El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) ratificó, en segunda instancia, las multas impuestas a la empresa Claro por un monto de 548.72 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalente a 2 millones 414,368 soles por no cumplir con compromisos de mejoras correspondientes a los indicadores de Calidad de Cobertura del Servicio (CCS) y Calidad de Voz (CV) en diversos centros poblados.
Conforme a la Resolución de Consejo Directivo N° 178-2021-CD/OSIPTEL, publicada hoy en el diario oficial El Peruano, el ente regulador declaró infundado el recurso de apelación presentado por la empresa operadora y confirmó las multas impuestas por la comisión de infracciones graves tipificadas en el Reglamento de Calidad de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones.
Claro fue sancionada con dos multas por un total de 110.12 UIT o 484,528 soles por no cumplir con los compromisos de mejora correspondientes al indicador CCS en los centros poblados Quivilla (Huánuco) y Pachacamac (Lima).
Asimismo, fue multada con nueve multas por un monto total de 438.6 UIT o 1 millón 929,840 soles por no cumplir con los compromisos de mejora referidos al indicador CV en los centros poblados Moro (Áncash), Cayma (Arequipa), El Porvenir, La Esperanza (La Libertad), Ciudad de Dios (Lima), Calacoa (Moquegua), Wanchaq (Cusco), Paucartambo (Pasco) y Crucero (Puno).
SOBRE LOS COMPROMISOS DE MEJORA
El Osiptel incorporó la figura de los Compromisos de Mejora como un mecanismo que tiene por finalidad la mejora efectiva de la prestación del servicio de telecomunicaciones en un tiempo determinado, en aquellos centros poblados urbanos donde se detectó el incumplimiento de los indicadores de calidad.
La implementación del compromiso de mejora surge como una medida menos gravosa cuya finalidad es que las empresas operadoras adecúen su comportamiento para cumplir con la calidad del servicio que ofrecen, aplicable como paso previo a un régimen propiamente sancionador.
MULTAS A OTRAS COMPAÑÍAS
El pasado domingo, 24 de septiembre, el Osiptel declaró infundado los recursos de apelación presentados por las empresas operadoras Telefónica del Perú y Entel, y confirmó las multas que le fueran impuestas en primera instancia por 663.2 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalentes a dos millones 918,080 soles.
Mediante la resolución de Consejo Directivo 174-2021-CD/Osiptel, publicada en el diario El Peruano, el ente regulador confirmó la aplicación de las multas por 120 UIT (528,000 soles) y 280 UIT (1 millón 232,000 soles) por objetar indebidamente 111,463 consultas previas, mecanismo que permite al concesionario receptor verificar en tiempo real la viabilidad de un eventual procedimiento de portabilidad, y 38,643 solicitudes de portabilidad realizadas por los usuarios de Telefónica.
Se trata de infracciones tipificadas como graves y muy graves respectivamente, en el Texto Único Ordenado (TUO) del reglamento de Portabilidad en el servicio público móvil y en el servicio de telefonía fija, señaló.
CASO ENTEL
En el caso de Entel, el organismo regulador, a través de la resolución de Consejo Directivo 176-2021/Osiptel, publicada en El Peruano, confirmó las multas por 113.2 UIT (498,080 soles) y 150 UIT (660,000 soles) por inconductas tipificadas como graves en el reglamento de Fiscalización, Infracciones y Sanciones, respecto a la entrega de información al Osiptel.
Con las resoluciones publicadas por el Osiptel se agota la vía administrativa, aseveró el regulador de las telecomunicaciones en el país.
Los recursos obtenidos por las multas impuestas a las empresas operadoras por parte de Osiptel no constituyen ingresos para el regulador, sino que son destinados al fondo del Programa Nacional de Telecomunicaciones (Pronatel), indicó.
Pronatel es la organización que promueve el acceso y uso de los servicios públicos de telecomunicaciones esenciales para las poblaciones rurales y está adscrita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), puntualizó.
(Con información de Agencia Andina)
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