Repensar el sistema financiero
Algo no funciona bien en el sistema financiero occidental. Dos grandes crisis en el transcurso de 15 años así lo gritan fuertemente. Por ello, es imperativo repensar el sistema financiero sobre la base de nuevos principios. Me atrevo a plantear para la discusión algunos de ellos.
Hay que cambiar de libro, la economía no es la misma de hace cincuenta años
La importancia de las inversiones de cartera, de los inversionistas institucionales, las interrelaciones entre los operadores financieros, la afectación a las monedas de los países o al valor de su deuda por causa de una mala decisión de un operador financiero (Banco, puesto de bolsa, operadora de pensiones u otro, en adelante OF), la cadena de transmisión de las crisis entre diferentes OF y entre estos y la economía real, las redes sociales como propagadoras de noticias y potenciadoras de las crisis, modelos tecnológicos disruptivos de negocios que se alejan de lo tradicional (fintech, activos digitales) son solo algunas de las situaciones que no se tenían hace 50 años.
Por todas esas razones, las decisiones de política económica deben tomarse considerando esos nuevos factores, no solo al calor de teorías que se quedan cortas, por haber sido construidas en un entorno absolutamente diferente.
<i>Too big to fail, too big to be</i>
Debe ser un principio fundamental que toda entidad financiera pueda llegar a la quiebra. La probabilidad de la quiebra es necesaria para reducir el riesgo moral. Si un OF es tan grande que resulte de un enorme costo social, económico o político permitir su quiebra, dicha entidad debe ser escindida (dividida) de forma inmediata.
En la base del sistema financiero debe estar la admisión de la falibilidad de las empresas y su posibilidad de quiebra y por tanto todo el sistema debe estar preparado para aceptar dicho hecho sin necesidad de que ocurra una crisis.
Si un banco quiebra… pues quiebra
Debe saberse cuáles son las condiciones objetivas en que se está invirtiendo en un OF y conocer las consecuencias. Salir al rescate de los OF genera un riesgo moral, tanto para los accionistas como para sus acreedores.
No a la socialización de las pérdidas
Otro principio fundamental será establecer que la Hacienda Pública (el Tesoro) no tiene por qué asumir el costo de las crisis financieras en entidades que no son propiedad del Estado, es decir, no debe ser permitida la socialización de las pérdidas, cuando ha existido una privatización de las ganancias. Esto tiene implicaciones prácticas: a. Jamás un accionista de una entidad financiera deberá ser rescatado en caso de quiebra; b. Si un Valor (una acción o un bono) cae en su precio, debe permitirse que caiga tanto como el mercado lo crea necesario, sin interferencias artificiales para elevar el precio; y c. En ninguna circunstancia el emisor público (hacienda) debe pagar “a la par” bonos a los cuales el mercado está castigando en su precio.
¿Supervisión basada en riesgos? ¿Supervisión prudencial?
Llámese como se quiera, la verdad es que ninguna ha funcionado a la perfección para prever y evitar las grandes crisis. Es necesaria una supervisión diferente, en algunas cosas hay que restar y en otras se deberá agregar.
La supervisión deberá ser menos “técnica”, es decir, no tan burocrática y rígida, a la vez deberá ser menos intrusiva, o sea, dedicarse a lo central de sus funciones y, sobre todo impedir que por la vía de una regulación excesiva y estatista se cargue el negocio financiero de costos innecesarios y se genere el riesgo de la existencia de una garantía subsidiaria del Estado debido a la intromisión exagerada del supervisor o regulador en el negocio financiero.
A la vez, la supervisión deberá ser más gerencial, más intuitiva, con supervisores que entiendan cómo funcionan los negocios y la interconexión de estos entre ellos y con la economía, y que el sistema financiero tiene una función compleja en el entramado social, la cual obliga a acciones políticas que deberán ser tomadas desde el banco central y el ministerio de hacienda (la Fed y el Tesoro), pero que deben contar con el conocimiento e involucramiento de la supervisión.
La Supervisión deberá asumir un papel de observador del sistema financiero, enfocándose en evitar las crisis, no es un árbitro, ni un interventor, es tan solo un observador, con una autoridad mucho más fuerte, con la capacidad de “golpear la mesa”, eso sí, solo cuando sea absolutamente necesario y con una finalidad específica.
Un cambio en el objetivo central de la supervisión financiera
Es tiempo de asignar a la supervisión un nuevo objetivo prioritario que será “evitar las crisis sistémicas”. No digo evitar la quiebra de los OF, sino impedir que una quiebra de un OF ocasione problemas de mayores dimensiones en el sistema.
La quiebra es un problema de la administración del OF, la crisis sistémica es un problema del supervisor.
Hasta ahora, el objetivo central de la supervisión financiera ha estado en “la protección del inversionista”, en adelante ese debería pasar a ser el segundo objetivo de la supervisión y, dada la existencia de un inversionista con mucho mayor conocimiento, asesoría, acceso a la información y recursos (financieros, legales), dicho objetivo debería materializarse exclusivamente en el cumplimiento por los OF del principio de revelación completa o full disclosure, cuya revisión por el supervisor se hará a posteriori.
Además, debemos tener presente que ese ideal del “inversionista pequeñito” que necesita protección es ahora tan solo un espejismo, que desaparece en forma inmediata cada vez que nos acercamos a observarlo… lamentablemente.
Evitar las crisis sistémicas tiene como objetivo ulterior eliminar la justificación para el rescate con fondos públicos de entidades financieras, situación en la cual toda la población termina siendo afectada ya que es a ella a quien corresponde finalmente pagar el costo del rescate mediante impuestos, inflación e incluso con un costo adicional de los servicios financieros o un incremento en las tasas de interés.
¿Política monetaria, política fiscal y supervisión financiera independientes?
Esta ha sido una bandera de los últimos años en la política de los sistemas financieros. La podríamos resumir de la siguiente manera: El banco central define la política monetaria con plena independencia de la política fiscal y, por su parte el ministerio de hacienda define la política fiscal, sin involucramiento de la autoridad monetaria, unido a un proceso de supervisión financiera de tipo técnico, que a su vez es independiente de la política.
A veces la realidad supera a la teoría, y eso ha ocurrido con este planteamiento, que ha sido destrozado en pedazos en cuanto asomó en el horizonte una nueva crisis. Nunca estuvieron más estrechamente involucradas la política monetaria con la política fiscal y la supervisión financiera, la verdad es que al final son solo tres vertientes de una sola actividad y lo que hace o deja de hacer una de ellas termina por afectar a las otras.
Aceptémoslo y sin hipocresías echemos adelante un nuevo esquema de relación y coordinación entre las tres partes.
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