Ayer, se inició el pago del bono extraordinario de 210 soles para trabajadores formales del sector público y privado que perciban una remuneración bruta de hasta 2,000 soles, indicó hoy el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).
Con el objetivo de brindar un apoyo y elevar el poder adquisitivo de los trabajadores formales de bajos ingresos, en estos últimos meses del año, el Poder Ejecutivo publicó el Decreto de Urgencia N° 105-2021, “Decreto de Urgencia que establece el otorgamiento de un bono extraordinario a favor del personal formal del sector privado y del sector público con menores ingresos”.
Fuentes del Ejecutivo en diálogo con el diario La República informó que este pago ya se ha venido entregando a algunos trabajadores estatales. Sin embargo, la gran mayoría de los beneficiarios de este primer grupo estarían recibiendo el bono en lo que queda de noviembre. En total serán 250.000 trabajadores del sector público los que recibirán este subsidio extraordinario.
El principal requisito para recibirlo es tener un sueldo menor o igual a S/ 2.000 y el otro es que el personal del Gobierno nacional y Gobierno regional debe encontrarse registrado en el mes de octubre del 2021 en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (Airhsp) del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).
Además, los trabajadores de los gobiernos locales deberán figurar en la planilla electrónica (Plame) del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).
Dichos trabajadores deben estar bajo los alcances de los decretos legislativos N° 276, N° 728, N° 1057 y de la ley N° 30057. También alcanza al personal comprendido en las normas que regulan las carreras especiales.
SECTOR PRIVADO
Para los trabajadores del sector privado, el Ejecutivo aún deberá publicar el reglamento operativo para que se pueda materializar la entrega del bono de S/ 210. Asimismo, el MTPE deberá aprobar el padrón de trabajadores beneficiarios del bono. Se estima que llegará a más de 3 millones 104 mil personas.
El pago para este grupo se realizará en el mes de diciembre y no necesariamente se depositará la misma fecha en que el trabajador recibe su remuneración, precisaron las fuentes palaciegas.
El encargado de efectuar el pago es el Seguro Social de Salud (Essalud) y será a través de las cuentas bancarias en que cada trabajador recibe su salario.
Además, el Banco de la Nación y las empresas emisoras de dinero electrónico pueden abrir cuentas, masiva o individualmente, a nombre de los trabajadores beneficiarios.
Para recibir este pago, el trabajador deberá estar registrado en la planilla electrónica en la empresa privada en los meses de julio, agosto o setiembre del 2021.
Asimismo, las mismas fuentes precisaron que incluso si el trabajador estuvo registrado en dichos meses y actualmente ya no está trabajando en la empresa de todas formas será beneficiario del apoyo económico estatal.
Es importante mencionar que el MTPE deberá realizar el monitoreo del otorgamiento del bono extraordinario, con la información que le proporcione Essalud sobre los desembolsos efectuados.
El apoyo económico es un ingreso adicional, no tiene carácter remunerativo, compensatorio ni pensionable y no está sujeto a cargas sociales ni forma parte de la base de cálculo para la determinación de cualquier beneficio, compensación u otro de similar naturaleza. Es decir, los S/ 210 serán depositados de forma íntegra.
Los recursos destinados para el pago de los trabajadores del sector privado ascienden a S/ 615 millones 249 mil.
¿QUÉ TRABAJADORES NO ACCEDERÁN AL BONO 210 SOLES?
No están comprendidos los trabajadores que se encuentren en:
- Los organismos públicos descentralizados de gobiernos regionales y locales
- Trabajadores de las empresas públicas de los tres niveles de gobierno
- Trabajadores de las empresas públicas que se encuentran bajo el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (Fonafe), de EsSalud, del Banco Central de Reserva del Perú y de la Superintendencia de Banca y Seguros y AFP.
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