Navidad y Año nuevo: Gobierno prohíbe reuniones sociales por la variante Ómicron

La nueva disposición del Estado peruano indica que el 25 de diciembre de 2021 y el 1 de enero de 2022 no habrán reuniones de ningún tipo para evitar una tercera ola COVID-19

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El nuevo horario de toque
El nuevo horario de toque de queda va desde el 1 al 14 de noviembre. Foto: Agencia Andina.

Debido a la pandemia por la COVID-19 y a los nuevos casos detectados por la variante Ómicron esta Navidad y Año Nuevo quedarán prohibidas las fiestas y eventos sociales de todo tipo. Tampoco se realizarán reuniones o fiestas familiares, según el Decreto Supremo Nº 179-2021-PCM publicado en el diario El Peruano. Además, el toque de queda se adelantó de 11:00 p.m. a 4:00 a.m.

El sábado 25 de diciembre de 2021 y el sábado 1 de enero de 2022 será contra la ley organizar cualquier tipo de evento a nivel nacional, además, se recalca que el toque de queda será de 1 de la mañana hasta las 4 de la mañana.

“Dispóngase la inmovilización social obligatoria de todas las personas en sus domicilios el sábado 25 de diciembre de 2021 y sábado 1 de enero de 2022, desde las 01:00 hasta las 4:00 horas, en las provincias del nivel de alerta moderado; estando prohibido todo tipo de reunión y evento social, incluyendo las que se realizan en los domicilios y visitas familiares, en los cuatro niveles de alerta”, se lee en el Decreto Supremo.

Por segundo año consecutivo las fiestas de fin de año quedarán canceladas debido a la pandemia de la COVID-19, que vuelve a causar preocupación en territorio nacional, pese al gran avance de la campaña de vacunación, debido a la aparición de la variante ómicron que mantiene en vilo al mundo entero.

RESTRICCIONES PARA NAVIDAD Y AÑO NUEVO

El ministro de Salud, Hernando Cevallos, comunicó además las restricciones que también entran en vigencia durante las celebraciones de Navidad y Año Nuevo

1. Toque de queda: El gobierno adelantó que una de las primeras medidas restrictivas será el de adelantar el toque de queda a nivel nacional desde las 11:00 p.m. a 4:00 a.m. el 24 y 31 de diciembre.

2. Aforos al 60%: Los centros comerciales y establecimientos cerrados como restaurantes, cines, teatros, mercados, superpermercados, entre otros, ubicados en zonas de alerta moderada de Lima y Callao y el resto de provincias tendrán un aforo máximo de solo el 60%.

3. Tercera dosis: El Ministerio de Salud (Minsa) ha dispuesto aplicar la dosis de refuerzo después de los 3 meses de haber recibido la segunda vacuna y no desde los 5 meses, tal como lo disponía anteriormente el Minsa y esto debido a la presencia de la variante ómicron que elude la efectividad de la vacuna contra la covid-19.

Cevallos indicó que una de las razones por la que se ha dispuesto acelerar la aplicación de la tercera dosis es porque las diversas investigaciones científicas indican que el nivel de protección de la vacuna frente a la variante ómicron es no mayor al 35 %, pero al recibir la dosis de refuerzo, ésta se eleva al 75 % de efectividad.

ACCESO A LAS PLAYAS

El ministro Cevallos aclaró también que no se prohibirá el acceso a las playas de todo el litoral peruano por ser un ambiente abierto y que la normativa de pedir o no el carnet de vacunación para ingresar a las mismas quedará a disposición de los gobiernos municipales.

Sin embargo, recalcó que sí estará prohibida la venta de alimentos y toda clase de bebidas, ya sea en puestos como de venta ambulatoria.

MULTAS

Aunque el documento en mención no aclara qué sanciones o multas podrían recibir aquellas personas que violen las nuevas restricciones para Navidad y Año Nuevo, cabe destacar que, desde febrero del presente año, se han aplicado las multas estipuladas en el Decreto Legislativo Nº 1458.

Las sanciones pueden ir desde los S/ 88.00, sin afectar otras sanciones que puedan derivar de la falta que cometas. En cuanto al toque de queda, permanecer afuera del domicilio durante la inmovilización social obligatoria equivale a S/ 440.00 de multa.

En caso circules con tu vehículo en medio del toque de queda, la Policía Nacional retendrá tu tarjeta de propiedad y licencia de conducir y te impondrá una sanción económica de S/ 6,450.

Asimismo, desarrollar actividades sociales, recreativas, culturales, religiosas, que demande aglomeración en la vía pública, significará una multa de S/ 396.00.

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