Corrupción y Estado de Derecho

Guido Valdivia, director ejecutivo de Capeco, resalta la urgencia de emprender la transformación radical de la actual ley de contratación pública de obras.

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| Foto: Agencia Andina
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Una encuesta realizada por Ipsos en mayo de 2022, revela que el 54% de los peruanos considera que la corrupción es el problema más importante del país. Esta percepción se condice con una realidad lacerante: los siete últimos presidentes de la República electos por el voto popular están seriamente involucrados en hechos de corrupción y la mayoría de los partidos que los llevaron al poder han sido imputados como organizaciones criminales.

Estas acusaciones están relacionadas, en casi todos los casos, con procesos de contratación pública de obras de infraestructura y equipamiento. Queda claro entonces, que la corrupción no solamente es responsable del dispendio en los recursos estatales, de la ineficiencia en la provisión de servicios, de la pérdida de competitividad de nuestro aparato productivo y de la persistencia de amplias brechas sociales. También debe atribuírsele un papel clave en el debilitamiento de la institucionalidad democrática y de la confianza ciudadana en el Estado de Derecho.

En este contexto, resulta urgente emprender la transformación radical de la actual ley de contratación pública de obras como punto de partida de una estrategia de modernización de la gestión estatal que incluya además la reorganización del proceso de descentralización; el impulso a la planificación territorial y sectorial; el cambio de los criterios para la priorización y evaluación de inversiones; la automatización de los sistemas de supervisión y control de infraestructuras y equipamientos durante toda su ciclo de vida; y el empoderamiento de la burocracia estatal.

Son cinco las características fundamentales que debería tener esta nueva ley. En primer lugar, debe evitarse que las obras sean asignadas en función del menor costo y/o del plazo más corto de ejecución de las obras. Hay que tener en cuenta que por cada sol que se invierte en diseño y construcción de infraestructuras y equipamientos, se deben destinar cuatro para su operación y mantenimiento. Por eso, la selección de propuestas debe basarse en la mejor ingeniería y la mayor capacidad técnica de los postores.

Un segundo criterio es el de la estandarización de los requisitos para evaluar la experiencia de la empresa contratista y de su personal técnico, en función del tipo y la magnitud de las obras. De esta manera, se evita que las entidades contratantes establezcan requerimientos excesivos (que se constituyen en barreras de acceso para competidores calificados) o insuficientes (que no garantizan la idoneidad de los postores, poniendo en peligro la calidad de las obras).

Tercero, debe iniciarse un proceso progresivo para la acreditación de las capacidades técnicas, humanas y administrativas de las entidades estatales en materia de gestión de infraestructura y equipamiento, como condición previa para llevar adelante licitaciones públicas. En caso de que una entidad no se encuentre acreditada, deberá recurrir a otra que sí lo esté, sin enervar la facultad que tiene aquella para priorizar sus inversiones. Para acelerar este proceso es indispensable que se invierta en el fortalecimiento de las áreas logísticas de los veintiséis gobiernos regionales, autorizándolos a utilizar recursos del canon para este propósito y, para aquellas regiones que no cuenten con esta fuente de financiamiento, el MEF deberá asignar un fondo específico.

En cuarto término, es necesario que los Comités Especiales encargados de todo el proceso de contratación de obras, no estén integrados exclusivamente por funcionarios de la entidad convocante, de manera que se garantice la independencia y pertinencia de sus decisiones. Para ello, al menos uno de sus miembros debería provenir de un cuerpo de Gerentes Públicos especializados gestionado por SERVIR o por OSCE, pudiendo los colegios profesionales contribuir en la selección, capacitación y seguimiento de la labor de estos funcionarios.

Por último, es indispensable incorporar a entidades independientes que desempeñen tareas específicas dentro de los procedimientos de contratación, para garantizar que éstas se ejecuten con pertinencia, oportunidad e integridad. En esta línea, se podría encargar a ASBANC y APESEG la implementación de una plataforma digital para la gestión de fianzas; al INEI la realización de estudios de precios de insumos de construcción a nivel nacional; a la SUNAT la calificación de la capacidad económica y financiera de los postores; a los colegios profesionales la determinación de la experiencia de especialistas y empresas, así como la calidad de los expedientes de las obras ejecutadas por administración directa.

Teniendo en cuenta las graves consecuencias derivadas del mantenimiento de este marco normativo de contratación, es imprescindible priorizar la aprobación de uno radicalmente distinto, para lo cual se debe constituir una mesa de trabajo entre el gobierno nacional, el Parlamento y las organizaciones representativas de la sociedad civil vinculada a la ingeniería y la construcción. Es necesario reconocer que una de las principales razones del fracaso del actual modelo es que fue aprobado y varias veces modificado, de manera excluyente, por el Poder Ejecutivo.

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