Desde hoy, viernes 10 de diciembre, el gobierno peruano dispuso la obligación de presentar el carnet físico o virtual de vacunación contra la covid-19 para el ingreso a espacios cerrados. Aquellas personas (mayores de 18 años) que no tengan sus dosis para prevenir el contagio de coronavirus tendrán primero que completar su esquema de lo contrario estarán totalmente prohibidos de ingresar a estos espacios que van desde centros comerciales, restaurantes, bancos, teatros, etc.
El Decreto Supremo Nº 179-2021-PCM, publicado ayer en la noche en la Edición Extraordinaria de las Normas Legales de El Peruano, señala que “a partir del 10 de diciembre de 2021, en los cuatro niveles de alerta, los mayores de 18 años que deseen ingresar a los locales donde se desarrollan las actividades económicas y de culto que se brindan en los espacios cerrados (...) tienen que presentar su carné físico o virtual que acredite haber completado, en el Perú y/o el extranjero, su esquema de vacunación contra la covid-19″, refiere la norma.
Asimismo, los asistentes a estos espacios cerrados deberán usar mascarilla de manera permanente, ya sea la KN95 o la doble quirúrgica de tres pliegues. Para el caso de restaurantes o similares, los tapabocas pueden ser retirados sólo al momento de ingerir los alimentos.
Esta normativa estará vigente hasta el 2 de enero, detalla que hay 10 provincias del país en nivel de “alerta alto” frente a la covid, mientras que el resto del país, incluyendo Lima y Callao, se encuentran en “alerta moderada”.
En las provincias con nivel de “alerta alto” el toque de queda va desde las 23:00 horas hasta las 4:00 horas del día siguiente; asimismo, el aforo en sus actividades económicas es menor.
En cambio, en las provincias con nivel de “alerta moderado” el toque de queda va desde las 02:00 horas hasta las 4:00 horas. En este caso se incrementa el porcentaje de aforo en sus actividades económicas.
Los espacios cerrados donde se exigirá la presentación del carnet de vacunación, así como sus porcentajes máximos de aforo, son los siguientes:
Nivel de alerta moderado:
-Centros comerciales, galerías comerciales, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados: 80%
-Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, bodegas y farmacias: 80%
-Restaurantes y afines, cuya área de atención al cliente (salón, bar y sala de espera) sumen menos de 200 metros cuadrados en zonas internas: 80%
-Restaurantes y afines, cuya área de atención al cliente (salón, bar y sala de espera) sumen igual o más de 200 metros cuadrados en zonas internas: 100%
-Casinos y tragamonedas: 50%
-Cines y artes escénicas: 80%
-Bancos y otras entidades financieras: 80%
-Templos y lugares de culto: 80%
-Bibliotecas, museos, centros culturales y galerías de arte: 80%
-Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes con contacto): 80%
-Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes sin contacto): 80%
-Eventos empresariales y profesionales: 80%
-Peluquería y Barbería: 60%
-Spa, Baños turcos, sauna, baños termales: 60%
-Coliseos (vacunados con 2 dosis):40%
-Gimnasios: 60%
Nivel de alerta alto:
-Centros comerciales, galerías comerciales, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados:40%
-Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, bodegas y farmacias: 50%
-Restaurantes y afines en zonas internas: 50%
-Casinos y tragamonedas: 40%
-Cines y artes escénicas: 40%
-Bancos y otras entidades financieras: 60%
-Templos y lugares de culto: 40%
-Bibliotecas, museos, centros culturales y galerías de arte: 50%
-Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes con contacto): 50%
-Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes sin contacto): 50%
-Eventos empresariales y profesionales: 50%
-Peluquería y Barbería: 50%
-Spa, Baños turcos, sauna, baños termales: 40%
-Coliseos: 0%
-Gimnasios: 40%
Actividad laboral presencial
La norma legal también oficializa la obligación de que a partir del viernes 10 toda persona que realice actividad laboral presencial deberá acreditar su esquema completo de vacunación contra la covid-19.
Igualmente, los choferes y cobradores de todo servicio de transporte público, así como los choferes que brindan servicios de reparto (delivery), sólo podrán operar si acreditan haber recibido las dos dosis de la vacuna.
En tanto, los pasajeros del servicio de transporte aéreo nacional mayores de 18 años solo podrán abordar si acreditan su dosis completa de vacunación; en su defecto, pueden presentar una prueba molecular negativa con fecha de resultado no mayor a 72 horas antes de abordar.
CÓMO DESCARGAR EL CARNET DE VACUNACIÓN
Si aún no has descargado este documento aún estás a tiempo y lo podrás hacer de dos formas:
- Desde la web:
Ingresa a https://gis.minsa.gob.pe/CarneVacunacion/
Ingresar el número de DNI, fecha de nacimiento y fecha de emisión.
Hacer click en iniciar sesión
Haz click a la opción ‘Ver código QR’ para acceder al certificado de vacunación.
- Desde la aplicación
Descarga la aplicación Carné de vacunación e play Store, válido solo para móviles Android.
Ingresar el número de DNI, fecha de nacimiento y fecha de emisión
Revisa el detalle de tu vacuna y genera tu código QR
Muestra el QR para ingresar a establecimientos cerrados.
Tanto por web como por aplicación puedes imprimir tu certificado de vacunación.
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