El Pleno del Congreso de la República decidió aprobar, en segunda votación, el texto de los PL 663 y 684, que establece el tercer feriado nacional del mes (y el quinto del sector público), con 95 votos a favor, 19 en contra y 2 abstenciones.
Esta votación logró declarar feriado nacional el 9 de diciembre en conmemoración de la Batalla de Ayacucho, que consolidó la independencia de América.
Tras conocerse este nuevo ingreso al calendario de los feriados, ahora son trece los feriados nacionales no laborable para el 2022.
Recordemos que el pasado 18 de noviembre, se aprobó un proyecto de ley para declarar feriado nacional el 9 de diciembre para conmemorar la Batalla de Ayacucho.
La iniciativa, en primera votación, obtuvo el respaldo de la mayoría de los presentes. En prima instancia logró 65 votos a favor, 20 en contra y 3 abstenciones. Debido, a que no alcanzó los votos necesarios para ser exonerado en una segunda votación, se tuvo que programar para los primeros días de diciembre, fue entonces que hoy, 09 de diciembre se dio el visto bueno a la aprobación de este feriado.
BATALLA DE AYACUCHO
La batalla de Ayacucho fue el último gran enfrentamiento dentro de las campañas terrestres de las guerras de independencia hispanoamericanas (1809-1826) y significó el final definitivo del dominio administrativo virreinal español en América del Sur. La batalla se desarrolló en la Pampa de Quinua en Ayacucho, Perú, el 9 de diciembre de 1824.
¿CUÁLES SON LOS FERIADOS QUE AHORA MARCAN EL 2022?
Año Nuevo (01 de Enero)
2.-Jueves Santo y Viernes Santo (movibles)
3.-Día del Trabajo (01 de Mayo)
4.-San Pedro y San Pablo (29 de Junio)
5.-Fiestas Patrias (28 y 29 de Julio)
8.-Santa Rosa de Lima (30 de Agosto)
9.-Combate de Angamos (8 de Octubre)
10.-Todos los Santos (01 de Noviembre)
11.-Inmaculada Concepción (08 de Diciembre, previa emisión de dispositivo legal específico) -
12.-Batalla de Ayacucho (09 de Diciembre).
13.-Navidad del Señor (25 de Diciembre).
PAGO EN FERIADOS
Los trabajadores del sector privado que trabajen en feriado nacional no laborables tendrán la oportunidad de percibir una triple remuneración, así realicen trabajo presencial o remoto y sin descanso sustitutorio, informó la Cámara de Comercio de Lima.
“El pago del feriado es equivalente a una remuneración ordinaria que corresponde a un día de trabajo. No obstante, el trabajador del sector privado tiene derecho a percibir tres remuneraciones, siempre que no cuente con descanso sustitutorio”, aseguró el gerente del Centro Legal de la CCL, Victor Zavala.
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