La responsabilidad de los gobiernos democráticos en la existencia y permanencia de dictaduras del SXXI en las Américas

La Carta Democrática Interamericana es un “tratado constitutivo” obligatorio para todos los Estados Miembros, no es una declaración de intenciones

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Víctimas de la represión en Nicaragua (REUTERS/Oswaldo Rivas)
Víctimas de la represión en Nicaragua (REUTERS/Oswaldo Rivas)

Al inicio del siglo XXI en las Américas solo existía la dictadura de Cuba que se ha expandido en las dictaduras de Venezuela, Bolivia, Nicaragua y Ecuador que recuperó la democracia. Los Estados de las Américas y sus gobiernos tienen obligaciones internacionales para evitar y cesar dictaduras, pero por sus acciones y omisiones, los líderes y gobiernos democráticos de las Américas son responsables de la existencia y permanencia de las dictaduras a costa de su propia seguridad e intereses nacionales.

Las dictaduras de Cuba, Venezuela, Bolivia y Nicaragua tienen presos políticos, exiliados, concentran todo el poder que ejercen por medio de “terrorismo de Estado”, no celebran elecciones libres ni justas, violan los derechos humanos, no tienen libertad ni de expresión ni de presa, no tienen “estado de derecho”, no respetan la propiedad privada, han llevado a sus pueblos a crisis humanitarias en los casos de Cuba y Venezuela y graves crisis económicas y sociales en Bolivia y Nicaragua. Son narcoestados con sus principales jefes señalados, acusados y requeridos como jefes e integrantes de grupos criminales.

Esta realidad se presenta en una región que el año 1994 en la Primera cumbre de las Américas decidió la democracia como fundamento de vida y desarrollo y que el 11 de Septiembre de 2001 aprobó la Carta Democrática Interamericana que determina que “Los pueblos de América tienen derecho a la democracia y sus gobiernos la obligación de promoverla y defenderla. La democracia es esencial para el desarrollo social, político y económico de los pueblos de las Américas”.

La Carta Democrática Interamericana es un “tratado constitutivo” obligatorio para todos los Estados Miembros, no es una declaración de intenciones y menos un instrumento de cumplimiento voluntario u optativo, es mandatorio. Entre las obligaciones que determina están los elementos esenciales de la democracia: “el respeto a los derechos humanos y las libertades fundamentales; el acceso al poder y su ejercicio con sujeción al estado de derecho; la celebración de elecciones periódicas, libres, justas y basadas en el sufragio universal y secreto como expresión de la soberanía del pueblo; el régimen plural de partidos y organizaciones políticas; y la separación e independencia de los poderes públicos”.

Además de la Carta Democrática, el sistema jurídico internacional establece otras obligaciones como las determinadas por la Organización de las Naciones Unidas que establece la paz y el respeto a los derechos humanos como obligaciones jurídicas internacionales. La Declaración Universal de los Derechos Humanos convertida en tratado mandatorio en las Américas con el Pacto de San José o Convención Americana sobre Derechos Humanos que establece como obligaciones la protección del derecho a la vida, la integridad personal, la propiedad, la libre expresión, la libre asociación, el derecho de reunión la igualdad ante la ley, la prohibición de esclavitud y mas.

El Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional establece competencia para “crímenes de lesa humanidad” definiendo como tal cualquier “ataque generalizado o sistemático contra una población civil y detallando el “asesinato, exterminio, esclavitud, la deportación…la encarcelación u otra privación grave de libertad física en violación de normas fundamentales de derecho internacional, la tortura, la violación y esclavitud sexual…la persecución de un grupo o colectividad fundada en motivos políticos…la desaparición forzada de personas…”

La Convención de las Naciones Unidas contra la delincuencia organizada trasnacional o Convención de Palermo define como “grupo delictivo organizado un grupo estructurado de tres o más personas que exista durante cierto tiempo y que actúe concertadamente con el propósito de cometer uno o más delitos graves o delitos tipificados con arreglo a la presente Convención con miras a obtener, directa o indirectamente, un beneficio económico u otro beneficio de orden material”.

Son todas estas normas obligatorias y más las que los lideres y gobiernos democráticos de las Américas y el mundo no están cumpliendo respecto a las dictaduras de Cuba, Venezuela, Bolivia y Nicaragua. Delitos flagrantes y hechos notorios lo demuestran, los pueblos y la opinión pública lo reclaman, pero la impunidad es la norma y los dictadores siguen en los mismos foros y manteniendo relaciones internacionales con los gobiernos democráticos.

Crisis humanitarias, migraciones forzadas, conspiraciones y desestabilización de gobiernos democráticos, narcotráfico, terrorismo, apoyo a la invasión de Rusia a Ucrania, presos políticos, tortura, masacres, exilio, desconocimiento de nacionalidad… ¿¡Los lideres y gobiernos democráticos necesitan algo más para cumplir las normas internacionales y cesar las dictaduras del castrochavismo!?

*Abogado y Politólogo. Director del Interamerican Institute for Democracy

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