El Ministerio de Economía y Finanzas publicó hoy, jueves 30 de septiembre, la norma que modificaría los parámetros del pago de Impuesto Selectivo al Consumo, ISC, para aquellas bebidas azucaradas y a la cerveza sin alcohol.
Dicha norma entrará en vigencia a partir de mañana, 01 de octubre del 2021. Mediante el Decreto Supremo Nº 266-2018-EF se aprobó la modificación que establece que el agua mineral, gaseosas, cervezas sin alcohol y otras bebidas no alcohólicas que pasen los 5 gramos de azúcar por cada 100 mililitros pagarán el 25% de ISC.
Asimismo, una tasa del 17% de ISC se aplica para las bebidas que contengan algún nivel de azúcar que no supere el rango de 5g/100ml. Todo ello con el objetivo de disuadir el consumo de bebidas nocivas para la salud.
El decreto indica que quedan exceptuadas aquellas bebidas que tengan registro sanitario expedido por la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria, Digesa, en la categoría de alimentos destinados a regímenes especiales.
También para las que cuenten con la autorización excepcional de productos farmacéuticos expedidos de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud.
El MEF indicó que esta modificación busca adecuar el esquema impositivo a los nuevos parámetros, el cual redujo el contenido de azúcar de 6 a 5 gramos el pasado 17 de septiembre. Dichos parámetros fueron previstos por el Ministerio de Salud para poder clasificar a una bebida como de alto contenido de azúcares totales.
¿QUÉ ES EL IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO O ISC?
El impuesto selectivo al consumo o ISC es un impuesto indirecto que grava la venta e importación de determinados bienes. Según la Sunat, una de sus finalidades es desincentivar el consumo de productos que generan externalidades negativas en el orden individual, social y medioambiental.
Uno de ellos sería el combustible para mitigar la contaminación ambiental o los cigarrillos para prevenir o reducir enfermedades pulmonares o cualquier otro que ocasione el tabaco.
A diferencia del IGV, el ISC exige mayor carga impositiva a aquellas personas que objetivamente evidencian que tienen una mayor capacidad contributiva para la adquisición de bienes de lujo.
MEF ACTUALIZÓ ISC PARA TABACO, CERVEZA Y BEBIDAS CON 20 GRADOS DE ALCOHOL
Según la Resolución Ministerial 035-2021-EF/15, publicada el pasado 26 de enero del presente año, el MEF actualizó los montos del impuesto selectivo al consumo de los cigarrillos, la cerveza, los productos de tabaco calentado y las bebidas alcohólicas que tengan más de 20 grados de alcohol.
Dicha actualización buscó que el impuesto, que es un monto fijo por unidad de producto, pueda seguir generando la misma carga tributaria y no haya perdidas de recaudación pese al alza del precio.
Otro objetivo que se buscó fue el desincentivar el consumo de productos que puedan dañar el medio ambiente o la salud de las personas.
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