Otorgan descuentos de hasta 100 % en intereses de arbitrios en Lima

A fin de evitar que se desplacen hasta las oficinas del SAT, también se ofrece un descuento adicional del 5 % en pagos al contado a través de canales alternativos.

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Todos los beneficios se aplicarán
Todos los beneficios se aplicarán automáticamente en las deudas registradas en el sistema web del SAT. | Foto: Agencia Andina

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) de Lima informó a la ciudadanía que otorgará descuentos en el pago de arbitrios municipales de hasta 50 % en el saldo insoluto y de hasta 100 % en intereses, dependiendo del año de la deuda.

Con estos beneficios la entidad busca incentivar la cultura tributaria y apoyar a los ciudadanos a regularizar sus pagos correspondientes a predios ubicados en el Cercado de Lima.

Los abonos pueden efectuarse al contado o mediante cualquier medio de pago establecido por el SAT; además, las deudas pueden fraccionarse siempre que la primera cuota se cancele el día de la suscripción.

5 % DE REBAJA ADICIONAL

A fin de evitar que se desplacen hasta las oficinas del SAT, también se ofrece un descuento adicional del 5 % en pagos al contado a través de canales alternativos, como la web www.sat.gob.pe, el BCP, BBVA Continental, Interbank, Banbif, Scotiabank, Western Unión y la Caja Metropolitana. Ubica a los agentes más cercanos en este enlace.

¿CÓMO SÉ QUÉ DESCUENTO TENGO?

Todos los beneficios antes mencionados se aplicarán automáticamente en las deudas registradas en el sistema web del SAT.

Ingresa a www.sat.gob.pe y luego a la sección de “Más consultas y pagos”; ubica la opción “Tributos”, ingresa al concepto “Arbitrios” y digita tu número de DNI o código de administrado. Conoce más en este enlace del SAT.

Para más información comunícate a las líneas de WhatsSAT (956 212 291, 983 744 044, 999 431 111, 940 199 995, 956 212 260 y 956 212 205), al Aló SAT (01) 315-2400, al correo asuservicio@sat.gob.pe, a la página de Facebook @SATdeLima o al chat en línea en www.sat.gob.pe, sección “Contáctenos”.

El pago de los impuestos
El pago de los impuestos vehicular, predial, arbitrios municipales e impuesto de alcabala, entre otros, se podrán realizar a través del portal web del SAT. Foto: Municipalidad de Lima

DECLARACIÓN DE IMPUESTO PREDIAL DE MANERA VIRTUAL

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) de Lima informó en setiembre sobre los pasos que deberán seguir los ciudadanos para presentar su declaración del impuesto predial por intermedio de la agencia virtual SAT.

Se recuerda que este impuesto lo deben pagar las personas naturales y jurídicas propietarias de un inmueble o terreno en el Cercado de Lima.

Aquí los pasos para registrar la declaración:

PASO 1

Registrarse ingresando a “sat.gob.pe”. En la pestaña “Servicios”, seleccionar “Agencia Virtual SAT”. Si ya cuenta con usuario, acceder con su documento de identidad y contraseña.

PASO 2

Hacer clic en la opción “Inscripción predial” y cargar el documento de transferencia de la propiedad. De tener alguna observación, escribirla en el campo inferior de la página.

PASO 3

Por último, enviar la solicitud y verificar que haya llegado una copia del registro a su correo electrónico. Se procederá a revisar la información que proporcionó y posteriormente se enviará un correo electrónico con el resultado de tu solicitud.

¿Qué es impuesto predial?

El impuesto predial es un tributo que se calcula una vez al año, el cual detalla el valor tanto de predios rústicos como urbanos.

Un predio rústico es aquel que se sitúa a las afueras de centros poblados, por lo general, carece de servicios básicos y se destina a tareas rurales. Por otro lado, el predio urbano es aquel que principalmente se encuentra en un sitio poblado, dotado de servicios básicos y cuyo fin es de comercio, industria o vivienda.

El impuesto usualmente puede cancelarse hasta el último día hábil del mes de febrero de cada año o puede fraccionarse en cuatro cuotas. Entonces, la declaración jurada del mismo consiste en la manifestación ante la administración tributaria municipal sobre el registro o transferencia de los predios que el ciudadano posea.

(Con información de Agencia Andina)

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