Desde este viernes 10 de diciembre, el gobierno peruano dispuso la obligación de presentar el carnet físico o virtual de vacunación contra la COVID-19 para el ingreso a espacios cerrados. El ministro de Salud, Hernando Cevallos, indicó que en los primeros días de la aplicación de la norma podría existir “un acatamiento paulatino”.
“Hemos conversado con las autoridades locales para que estas restricciones, que se han ido anunciando paulatinamente en las últimas dos semanas, sean implementadas. Nos interesa que toda la ciudadanía vaya enterándose en esta semana de manera más pormenorizada en qué consisten estas medidas. Lo que nos interesa fundamentalmente es que a partir del 15, por lo menos, estas medidas estén entrando en acatamiento de manera masiva en nuestro país, con un mejor conocimiento de la norma”, explicó en RPP Noticias.
Cevallos insistió en que hay varias normas que se deben cumplir para evitar la propagación del coronavirus que ha dejado miles de muertos en Perú.
“Vamos a continuar de manera insistente para que la población sepa. Hay algunas normas que se tienen que cumplir para impedir que este covid, que tanto nos ha golpeado, se siga expandiendo en el país (...) Creo que la gran mayoría de la ciudadanía sabe del contenido de las principales normas”, continuó.
El ministro de Salud especificó que “desde hace varios días” se había resuelto que la norma establece que en los lugares públicos cerrados se solicitará la acreditación de la vacunación a las personas que quieran ingresar.
“Entiendo que nuestro país es un país disperso, donde se tiene que llevar adelante un proceso de conocimiento de cualquier norma y esperamos que esto se dé a partir de ahora y paulatinamente en los próximos días, pero es importante que la gente entienda que debe cumplirlo para protegernos todos”, mencionó.
Debido a que hay muchas personas que se oponen a este sistema de presentar su carnet de vacunación para ingresar a los espacios cerrados, Cevallos indicó que no se quiere impedir el paso a estos locales, pero es la única forma de evitar que se propague la COVID-19.
“Nosotros no es que queremos fastidiar a la gente ni impedirle que ingrese, lo que queremos es que tengamos determinadas normas que nos permitan seguir ajustando la necesidad de cuidarnos entre todos, sentir que vamos a un lugar y presentar la acreditación de que nos hemos vacunado”, dijo.
Finalmente, Cevallos mencionó que hay hospitalizados en este momento por el coronavirus y “63 mil corresponden a no inmunizados, en relación con 4 mil que están inmunizados, es clarísimo”.
DECRETO SUPREMO
El Decreto Supremo Nº 179-2021-PCM, publicado el jueves en la noche en la Edición Extraordinaria de las Normas Legales de El Peruano, señala que “a partir del 10 de diciembre de 2021, en los cuatro niveles de alerta, los mayores de 18 años que deseen ingresar a los locales donde se desarrollan las actividades económicas y de culto que se brindan en los espacios cerrados (...) tienen que presentar su carné físico o virtual que acredite haber completado, en el Perú y/o el extranjero, su esquema de vacunación contra la covid-19″.
Los asistentes a estos espacios cerrados deberán usar mascarilla de manera permanente, ya sea la KN95 o la doble quirúrgica de tres pliegues. Para el caso de restaurantes o similares, los tapabocas pueden ser retirados sólo al momento de ingerir los alimentos.
Esta normativa estará vigente hasta el 2 de enero, detalla que hay 10 provincias del país en nivel de “alerta alto” frente a la covid, mientras que el resto del país, incluyendo Lima y Callao, se encuentran en “alerta moderada”.
En las provincias con nivel de “alerta alto” el toque de queda va desde las 23:00 horas hasta las 4:00 horas del día siguiente; asimismo, el aforo en sus actividades económicas es menor.
En cambio, en las provincias con nivel de “alerta moderado” el toque de queda va desde las 02:00 horas hasta las 4:00 horas. En este caso se incrementa el porcentaje de aforo en sus actividades económicas.
Los espacios cerrados donde se exigirá la presentación del carnet de vacunación, así como sus porcentajes máximos de aforo, son los siguientes:
Nivel de alerta moderado:
-Centros comerciales, galerías comerciales, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados: 80%
-Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, bodegas y farmacias: 80%
-Restaurantes y afines, cuya área de atención al cliente (salón, bar y sala de espera) sumen menos de 200 metros cuadrados en zonas internas: 80%
-Restaurantes y afines, cuya área de atención al cliente (salón, bar y sala de espera) sumen igual o más de 200 metros cuadrados en zonas internas: 100%
-Casinos y tragamonedas: 50%
-Cines y artes escénicas: 80%
-Bancos y otras entidades financieras: 80%
-Templos y lugares de culto: 80%
-Bibliotecas, museos, centros culturales y galerías de arte: 80%
-Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes con contacto): 80%
-Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes sin contacto): 80%
-Eventos empresariales y profesionales: 80%
-Peluquería y Barbería: 60%
-Spa, Baños turcos, sauna, baños termales: 60%
-Coliseos (vacunados con 2 dosis):40%
-Gimnasios: 60%
Nivel de alerta alto:
-Centros comerciales, galerías comerciales, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados:40%
-Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, bodegas y farmacias: 50%
-Restaurantes y afines en zonas internas: 50%
-Casinos y tragamonedas: 40%
-Cines y artes escénicas: 40%
-Bancos y otras entidades financieras: 60%
-Templos y lugares de culto: 40%
-Bibliotecas, museos, centros culturales y galerías de arte: 50%
-Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes con contacto): 50%
-Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes sin contacto): 50%
-Eventos empresariales y profesionales: 50%
-Peluquería y Barbería: 50%
-Spa, Baños turcos, sauna, baños termales: 40%
-Coliseos: 0%
-Gimnasios: 40%
ACTIVIDAD LABORAL PRESENCIAL
La norma legal también oficializa la obligación de que a partir del viernes 10 toda persona que realice actividad laboral presencial deberá acreditar su esquema completo de vacunación contra la covid-19.
Igualmente, los choferes y cobradores de todo servicio de transporte público, así como los choferes que brindan servicios de reparto (delivery), sólo podrán operar si acreditan haber recibido las dos dosis de la vacuna.
En tanto, los pasajeros del servicio de transporte aéreo nacional mayores de 18 años solo podrán abordar si acreditan su dosis completa de vacunación; en su defecto, pueden presentar una prueba molecular negativa con fecha de resultado no mayor a 72 horas antes de abordar.
CÓMO DESCARGAR EL CARNET DE VACUNACIÓN
Si aún no has descargado este documento aún estás a tiempo y lo podrás hacer de dos formas:
- Desde la web:
Ingresa a https://gis.minsa.gob.pe/CarneVacunacion/
Ingresar el número de DNI, fecha de nacimiento y fecha de emisión.
Hacer click en iniciar sesión
Haz click a la opción ‘Ver código QR’ para acceder al certificado de vacunación.
- Desde la aplicación
Descarga la aplicación Carné de vacunación e play Store, válido solo para móviles Android.
Ingresar el número de DNI, fecha de nacimiento y fecha de emisión
Revisa el detalle de tu vacuna y genera tu código QR
Muestra el QR para ingresar a establecimientos cerrados.
Tanto por web como por aplicación puedes imprimir tu certificado de vacunación.
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