.

Mi despacho está en coordinaciones con las respectivas comisiones para impulsar esta iniciativa legislativa y aprobarla cuanto antes”, señala la cuenta de Twitter del congresista.

RETIRO DE 100% DEL CTS HASTA 31 DE DICIEMBRE

Por otro lado, los trabajadores que cuenten con una CTS tienen plazo al 31 de diciembre de este año para retirar hasta el 100% del beneficio, tal como lo contempla el reglamento aprobado por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo a inicios de año, sostuvo el especialista en finanzas, Ernesto Ortiz.

El también docente de la Universidad Continental, refirió que lo mismo sucedió con el depósito de la CTS de mayo, por lo que si algún trabajador desconocía de la norma, puede hacer el retiro ahora mismo o tras el nuevo depósito.

Sin embargo, el experto recomendó que si las personas retiran el dinero de su CTS, coloquen parte de sus fondos en depósitos a plazo fijo o en fondos mutuos, para evitar la pérdida de su valor por efectos de la inflación, y para generar la cultura del ahorro.

También recordó que, en algunos casos, la tasa de interés por CTS es mayor que la de ahorros, por lo que indicó que, de no ser muy necesario contar con liquidez, se evite hacer uso de ese fondo.

Ortiz también recordó que la CTS es un beneficio laboral que otorga el empleador al trabajador que se encuentra en planilla con la finalidad de proteger a este último al momento en que pierda el vínculo laboral; y funciona como un “un seguro de desempleo.

BONO 210

Cabe recordar que el pago del bono extraordinario de 210 soles para los trabajadores del sector privado y público que tengan un ingreso máximo de 2,100 soles mensuales, se realizará a través de EsSalud y se podrá hacer efectivo hasta marzo del 2022.

El Gobierno decidió recientemente otorgar el bono extraordinario de 210 soles a los trabajadores, como un mecanismo compensatorio para apoyar a la reactivación económica, ante los efectos de la pandemia por la Covid-19.

Así lo determinó a través del Decreto de Urgencia Nº 105-2021 “Decreto de Urgencia que establece el otorgamiento de un bono extraordinario a favor del personal formal del sector privado y del sector público con menores ingresos”, publicado el pasado 14 de noviembre en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

(Con información de Agencia Andina)

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