Hasta el domingo 19 de septiembre, el toque de queda en Lima y Callao será desde la 1:00 a.m. hasta las 4:00 a.m. del día siguiente. Esto en el marco del Decreto Supremo 151-2021-PCM, publicado el último sábado 4 de setiembre.
En la norma también se estipula que no hay ninguna provincia en nivel de alerta extremo o muy alto. Además, estará permitida la salida de autos: no tienen la restricción de uso de autos particulares los domingos y el transporte interprovincial funcionará sin restricciones.
Nueva norma publicada hoy
Excepto en las provincias de Satipo y Oxapampa, el toque de queda en todo el país será entre 1 y 4 de la madrugada hasta el domingo 3 de octubre, de acuerdo con el Decreto Supremo Nº 152-2021-PCM publicado hoy en el diario El Peruano.
La norma indica que solo Satipo y Oxapampa se encuentran en nivel de alerta alto, en la cual el toque de queda va desde las 11 de la noche hasta las 4 de la madrugada. El resto del país se encuentra en nivel de alerta moderado y por ello la inmovilización social comienza recién a la 1 de la madrugada.
La buena noticia que trae el Decreto, que entra en vigencia a partir de este lunes 20 de setiembre, es que ninguna provincia del país ingresó a la clasificación de alerta extrema o muy alta, donde las restricciones para la circulación de las personas son mayores.
Cabe indicar que en el nivel de alerta moderado, donde también se encuentra Lima Metropolitana y el Callao, no existen restricciones para la circulación de vehículos particulares los domingos.
Aforos y nuevas actividades
La norma también señala que hasta el domingo 3 de octubre las actividades económicas, así como los templos y lugares de culto tendrán el siguiente aforo:
Nivel de alerta moderado:
Actividades en espacios cerrados:
- Centros comerciales, galerías comerciales, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados: 50%
- Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, bodegas y farmacias: 60%
- Restaurantes y afines en zonas internas: 60%
- Casinos y tragamonedas: 50%
- Cines y artes escénicas: 50%
- Bancos y otras entidades financieras: 60%
- Templos y lugares de culto: 50%
- Bibliotecas, museos, centros culturales y galerías de arte: 60%
- Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes con contacto): 60%
- Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes sin contacto): 60%
- Eventos empresariales y profesionales: 60%
- Peluquería y Barbería: 60%
- Spa, Baños turcos, sauna: 60%
- Coliseos (vacunados con 2 dosis):20%
- Gimnasios: 50%
Actividades en espacios abiertos (respetando aforo y protocolos, previa autorización de los gobiernos locales en el marco de sus competencias):
- Artes escénicas
- Enseñanza cultural
- Restaurantes y afines en zonas al aire libre
- Áreas naturales protegidas, jardines botánicos, monumentos o áreas arqueológicas, museos al aire libre y zoológicos
- Actividades de clubes y asociaciones deportivas al aire libre
- Eventos empresariales y profesionales al aire libre
- Mercados itinerantes
- Estadios deportivos (vacunados con 2 dosis): 20%
Nivel de alerta alto:
Actividades en espacios cerrados:
- Centros comerciales, galerías comerciales, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados:40%
- Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, bodegas y farmacias: 50%
- Restaurantes y afines en zonas internas: 50%
- Casinos y tragamonedas: 40%
- Cines y artes escénicas: 40%
- Bancos y otras entidades financieras: 60%
- Templos y lugares de culto: 40%
- Bibliotecas, museos, centros culturales y galerías de arte: 50%
- Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes con contacto): 50%
- Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes sin contacto): 50%
- Eventos empresariales y profesionales: 50%
- Peluquería y Barberia: 50%
- Spa, Baños turcos, sauna: 40%
- Coliseos: 0%
- Gimnasios: 40%
Actividades en espacios abiertos (respetando aforo y protocolos, previa autorización de los gobiernos locales en el marco de sus competencias):
- Artes escénicas
- Enseñanza cultural
- Restaurantes y afines en zonas al aire libre
- Áreas naturales protegidas, jardines botánicos, monumentos o áreas arqueológicas, museos al aire libre y zoológicos
- Actividades de clubes y asociaciones deportivas al aire libre
- Eventos empresariales y profesionales al aire libre
- Mercados itinerantes
- Estadios deportivos: 0%
Amplía estado de emergencia
El Decreto Supremo también prorroga por 31 días calendario, a partir del viernes 1 de octubre de 2021, el estado de emergencia nacional ante las graves circunstancias que afectan la vida de las personas a consecuencia de la covid-19.
Durante ese periodo queda restringido el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio, comprendidos en los incisos 9, 11 y 12 del artículo 2 y en el inciso 24, apartado f) del mismo artículo de la Constitución.
El personal de la Policía Nacional del Perú y de las Fuerzas Armadas velará por el irrestricto cumplimiento de las disposiciones emitidas en el marco del estado de emergencia, conforme a la normativa vigente.
Uso de mascarillas
Asimismo, el dispositivo legal señala que, en todos los casos, es obligatorio el uso de mascarilla para circular por las vías de uso público; así como, el uso de doble mascarilla (una de las cuales podrá ser de tela) para el ingreso a establecimientos con riesgo de aglomeración, tales como:
Centros comerciales, galerías, conglomerados, tiendas por departamentos, tiendas de abastecimiento de productos básicos, supermercados, mercados, bodegas y farmacias, recomendándose el uso adicional del protector facial en estos establecimientos.
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