La última actualización del horario del toque de queda y los niveles de alerta expresa que en Lima y Callao la inmovilización obligatoria en las noches, al ubicarse en el nivel de alerta moderada frente a la COVID-19, será desde las 02:00 a 04:00 horas de lunes a domingo.
Así se especifica en el Decreto Supremo N° 179-2021-PCM, publicado por el Gobierno días atrás, y tienen vigencia hasta el 2 de enero del 2022.
Este mismo horario se mantiene en el resto de regiones del país, a excepción de 10 provincias que sí han sido catalogadas en el nivel de alerta alto. Aquí la relación de las horas de acuerdo con el nivel de alerta:
Nivel de alerta moderado: De lunes a domingo desde las 02:00 horas hasta las 4:00 horas.
Nivel de alerta alto: De lunes a domingo desde las 23:00 horas hasta las 4:00 horas del día siguiente.
Nivel de alerta muy alto: De lunes a domingo desde las 22:00 horas hasta las 4:00 horas del día siguiente.
Nivel de alerta extremo: De lunes a sábado desde las 21:00 horas hasta las 4:00 horas del día siguiente; y los domingos desde las 4:00 horas hasta las 4:00 horas del día siguiente.
AUTOS LOS FINES DE SEMANA
Como Lima y Callao se encuentra en nivel de alerta moderado, muchas restricciones se han levantado recientemente, entre ellas la de la circulación de autos privados los domingos. Esto quiere decir que sí está permitido.
AFOROS EN ESPACIOS CERRADOS
Por otro lado, los espacios cerrados donde se exigirá la presentación del carnet de vacunación, así como sus porcentajes máximos de aforo, son los siguientes:
Nivel de alerta moderado:
-Centros comerciales, galerías comerciales, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados: 80%
-Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, bodegas y farmacias: 80%
-Restaurantes y afines, cuya área de atención al cliente (salón, bar y sala de espera) sumen menos de 200 metros cuadrados en zonas internas: 80%
-Restaurantes y afines, cuya área de atención al cliente (salón, bar y sala de espera) sumen igual o más de 200 metros cuadrados en zonas internas: 100%
-Casinos y tragamonedas: 50%
-Cines y artes escénicas: 80%
-Bancos y otras entidades financieras: 80%
-Templos y lugares de culto: 80%
-Bibliotecas, museos, centros culturales y galerías de arte: 80%
-Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes con contacto): 80%
-Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes sin contacto): 80%
-Eventos empresariales y profesionales: 80%
-Peluquería y Barberia: 60%
-Spa, Baños turcos, sauna, baños termales: 60%
-Coliseos (vacunados con 2 dosis):40%
-Gimnasios: 60%
Nivel de alerta alto:
Las provincias que se ubican en este nivel son Huamanga (Ayacucho), Santa (Áncash), Huancavelica (Huancavelica), Concepción (Junín), Chepén y Virú (La Libertad) y Sullana, Piura, Sechura y Talara (Piura).
-Centros comerciales, galerías comerciales, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados:40%
-Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, bodegas y farmacias: 50%
-Restaurantes y afines en zonas internas: 50%
-Casinos y tragamonedas: 40%
-Cines y artes escénicas: 40%
-Bancos y otras entidades financieras: 60%
-Templos y lugares de culto: 40%
-Bibliotecas, museos, centros culturales y galerías de arte: 50%
-Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes con contacto): 50%
-Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes sin contacto): 50%
-Eventos empresariales y profesionales: 50%
-Peluquería y Barberia: 50%
-Spa, Baños turcos, sauna, baños termales: 40%
-Coliseos: 0%
-Gimnasios: 40%
OTRAS DISPOSICIONES
El Decreto Supremo N° 179-2021-PCM también señala que los gobiernos locales regulan la actividad económica de los conglomerados en sus jurisdicciones, con la finalidad de reducir el riesgo de actividades en lugares cerrados sin adecuada ventilación y el riesgo de aglomeraciones, teniendo en consideración los siguientes lineamientos:
- Establecer la adecuada ventilación de espacios cerrados.
- Delimitar espacios físicos y cierre de accesos, con el objeto de controlar y diferenciar las zonas de entrada y de salida.
- Establecer límites de aforo y horarios de supervisión en las horas de alta afluencia del público.
- Implementar medidas idóneas para efectuar el control efectivo de aforos.
- Facilitar el uso de los espacios públicos al aire libre para asegurar el distanciamiento físico o corporal.
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