Mientras Franco Gavidia pisó suelo argentino, Coco aún se encuentra varado en Ezeiza desde hace dos días. Es que el argentino, que vivió en Hungría hasta hace poco tiempo, quiso volver al país con su perro de casi un año, pero al llegar las autoridades del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) no le permitieron a su mascota ingresar porque le faltaba la aplicación de la vacuna antirrábica. Ahora, el ente nacional definió dejarlo en cuarentena, en un espacio dentro de Aduana, por unos 21 a 30 días tras aplicarle la vacuna contra la rabia. Además, en este tiempo se le realizará el certificado de salud. Cuáles son las vacunas que deben tener los canes para ingresar a la Argentina.
Mediante un comunicado, el Senasa aseguró que, al ingresar al país, se detectó a una mascota proveniente de Europa, que ”llegó al país sin su certificación sanitaria y sin la protección antirrábica correspondiente”. “El animal en cuestión es un perro de un año y medio, llamado ‘Coco’ que tiene vencida la vacunación correspondiente y que por eso no puede ingresar a la Argentina”, explicaron.
Al tiempo que señalaron que “se informó al pasajero que viajaba con el animal, del procedimiento y la necesidad de que vuelva al país de origen para completar la documentación faltante. Asimismo, mientras se trabajó en la tramitación de su retorno con la línea aérea, -que se realizaría en el día de hoy-, se avanzó en poner al perro en custodia dentro del aeropuerto, hasta que se resuelva su regreso a origen, salvaguardando su bienestar, brindándole los cuidados y el alimento necesario”.
“Los requisitos son del país que recibe al animal, pero los debe cumplir el que lo emite. El dueño del animal trasgredió las normas en complicidad con la línea aérea. La Argentina es un país que tiene vacunación antirrábica gratuita y obligatoria, y exige que cualquier animal tenga la vacuna antirrábica y un certificado de salud vigente. Pero en este caso, no tenía ninguno”, señaló el doctor veterinario Juan Enrique Romero en diálogo con Infobae.
En ese sentido, el experto aclaró que “por más que se haya vencido hace 8 días, no cumple con la reglamentación y el empleado del Senasa cumplió con lo que debía hacer y le dijo que no podía ingresar. Había dos alternativas, sacrificarlo o deportarlo, pero sacrificarlo nunca estuvo en la idea argentina. Estuvieron trabajando toda la noche denodadamente para encontrar la mejor solución”.
En palabras del experto, el Senasa definió encontrar un espacio dentro de Ezeiza, en la Aduana, para que Coco cumpliera una cuarentena y es la Argentina quien le aplicará la vacuna antirrábica. “Para ingresar al país, después de que se le aplique la vacuna antirrábica, serán entre 21 y 30 días para que haga efecto y, además, el personal del Senasa, en ese tiempo, puede certificar la salud del animal”, resaltó Romero.
“Los técnicos del Senasa son los responsables de que se cumplan las normas y, en esta situación, se pone en riesgo la salud pública del país”, señaló el veterinario. “Indudablemente, acá hay un irresponsable, que es el dueño del animal, y el otro que es la línea aérea que le permite transportar al animal sin el cumplimiento de las normas vigentes. El dueño aceptó esta condición y cuando bajó, como no podía ingresar, buscaron la mejor solución; pero el dueño debe ser sancionado severamente y la aerolínea también, porque no hay excusas. No hay cura para la rabia y es una enfermedad mortal. Estamos jugando con fuego”, sentenció Romero.
Por otro lado, en lo que respecta a la salud de nuestras mascotas, Romero explicó que “las vacunas, tanto las del perro como del gato, más allá del plan sanitario de los cachorros, tienen dosis de refuerzo. Lo que se llama dosis rappel. Se trata de la dosis que hace memoria en el sistema inmunológico, más allá de esta sucesión de dosis en el cachorro, que todavía no tiene maduro su sistema inmunológico”.
En ese sentido, advirtió que para “todas las enfermedades, como la rabia, la parvovirosis el moquillo, coronavirosis canina, la rabia en el gato y en el perro, deben ser vacunados todos los años. Toda la vida del animal, inclusive, puntualmente y específicamente, con mayor énfasis en los animales de cierta edad”. “La rabia es una enfermedad infecciosa vírica que causa alrededor de 60.000 muertes cada año. En la inmensa mayoría de los casos, el perro es el animal que nos la transmite. Una vez que se manifiestan los síntomas no existe posibilidad de tratamiento efectivo. La buena noticia es que nunca se ha demostrado la transmisión de la rabia entre personas”, agregó el experto.
“La primera vacuna se administra a las 6 semanas de que nazca el cachorro, esta es la vacuna contra el parvovirus+/- y el virus del moquillo. Después de los 2 meses se le debe aplicar la vacuna Polivalente (parvovirus, virus del moquillo, virus de la parainfluenza, virus de la hepatitis+/- leptospira)”, enumeró Romero.
Cuáles son las vacunas que se deben aplicar para la salud de los perros
1- Séxtuple (Moquillo canino, hepatitis infecciosa, parvovirus, leptospirosis, parainfluenza canina, coronavirus).
2- Rabia canina (obligatoria)
3 - Tos de las perreras (bacteriana)
Cuáles son los requisitos para que las mascotas ingresen a la Argentina
Según se desprende de la página oficial del Senasa, los requisitos para que una mascota ingrese a la Argentina son:
- Todos los caninos y felinos domésticos que ingresen a la REPÚBLICA ARGENTINA desde cualquier país del mundo deben presentar un Certificado Veterinario Internacional (CVI) emitido por la Autoridad Veterinaria del país de origen que contenga los requisitos sanitarios de Argentina (Resolución GMC 17/15).
- El Senasa autoriza el ingreso de animales amparados sanitariamente por un Pasaporte que reemplace al CVI, siempre que se encuentre vigente, que contenga la información sanitaria requerida por la Resolución GMC 17/15 y que sea refrendado o convalidado mediante firma y sello de la Autoridad Veterinaria de dicho país previo al traslado.
- Le sugerimos buscar la página web oficial del servicio o autoridad veterinaria del país en el cual se encuentra para conocer cómo y dónde gestionar el CVI.
- El CVI emitido por la autoridad sanitaria del país en el cual se encuentra es válido por 60 (sesenta) días para ingresar a la Argentina con su perro/gato, siempre que la vacuna antirrábica se encuentre vigente el día del ingreso.
- Uno de los idiomas del CVI deberá ser español.
- No se requiere Permiso de importación.
Cuáles son los requisitos sanitarios para obtener el Certificado Veterinario Internacional:
1-CERTIFICADO DE SALUD:
Emitido dentro de los diez (10) días previos a la fecha de emisión del CVI por un veterinario autorizado en el país de origen que acredite que dicho animal se encuentra clínicamente sano, sin evidencias de parasitosis y que está apto para su traslado.
2-VACUNACIÓN CONTRA RABIA:
Los perros y los gatos deben estar vacunados contra la rabia con vacunas autorizadas por la Autoridad Veterinaria del país de origen / procedencia y con inmunidad vigente según el plazo de validez otorgado por el laboratorio fabricante de la vacuna. Cuando se trate de animales vacunados por primera vez, la vacuna debe haber sido aplicada al menos VEINTIÚN (21) días previos al ingreso a la República Argentina.
Si el perro o gato es menor de 3 (tres) meses, la Autoridad Veterinaria deberá certificar la edad del animal y que el mismo no ha estado en ninguna propiedad donde ha ocurrido algún caso de Rabia urbana en los últimos NOVENTA (90) días previos a su embarque.
Si el animal procede de un país o zona que cumple con las recomendaciones establecidas en el Código Terrestre de la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE SANIDAD ANIMAL (OIE) para ser declarado libre de Rabia, podrá ingresar sin la correspondiente inmunización contra esta enfermedad, debiendo la Autoridad Veterinaria emisora del CVI hacer constar esta condición de país o zona libre en dicho CVI o Pasaporte.
La Constancia de Vacunación Antirrábica original no debe ser retenida por ninguna Autoridad de control dentro de la ARGENTINA ni en el exterior. En todos los casos esta Constancia debe continuar en poder del propietario / responsable del animal.
3-DESPARASITACIÓN:
Tratamiento contra parásitos internos y externos dentro de los QUINCE (15) días previos a la fecha de emisión del CVI o a la intervención del Pasaporte, con productos veterinarios aprobados por la Autoridad Veterinaria del país de origen/procedencia.
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