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El Gobierno publicó la noche del jueves, a pocos minutos de que entre en vigencia la norma, el Decreto Supremo que dispone la obligación de presentar el carnet físico o virtual de vacunación contra la COVID-19 en espacios cerrados a partir de hoy viernes 10 de diciembre.
El Decreto Supremo Nº 179-2021-PCM, publicado en la Edición Extraordinaria de las Normas Legales de El Peruano, señala que la medida alcanza a los mayores de 18 años que deseen ingresar a los locales donde se desarrollan actividades económicas y de culto.
“A partir del 10 de diciembre de 2021, en los cuatro niveles de alerta, los mayores de 18 años que deseen ingresar a los locales donde se desarrollan las actividades económicas y de culto que se brindan en los espacios cerrados (...) tienen que presentar su carnet físico o virtual que acredite haber completado, en el Perú y/o el extranjero, su esquema de vacunación contra la covid-19″, indica la norma.
Señala que los asistentes a estos espacios cerrados deberán usar mascarilla de manera permanente. Para el caso de restaurantes o similares, los tapabocas pueden ser retirados solo al momento de ingerir los alimentos, recuerda.
Carné de vacunación by Carlos Alexander Espinoza Huañahui on Scribd
¿CUÁLES SON LOS ESPACIOS CERRADOS?
Los espacios cerrados considerados en la norma, así como sus porcentajes máximo de aforo, son los siguientes:
Nivel de alerta moderado:
-Centros comerciales, galerías comerciales, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados: 80%
-Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, bodegas y farmacias: 80%
-Restaurantes y afines, cuya área de atención al cliente (salón, bar y sala de espera) sumen menos de 200 metros cuadrados en zonas internas: 80%
-Restaurantes y afines, cuya área de atención al cliente (salón, bar y sala de espera) sumen igual o más de 200 metros cuadrados en zonas internas: 100%
-Casinos y tragamonedas: 50%
-Cines y artes escénicas: 80%
-Bancos y otras entidades financieras: 80%
-Templos y lugares de culto: 80%
-Bibliotecas, museos, centros culturales y galerías de arte: 80%
-Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes con contacto): 80%
-Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes sin contacto): 80%
-Eventos empresariales y profesionales: 80%
-Peluquería y Barberia: 60%
-Spa, Baños turcos, sauna, baños termales: 60%
-Coliseos (vacunados con 2 dosis):40%
-Gimnasios: 60%
Nivel de alerta alto:
-Centros comerciales, galerías comerciales, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados:40%
-Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, bodegas y farmacias: 50%
-Restaurantes y afines en zonas internas: 50%
-Casinos y tragamonedas: 40%
-Cines y artes escénicas: 40%
-Bancos y otras entidades financieras: 60%
-Templos y lugares de culto: 40%
-Bibliotecas, museos, centros culturales y galerías de arte: 50%
-Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes con contacto): 50%
-Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes sin contacto): 50%
-Eventos empresariales y profesionales: 50%
-Peluquería y Barberia: 50%
-Spa, Baños turcos, sauna, baños termales: 40%
-Coliseos: 0%
-Gimnasios: 40%
TRABAJO PRESENCIAL
Del mismo modo, la norma legal oficializa la obligación de que a partir del viernes 10 toda persona que realice actividad laboral presencial deberá acreditar su esquema completo de vacunación contra la covid-19.
Igualmente, los choferes y cobradores de todo servicio de transporte público, así como los choferes que brindan servicios de reparto (delivery), sólo podrán operar si acreditan haber recibido las dos dosis de la vacuna.
En tanto, los pasajeros del servicio de transporte aéreo nacional mayores de 18 años solo podrán abordar si acreditan su dosis completa de vacunación; en su defecto, pueden presentar una prueba molecular negativa con fecha de resultado no mayor a 72 horas antes de abordar.
PROHIBIDAS LAS REUNIONES DE NAVIDAD Y AÑO NUEVO
El Gobierno prohibió todo tipo de reunión y evento social, incluyendo las que se realizan en los domicilios y visitas familiares, durante Navidad y Año Nuevo, de acuerdo con un Decreto Supremo publicado en el diario El Peruano.
El Decreto Supremo Nº 179-2021-PCM dispone que esta prohibición regirá a nivel nacional el sábado 25 de diciembre del 2021 y el sábado 1 de enero del 2022.
Tal como lo adelantó el ministro de Salud, Hernando Cevallos, en ambas fechas la inmovilización social obligatoria o toque de queda será desde 01:00 hasta las 4:00 horas en las provincias del nivel de alerta moderado, entre las que se encuentran Lima y Callao.
“Dispóngase la inmovilización social obligatoria de todas las personas en sus domicilios el sábado 25 de diciembre de 2021 y sábado 1 de enero de 2022, desde las 01:00 hasta las 4:00 horas, en las provincias del nivel de alerta moderado; estando prohibido todo tipo de reunión y evento social, incluyendo las que se realizan en los domicilios y visitas familiares, en los cuatro (4) niveles de alerta”, refiere el texto legal.
PASOS PARA OBTENER EL CARNET DE VACUNACIÓN COVID 19
- Primero deberás ingresar a : MINSA - Carnet Vacunación
- Deberás ingresar el tipo de tu documento
- No olvides colocar tu número de tu documento de identidad
- Deberás colocar tu fecha de nacimiento
- No olvides colocar la fecha de emisión de tu documento de identidad
- Luego de llenar estos datos, podrás tender su cartilla de vacunación.
En caso que no registres, podrás hacerlo manualmente ingresando a un link donde colocarás todos los datos. Esto también es válido para los peruanos que se vacunaron fueron del país.
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