La Justicia europea rechazó un reclamo de bomberos franceses que no quieren vacunarse contra el COVID-19

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) consideró que las medidas solicitadas por un grupo de 672 uniformados “quedan fuera del campo de aplicación” de sus atribuciones para adoptar medidas de urgencia

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FOTO DE ARCHIVO: Bomberos participan
FOTO DE ARCHIVO: Bomberos participan en la ceremonia militar anual del Día de la Bastilla en la Plaza de la Concordia en París (Foto: REUTERS)

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) rechazó un recurso presentado por 672 bomberos franceses contra la obligación de vacunarse contra el covid-19 y eludió suspender la ley francesa al respecto.

“La corte estimó que este recurso queda fuera del campo de aplicación del artículo 39 de su reglamento”, que permite presentar solicitudes en el marco de un procedimiento de urgencia cuando los demandantes están expuestos a “un riesgo real de daño irreparable”, anunció este miércoles el tribunal.

Los bomberos, tanto profesionales como voluntarios, habían solicitado a la instancia europea que adoptara medidas provisionales contra algunas medidas de una ley francesa del 5 de agosto pasado, que establece entre otras medidas la obligatoriedad de vacunarse para quienes trabajen con ancianos y personas vulnerables.

Los bomberos habían invocado las disposiciones del Convenio Europeo de Derechos Humanos relativas al “derecho a la vida” y al “derecho al respeto de la vida privada y familiar”.

Pedían al tribunal que “suspenda la obligación de vacunación” prevista por una ley en Francia para algunas profesiones, incluyendo bomberos o personal de salud.

Pedían también que se suspendieran “las disposiciones que prevén la prohibición de ejercer su actividad” para aquellos que “no hayan cumplido con la obligación de vacunarse”, así como “la interrupción del pago de sus sueldos”.

El experto del TEDH, Nicolas Hervieu, señaló que la decisión del martes es la “primera sentencia europea sobre la vacunación obligatoria contra el covid-19”. Y aclaró que esta decisión no prejuzga la admisión a trámite del recurso o el fondo de la cuestión planteada.

El TEDH, con sede en Estrasburgo, ya se había pronunciado el 8 de abril sobre un caso relativo a la vacunación obligatoria, cuando unos padres checos se negaron a vacunar a sus hijos contra enfermedades infantiles. En su momento, el tribunal consideró que esta obligación podía ser “necesaria en una sociedad democrática”. Aunque esta decisión no se refería a la vacunación contra el COVID-19, se consideró un revés para los antivacunas.

(Con información de AFP y EFE)

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