TC espera resolver demanda sobre cuestión de confianza lo más pronto posible

El magistrado Eloy Espinosa-Saldaña instó al Congreso a que, una vez sea notificado de la demanda, conteste rápido y no esperar los 30 días hábiles de plazo que dictamina la ley.

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Espinosa-Saldaña precisó que estamos ante un problema social y político “que no debe esperar mucho tiempo”, por lo que instó a ser más célere con este caso. | Foto: Agencia Andina
Espinosa-Saldaña precisó que estamos ante un problema social y político “que no debe esperar mucho tiempo”, por lo que instó a ser más célere con este caso. | Foto: Agencia Andina

El magistrado del Tribunal Constitucional (TC) y ponente de la demanda de inconstitucionalidad a la ley que interpreta la cuestión de confianza, Eloy Espinosa-Saldaña, afirmó que entre los integrantes de dicho organismo existe la voluntad para resolver este tema lo más pronto posible.

En ese sentido, instó al Congreso de la República a que una vez sea notificado de la demanda, conteste rápido y no esperar los 30 días hábiles de plazo que dictamina la ley.

Pero la voluntad, no solo mía, es de sacar este caso a la brevedad, claro si nos ayuda el Congreso y no demora mucho la respuesta nos irá mejor, pero la voluntad nuestra es resolverlo esto de la mejor manera y lo más pronto posible”, manifestó a Canal N.

Espinosa-Saldaña precisó que estamos ante un problema social y político “que no debe esperar mucho tiempo”, por lo que instó a ser más célere con este caso.

5 VOTOS DE 6

Asimismo, sostuvo que es muy difícil conseguir cinco votos de un grupo de seis, pero se debe esperar lo que presentará tanto el Poder Ejecutivo como el Congreso de la República, para luego iniciar una discusión y posteriormente “cada cual será responsable de su voto”.

Si no se consiguen los cinco votos entonces la demanda se declara infundada, es rechazada aunque tengas cuatro votos y el otros dos”, agregó.

En otro momento, recordó que este jueves se resolverá la admisión a trámite de la demanda de inconstitucionalidad contra la Ley 31355, que interpreta la cuestión de confianza regulada en los artículos 132 y 133 de la Constitución Política.

El magistrado Eloy Espinosa-Saldaña instó al Congreso a que, una vez sea notificado de la demanda, conteste rápido y no esperar los 30 días hábiles de plazo que dictamina la ley.

LEY QUE REGULA LA CUESTIÓN DE CONFIANZA

El Congreso de la República aprobó la tarde del martes 19 de octubre la insistencia a la autógrafa de ley, observada por el Ejecutivo, que desarrolla el ejercicio de la cuestión de confianza regulada en los artículos 132 y 133 de la Constitución.

Con 79 votos a favor, votos en contra 43 y abstenciones 3. La presidenta del Legislativo, María del Carmen Alva, votó a favor.

Con esta ley, el Ejecutivo ya no podrá presentar una cuestión de confianza si el Congreso aprueba una ley que el presidente y su Gabinete consideren que está en contra de la política del gobierno, como ocurrió en 2019, cuando el presidente Martín Vizcarra disolvió el Congreso.

Ahora, la cuestión de confianza que puede plantear un ministro de Estado o el presidente del Consejo de Ministros a nombre del Consejo, estará referida a materias de competencia del Poder Ejecutivo relacionadas directamente a la concreción de su política general de gobierno.

DEMANDA ANTE EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

El Poder Ejecutivo presentó dos días después al Tribunal Constitucional una demanda de inconstitucionalidad contra la Ley 31355, que interpreta la cuestión de confianza regulada en los artículos 132 y 133 de la Constitución Política, aprobada por insistencia por el Congreso de la República.

Previamente, el procurador del Ministerio de Justicia, Luis Huerta, indicó que el recurso que se presentó ante el TC se sustenta en tres criterios. El primero, que la norma contraviene el balance de poderes entre ejecutivo y legislativo, tal como lo había mencionado el ministro Aníbal Torres.

El segundo, que contradice la propia jurisprudencia del TC y, tercero, se argumenta que contraviene lo dicho por la Corte Interamericana de Derechos Humanos que, en una opinión consultiva, desarrolla la importancia de la democracia y establece la necesidad de vincularla con el balance de poderes y los derechos humanos.

Entre los pedidos de la demanda se encuentra el pedido al TC un control de convencionalidad, que no solo evalúe la ley aprobada bajo la Constitución o la jurisprudencia, sino también bajo lo resuelto por la Corte Interamericana.

La constitucionalista María Antonieta Gonzales explicó a La República que la Carta Magna al tener un sistema semipresidencialista trató de darle mayores herramientas al Ejecutivo, pero para que no exista un poder sobre el otro se desarrollan ciertos balances.

“Aquí la cuestión de confianza es la cara de una misma moneda que es la censura. Así como el Ejecutivo tiene la potestad de presentar la cuestión de confianza, el Congreso tiene la potestad de censurarlo. No se puede modificar uno sin el otro, de lo contrario se está dando mayor fuerza a un poder sobre el otro”, precisó.

(Con información de Agencia Andina)

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