El Tribunal de Estrasburgo condenó este martes a Rusia por no haber dado una forma de reconocimiento jurídico a las parejas homosexuales, algo que se ha convertido en una obligación para todos los países que son parte del Convenio Europeo de Derechos Humanos.
En su dictamen, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) señala que esa obligación de dar “un marco jurídico específico” a las parejas homosexuales que les garantice “un reconocimiento y una protección adecuadas de sus relaciones de pareja” deriva de su propia jurisprudencia sobre la interpretación del artículo 8 del convenio, referido al respeto de la vida privada y familiar.
En este caso, los demandantes fueron seis personas de nacionalidad rusa que conforman tres parejas homosexuales y que acudieron al TEDH entre julio de 2010 y mayo de 2014, después de haber fracasado en su intento de obtener ese reconocimiento ante la Justicia rusa, tras las demandas ante el Registro Civil para que las inscribieran como matrimonios.
Los jueces europeos señalan que la legislación rusa no contemplaba ningún estatuto legal para las parejas del mismo sexo cuando esos seis demandantes lo reclamaron y que la situación no ha cambiado para nada desde entonces.
Puntualizan que los países del Consejo de Europa tienen un margen de apreciación sobre qué formula jurídica les acuerdan a esas parejas, lo que significa que no tiene por qué ser necesariamente el matrimonio.
Pero no les caben dudas sobre el hecho de que Rusia no ha manifestado ninguna intención de modificar su legislación para darles alguna forma de reconocimiento.
El TEDH rechaza, además, el argumento de las autoridades rusas de que eso se justifica para proteger los valores de la familia tradicional, proteger a los menores contra la promoción de la homosexualidad y porque la mayoría de la opinión pública está en contra de ese tipo de cambios.
Por una parte, insiste en que la protección jurídica de las parejas homosexuales no supone ningún perjuicio para las familias constituidas de forma tradicional ni compromete su futuro o su integridad.
Por otra, señala que una opinión mayoritaria no puede privar a individuos minoritarios de un tratamiento justo que les evite cualquier abuso derivado de una posición dominante.
Es decir, que sería “incompatible con los valores subyacentes del convenio que un grupo minoritario no pueda ejercer sus derechos más que a condición de que la mayoría lo acepte”.
Esta sentencia condenatoria, cuyos efectos jurídicos son más que dudosos dada la situación política e internacional de Rusia, llega después de que ese país fuera excluido del Consejo de Europa el pasado mes de marzo como consecuencia de la invasión de Ucrania.
Pese a todo, los tratados preveían que un país que saliera de la organización seguiría obligada por el Convenio Europeo de Derechos Humanos para los casos que llegaran al TEDH hasta seis meses después, lo que en el caso de Rusia significa hasta el 16 de septiembre de 2022.
(con información de EFE)
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