Un tribunal de sesiones dictó el lunes la pena de muerte a una mujer musulmana acusada de blasfemia contra el profeta Mahoma en virtud de un artículo del Código Penal de Pakistán.
“Está probado más allá de toda duda razonable que la acusada Salma Tanveer escribió y distribuyó los escritos que son despectivos con respecto al Santo Profeta Muhammad (la paz sea con él) y no pudo probar que su caso entra en la excepción prevista en la sección 84 del Código Penal de Pakistán”, dictaminó el juez Mansoor Ahmad Qureshi en su veredicto de 22 páginas.
La sección 84 a la que hace referencia la sentencia trata de los delitos cometidos por una persona aludiendo a su estado de salud mental. En otras palabras, afirma el juez que la mujer no pudo probar una alteración mental en el momento que profirió las blasfemias.
Salma Tanveer, que es propietaria y directora de una escuela privada, fue denunciada por Qari Iftikhar Ahmad Raza, un líder de oración de una mezquita local. Desde el 2 de septiembre de 2013. En la acusación fue señalada de distribuir fotocopias de sus escritos en los que negaba la calidad de profeta de Mahoma y se declaraba a ella misma como profeta.
El abogado de la mujer, Mian Muhammad Ramzan, había argumentado que la acusada no tenía la mente sana en el momento del incidente. Dijo que el magistrado en cuestión había ordenado un examen mental del sospechoso que seguía pendiente sin ninguna culpa por parte del sospechoso.
El abogado defensor argumentó además que la comparación de la escritura a partir de fotocopias no era posible porque se habían manipulado las fotocopias de los supuestos documentos.
Una fiscal del estado, Sadia Arif, presentó pruebas orales y documentales. Dijo que la sospechosa no pudo probar que al momento de escribir y distribuir material blasfemo era incapaz de conocer la naturaleza de su acto.
La fiscalía presentó a 11 testigos, entre ellos el autor de la denuncia y agentes de policía.
El juez, luego de revisar las declaraciones de los testigos y su contrainterrogatorio, determinó que las pruebas orales y materiales demostraban más allá de toda duda razonable que la sospechosa escribió y distribuyó los escritos que se le atribuyen.
El juez comentó que el expediente mostraba que la mujer dirigía su escuela sin ayuda hasta su arresto. Por lo tanto, no se puede afirmar que la mujer sufra una alteración mental.
El juez observó además que era evidente que la sospechosa no estaba libre de anomalías, de lo contrario, no habría escrito ni distribuido material tan despectivo.
“La pregunta, sin embargo, que se plantea es si en derecho tal anormalidad puede ser tratada como suficiente para exculpar a la imputada del grave delito cometido por ella, aunque no sea una locura legal”, sostuvo el juez.
El juez dictaminó que la ley del país no reconocía estas formas menores de anormalidad mental y la alegación de responsabilidad disminuida no estaba disponible como defensa en un proceso penal.
El veredicto encontró más allá de toda duda que la mujer sospechosa escribió y distribuyó los escritos despectivos y no pudo probar que padecía una enfermedad mental.
Aparte de la condena a muerte, a la acusada Salma Tanveer se le impuso un multa de 50 mil rupias, equivalente a 293 dólares.
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