La muerte del cabecilla terrorista de Sendero Luminoso, Abimael Guzmán Reinoso, no solo generó diferentes posturas sobre qué hacer con su cadáver, sino también despertó algunas discusiones sobre cómo referirse el periodo trágico de la historia en el Perú (1980 - 2000) que dejó más de 69 mil muertes o desapariciones ¿Terrorismo o Conflicto Armado Interno? Al respecto, la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP) se pronunció recientemente sobre ambos términos con el objetivo de explicar por qué las dos definiciones pueden ser utilizadas.
El pronunciamiento de la PUCP se hizo a través de su cuenta oficial en Twitter. Sin embargo, lejos de generar consenso, volvió a provocar divisiones entre quienes piensan que solo se debe usar el término “Terrorismo”, y quienes argumentan que “Conflicto Armado Interno” es un término más idóneo.
Aquí algunas de las reacciones al tuit de la PUCP:
TERRORISMO
Uno de los argumentos de quienes señalan que el único término a usarse debe ser “terrorismo”, es que se trataba de una lucha entre Estado y un grupo terrorista.
“Internacionalmente el delito de terrorismo es sancionado, condenado y repudiado por las Naciones Unidas. No se puede considerar un ‘conflicto interno’. Esta ha sido una lucha del Estado peruano contra una banda criminal organizada a nivel nacional. No se puede entender de otra manera”, sostuvo Marco Miyashiro, exdirector general de la PNP, en una entrevista en 2012.
CONFLICTO ARMADO INTERNO
Por su parte, el tuit de la PUCP sostiene que discutir si se trató de “terrorismo” o “conflicto armado interno (CAI )” es un falso dilema, ya que “la denominación CAI no excluye ni hace menos condenables los terribles actos terroristas que existieron”.
La PUCP aclara que en el Perú hubo terrorismo sin ninguna duda, pero que se ha creado una falsa jerarquía entre estos términos. “Como si calificar lo vivido en nuestro país como conflicto armado disminuyera la gravedad de los terribles hechos vividos”, señalan.
Dicha casa de estudios, indica que “según las categorías establecidas por el Derecho Internacional Humanitario (DIH) -refrendadas por 196 Estados, más que la propia ONU- un conflicto armado es la mayor expresión de violencia que puede existir”.
“Los hechos ocurridos en el Perú entre 1980 y el 2000 se califican así porque no fueron criminalidad ordinaria, ni mucho menos tensiones internas o disturbios para la legislación internacional”, mencionan.
Añaden que utilizar el término “conflicto armado interno” no equipara al Estado con el grupo terrorista, ya que, según señalan, “todos los grupos terroristas estarán siempre sometidos a la persecución penal por parte del Estado”.
“Quienes pertenecen a grupos terroristas en un conflicto armado interno no tienen inmunidad por combatir, ni derecho a combatir, ni privilegio o característica excepcional en el derecho internacional”, aclaran.
También manifiestan que la definición de “conflicto armado interno” no afecta la capacidad de nuestro país para sancionar el terrorismo.
Finalmente, la PUCP se defendió de algunas críticas de los propios usuarios de Twitter y mencionaron que en más de una ocasión han manifestado públicamente su “rechazo absoluto al terrorismo”. “Seguiremos defendiendo, con firmeza, la vigencia de una convivencia democrática pacífica y libre”, señalan.
NÚMERO DE MUERTES Y DESAPARECIDOS
Cabe recordar que, según el informe final de la Comisión de la Verdad Reconciliación, de un total de 69,380 personas, Sendero Luminoso fue responsable del 53.68% de los muertos y desaparecidos; el MRTA (Movimiento Revolucionario Tupac Amaru) resultó responsable del 1.8% de violaciones a los derechos humanos; mientras que los agentes del Estado (FF.AA. y Policías), comités de autodefensa y grupos paramilitares fueron responsables del 37.26% de víctimas.
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