Ayacucho: Vehículo cayó a un abismo de 500 metros y dejó dos fallecidos

El conductor del auto perdió el control y se desbarrancó. Se hallaron a dos personas muertas y el vehículo quedó totalmente destrozado.

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 ElComercio.pe 163
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A horas de la mañana, se registró un accidente de tránsito, dónde un vehículo sufrió una volcadura y cayó a un abismo de 500 metros de profundidad dejando dos personas fallecidas. El accidente ocurrió cerca al cementerio de la comunidad de Urubamba, en el distrito de Ocros.

La víctima fue identificada como Ignacio Fernández Tineo, asimismo, se supo que el conductor, Luciano Vargas, también perdió la vida.

Según fuentes, el conductor del vehículo falleció casi de forma inmediata, ya que su cuerpo fue hallado en la profundidas del abismo sin signos vitales, también presentaba heridas expuestas en la cabeza y diferentes partes del cuerpo.

Tras conocer el caso, algunas personas que pasaban por este sector y pobladores de comunidades cercanas, bajaron hasta la orilla del río, con la finalidad de ayudar en el rescate, sin embargo, no encontraron un panorama tan bueno, ya que el cuerpo estaba a un lado, mientras el vehículo fue encontrado completamente destrozado por las vueltas de campana.

La Policía Nacional del Perú apareció para realizar las investigaciones del caso. Asimismo, se llamó al representante del Ministerio público para autorizar el levantamiento del cadáver.

Las causas del accidente son materia de investigación, pero presumen que por alguna falla mecánica o excesiva velocidad, el conductor habría perdido el control del vehículo, despistándose inmediatamente y cayendo al abismo.

Por otro lado, desde el Gobierno Regional de Ayacucho, la Dirección regional de Salud, emitieron comunicados informando sobre este accidente y dieron sentidas condolencias a los familiares por la muerte del servidor público.

PRORROGAN ESTADO DE EMERGENCIA EN PROVINCIAS DE AYACUCHO

el Gobierno extendió por 60 días calendario el estado de emergencia en diversos distritos y centros poblados de algunas provincias de las regiones Ayacucho, Huancavelica, Cusco y Junín. Esto se dará desde el 14 de diciembre del 2021 al 1 de febrero del 2022.

La prórroga se aplica en diversos distritos de las provincias de Huanta y La Mar (Ayacucho); de las provincias de Tayacaja y Churcampa (Huancavelica); de la provincia de La Convención (Cusco); de las provincias de Satipo, Concepción y Huancayo (Junín); y en el centro poblado de Yuveni, en el distrito de Vilcabamba, provincia de La Convención (Cusco).

Mediante el Decreto Supremo N° 181-2021-PCM, se dispone también la suspensión del ejercicio de derechos constitucionales durante la vigencia de la prórroga del estado de emergencia.

“Quedan suspendidos los derechos constitucionales relativos a la libertad y seguridad personales, la inviolabilidad de domicilio y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio, comprendidos en los numerales 9, 11, 12 y en el literal f del numeral 24, del artículo 2 de la Constitución Política del Perú”, precisa la norma legal.

En su artículo 3, el decreto dispone que las Fuerzas Armadas asuman el control del orden interno durante la prórroga del Estado de Emergencia declarado en los distritos y centro poblado indicados en el Anexo del presente Decreto Supremo.

“La Policía Nacional del Perú apoya a las Fuerzas Armadas para el logro de dicho objetivo en las zonas declaradas en Estado de Emergencia”, añade el texto.

La actuación de las Fuerzas Armadas se rige por las normas del Derecho Internacional Humanitario, conforme a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1095, Decreto Legislativo que establece reglas de empleo y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2020-DE.

Asimismo, se dispone que el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas asuma el Comando Unificado de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional, en los distritos y centro poblado comprendidos en los alcances de este decreto supremo.

“La implementación de las acciones previstas en el presente Decreto Supremo se financia con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, de conformidad con la normatividad vigente”, refiere el texto.

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