La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) condenó este lunes a Venezuela por violar los derechos políticos del ex candidato presidencial Henrique Capriles durante el proceso electoral de 2013. Según la CorteIDH, el caso incluyó la negación a realizar una auditoría de los votos y el “uso abusivo del aparato estatal” para beneficiar al entonces “presidente encargado”, Nicolás Maduro.
Nancy Hernández, presidenta de la CorteIDH, afirmó que el Estado venezolano es responsable de las violaciones a varios derechos fundamentales, como los derechos políticos, las garantías judiciales, la protección judicial, la libertad de expresión y el derecho a la defensa. Esta declaración se realizó durante un acto de notificación de la sentencia, transmitido por redes sociales, al que el Estado de Venezuela no envió representantes.
En las elecciones presidenciales de 2013, Henrique Capriles obtuvo el 49,12% de los votos frente al 50,61% de Nicolás Maduro, según había informado el Consejo Nacional Electoral de Venezuela. Este proceso tuvo lugar tras la muerte del ex presidente Hugo Chávez Frías, ocurrida el 5 de marzo de 2013. Posteriormente, Maduro, quien se desempeñaba como vicepresidente ejecutivo, asumió el cargo de “presidente encargado”.
“La Corte constató que el proceso electoral tuvo lugar en un contexto progresivo de deterioro de la separación de poderes en Venezuela y de la independencia del Consejo Nacional Electoral y del Tribunal Supremo de Justicia”, denunció la jueza Hernández.
Además, explicó que la Corte “acreditó la existencia de un uso abusivo del aparato del Estado durante el proceso electoral que favoreció al candidato oficial Nicolás Maduro y afectó la integridad del proceso electoral y los derechos políticos del señor Capriles y de sus electores”.
La CorteIDH indicó en su sentencia que, durante la campaña electoral, se utilizaron medios de comunicación públicos y se realizaron declaraciones y movilizaciones por parte de funcionarios del Estado venezolano. También se emplearon presiones indebidas y recursos públicos para la promoción y cobertura de Nicolás Maduro.
Además, las autoridades judiciales desestimaron más de 300 denuncias de irregularidades presentadas por Henrique Capriles.
“La actuación del Estado constituyó un abandono de los principios fundamentales del estado de derecho en tanto desconoció las reglas previstas en el derecho interno para limitar el poder y hacer posible el juego democrático, y permitió el uso del aparato del Estado para favorecer al candidato oficial antes, durante y después de la elección”, señaló Hernández.
Los jueces señalaron que “la afectación a la integridad del proceso electoral, y la falta de equidad en este, afectó el derecho de los electores venezolanos a elegir libremente a sus gobernantes”.
La CorteIDH concluyó que la multa impuesta por las autoridades venezolanas a Capriles tras solicitar la revisión de votos representó una violación a su derecho a la libertad de expresión y de pensamiento. En su sentencia, el tribunal ordenó al Estado venezolano adoptar las medidas necesarias para anular dicha multa.
También ordenó al Estado a “adoptar medidas para garantizar la integridad de los procesos electorales” y para “garantizar la posibilidad de verificación de resultados electorales”.
El tribunal dispuso en otra orden que el Estado venezolano debe “facilitar el acceso libre y equitativo de los candidatos a los medios de comunicación” públicos y de alcance general. Además, ordenó implementar medidas para garantizar la independencia tanto del Consejo Nacional Electoral como del Tribunal Supremo de Justicia.
(Con información de EFE)