El Gobierno otorgará un bono extraordinario de 210 soles a los trabajadores formales del sector público y privado, que perciban una remuneración bruta de hasta 2000 soles, indicó este domingo el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).
Con el objetivo de brindar un apoyo y elevar el poder adquisitivo de los trabajadores formales de bajos ingresos, en estos últimos meses del año, el Poder Ejecutivo publicó el Decreto de Urgencia N° 105-2021, “Decreto de Urgencia que establece el otorgamiento de un bono extraordinario a favor del personal formal del sector privado y del sector público con menores ingresos”.
DE CARACTER EXCEPCIONAL
Mediante esta norma se otorga un bono extraordinario de 210 soles, por única vez, a los trabajadores con una remuneración o ingreso bruto mensual de hasta 2,000 soles al mes de octubre.
El otorgamiento del bono extraordinario es de carácter excepcional y por única vez, esto es, se prevé que este bono extraordinario se otorgue a cada trabajador que cumpla con las condiciones previstas en el decreto de urgencia en un determinado periodo, con la finalidad de incrementar su poder adquisitivo a través del incremento de sus ingresos reales.
BONO DE 70 SOLES YA NO VA
Cabe mencionar que el Gobierno tenía previsto otorgar un apoyo dinerario temporal de 70 soles mensual, por un periodo de 3 meses, a los trabajadores formales con sueldos de hasta 2000 soles.
De este modo se beneficiará a los trabajadores, principalmente, de micro y pequeñas empresas (mypes) que actualmente perciben un sueldo mínimo (930 soles). Considerando que, por temas coyunturales internacionales y los efectos de la pandemia del COVID-19, la capacidad de los trabajadores de menores ingresos se ha visto afectada, el Gobierno consideró entregar este apoyo dinerario antes mencionado en un pago único de 210 soles (juntando los pagos de 70 soles mensual que se proyectaba hacer en 3 meses consecutivos).
Por lo tanto, se adelanta y se hace un pago único orientado a cubrir el aumento del costo de la canasta de los trabajadores de menor remuneración relativa.
BONO NO ALTERA LA REMUNERACIÓN LABORAL
La norma precisa que el monto del bono extraordinario percibido por el trabajador no altera el monto de la remuneración laboral a la que tiene derecho, así como a la declaración, cálculo y pago de los beneficios laborales, tributos, aportes o contribuciones previstas en el ordenamiento legal.
TAMBIÉN PARA EL SECTOR PRIVADO
En cuanto a la operatividad del pago del bono para los trabajadores del sector privado, se considera que este monto sea otorgado como transferencia directa a cargo del Estado hacia el trabajador beneficiario, a través de EsSalud como ejecutor de su operatividad e intermediario de los desembolsos -realizados a través de las entidades del sistema financiero- a los beneficiados; sin imponer cargas u obligaciones a los trabajadores y empleadores del sector privado, así como tampoco asociar en la práctica el pago de este bono a concepto remunerativo alguno.
Se prevé que la medida beneficiaría a alrededor de 3 millones de trabajadores, lo que cubre a más del 80% del empleo formal privado registrado en el tercer trimestre de 2021, refirió el MEF.
(Con información de Agencia Andina)
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