Congreso aprueba ley con la que no procede un referéndum para convocar a una asamblea constituyente

No procede convocar a un referéndum que llame directamente a la formación de una asamblea constituyente sin que exista un proyecto de reforma que pase antes por el Congreso de la República.

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76 votos a favor, 43 en contra y 3 abstenciones. | Foto: Agencia Andina
76 votos a favor, 43 en contra y 3 abstenciones. | Foto: Agencia Andina

Con 76 votos a favor, 43 en contra y 3 abstenciones, el pleno del Congreso aprobó el texto sustitutorio que propone la ley que fortalece el proceso de aprobación de leyes de reforma constitucional regulado en los artículos 40 y 44 de la Ley 26300, Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadano. Con esta norma no procede un referéndum para convocar a una asamblea constituyente sin que exista una reforma constitucional aprobada previamente por el parlamento.

No puede someterse a referéndum las materias y normas a que se refiere el segundo párrafo del artículo 32 de la Constitución, ni aquellas que no se tramiten según el procedimiento establecido en el primer párrafo del artículo 2016 de la Constitución Políticas”, señala el Artículo 40 sobre Improcedencia de referéndum.

De esta forma, el partido de Perú Libre y otros grupos políticos interesados en el cambio de Constitución no podrán llegar a ello a través de la vía del referéndum como venían intentado hacer con la recolección de firmas en todo el país para tal fin.

LAS MODIFICACIONES

En cuanto a la modificación del artículo 40 sobre la improcedencia de referéndum, este señala que no pueden someterse a referéndum las materias y normas a las que se refiere el segundo párrafo del artículo 32 de la Constitución y agrega “ni aquellas que no se tramiten según el procedimiento establecido en el primer párrafo del artículo 206 de la Constitución Política”.

Por otro lado, en los cambios al artículo 44, se precisa que la convocatoria a referéndum corresponde efectuarla a la autoridad electoral en plazo no mayor de cuatro meses después de acreditadas las respectivas iniciativas y se agrega “salvo que se trate de una reforma constitucional, en cuyo caso es convocado por el presidente de la República, por disposición del Congreso, de conformidad con el procedimiento establecido en el primer párrafo del artículo 206 de la Constitución Política”.

PERÚ LIBRE CRITICA LA MEDIDA

Una de las primeras en reaccionar a esta votación fue la congresista de Perú Libre María Agüero Gutiérrez, quien consideró el hecho como un nuevo “5 de abril” (fecha en la que Alberto Fujimori dio el autogolpe de Estado).

La parlamentaria resaltó que con este acto se estaba eliminando “el referéndum constitucional”, se estaba usurpando las atribuciones del “Jurado Nacional de Elecciones”. Además, calificó lo decidido por el Congreso como una “ruptura del orden constitucional”.

Por su parte, el congresista Guido Bellido sostuvo que el voto del Congreso en contra del referéndum como un camino para llegar, de forma directa, a una asamblea constituyente para impulsar una nueva Constitución fortalece más este deseo.

“Va a ser la catapulta para que esta Constitución se haga realidad”, dijo.

DISIDENCIAS Y SALIDAS EN PERÚ LIBRE

El congresista Guillermo Bermejo presentó su carta de renuncia a la bancada de Perú Libre luego de que, de los 37 votos de su agrupación, solo 15 votaran a favor de la moción de censura contra la presidente del Legislativo, María del Carmen Alva, que él mismo impulsó. 16 parlamentarios de su bancada votaron en abstención y un votó en contra.

De mi mayor consideración es un gusto hacer llegar mi más cordial saludo, y a su vez comunicar mi RENUNCIA irrevocable a la bancada de Perú Libre”, señala en su comunicado dirigido a la bancada de Perú Libre.

Minutos después, se supo que el congresista Hamlet Echevarría también presentó su renuncia irrevocable al grupo oficialista. Con ello, Perú Libre pierde dos integrantes y pasa a tener solo 35 representantes.

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