Finalmente, el Tribunal Especial creado ad hoc por resolución de Naciones Unidas pronunció su sentencia. El juicio había comenzado en 2014, año en el tribunal estableció su sede en La Haya, Holanda. Durante el debate declararon 299 los testigos. En su auto de sentencia del pasado martes 18, el tribunal condenó por dicho crimen a un miembro de Hezbollah.
Salim Yamil Ayyash, cuyos datos filiatorios dio a conocer el tribunal es un ciudadano libanés Pasaporte Nro: 059386. Número de Seguro Social: 690790/63. Nacido el 10 de noviembre de 1963, en Harouf, Líbano. Hijo de Yamil Dakhil Ayyash (Padre) y Mahasin Issa Salama (Madre). Domiciliado hasta 2004 en el Edificio Tabaja, ubicado en la calle Al Jamous, Hadath, al Sur de Beirut. Ultimo domicilio conocido: Harouf, Nabatiyeh, al Sur del Líbano, desde donde se gestiono un permiso de viaje bajo el Nro. 0197 para realizar la peregrinación de este año a la Meca con el mismo número de pasaporte del imputado. Ayyash fue declarado culpable de todos los cargos que obraban en su contra como jefe de la conspiración por medio de la cual una celula terrorista dio muerte a Rafik Hariri en la mañana del 14 de febrero de 2005.
El tribunal declaró que todas las pruebas indican que el prófugo Ayyash era miembro de la organización Hezbollah. Los procesados restantes, Hassan Merhi, Hussein Oneissi y Assad Sabra, fueron absueltos. Los 4 imputados fueron procesados y juzgados bajo la innovadora modalidad del juicio en ausencia, algo que no se había utilizado desde los juicios de Nuremberg al finalizar la Segunda Guerra Mundial.
Durante la lectura del auto de sentencia, la jueza Janet Nosworthy, indicó que quedaron demostrados los vínculos de Ayyash con el grupo terrorista. No obstante, aclaró que el Tribunal no disponía de la potestad de emitir sentencia sobre Estados u Organizaciones en virtud de su reglamento constitutivo que solo permite hacerlo sobre personas físicas.
Sin embargo, Nosworthy señaló que el plexo probatorio indicaba no solo la pertenencia a la organización de parte de Ayyash sino que refirió al posible involucramiento del liderazgo del grupo Hezbollah y del gobierno sirio ya que ambos tenían intereses concretos de eliminar físicamente a Rafik Hariri del escenario político libanés. Esta aseveración de la jueza fue ratificada por el presidente del Tribunal, el Juez David Re, quien opinó en el auto de sentencia que Siria y Hezbollah pueden haber tenido motivos para eliminar a Hariri y algunos de sus aliados políticos pero que el tribunal estaba impedido de pronunciarse tanto sobre el régimen sirio como sobre Hezbollah, y solo lo hizo sobre personas físicas involucradas en la investigación.
Las pruebas utilizadas por el tribunal para juzgar y arribar a la sentencia fueron las comunicaciones a través de teléfonos celulares en la etapa de la planificación y ejecución del atentado suicida con camión bomba. La sentencia indica que Salim Ayyash usó dos teléfonos móviles que fueron claves, el primero de ellos fue utilizado en la planificación del crimen y el restante el día anterior y en las horas previas a la explosión de la bomba que mató a Hariri.
El Juez Re señalo que “el flagelo del terrorismo es uno de los delitos más graves y brutales para la libertad y la seguridad de la sociedad civil, el resultado del accionar terrorista es siempre un gran número de víctimas directas e indirectas, como quedó demostrado el 14 de febrero de 2005, cuando además de Rafik Hariri, otras 21 personas perdieron sus vidas y más de 200 fueron heridas por la explosión que voló dos cuadras de la costanera de Beirut al paso de la caravana que encabezaba la camioneta de Rafik Hariri”.
El juicio pudo llevarse adelante en ausencia dada la condición de prófugos de la justicia de los 4 procesados luego que Hezbollah informó que desconocería la investigación de cualquier tribunal, ya fuera libanés o internacional, diciendo que nunca entregaría a los hombres de su organización que fueran investigados.
Sobre el quinto sospechoso, la acusación penal se encontraba extinguida, se trataba del comandante Mustafa Badreddine, considerado una figura clave en la organización y ejecución del crimen y alto cuadro militar de Hezbollah cercano al liderazgo del grupo que murió en combate en Siria durante la guerra civil de ese país el 13 de mayo de 2016.
Ambos, el sentenciado Salim Yamil Ashash y Mustafa Badreddine eran cuñados, estaban casados con dos de las hijas de Imad Mughniyeh, quien según fuentes libanesas fue jefe de inteligencia y operaciones en el exterior de Hezbollah, también fallecido en Siria el 12 de febrero de 2008.
Imad Mughniyeh era un conocido de la justicia de la República Argentina, su nombre estuvo vinculado al ataque terrorista a la embajada de Israel en 1992 y también en el expediente de la investigacion penal por la voladura de la Mutual Israelita -AMIA- en Buenos Aires dos años despues. Sobre Mughniyeh pesaba circular roja de Interpol junto a otras personalidades y funcionarios del gobierno iraní a pedido de Argentina por ese ataque terrorista que dejó un saldo de 85 muertos y más de 300 heridos.
El crimen del ex primer ministro Hariri disparó manifestaciones multitudinarias en la sociedad libanesa y dio comienzo a lo que se conoció como La Revolución del Cedro, cuando más de un millón de ciudadanos marcharon en las calles de Beirut durante un mes acusando a Hezbollah y a Siria por el magnicidio. Esas movilizaciones a gran escala, dieron lugar a que tres meses después del crimen se aplicara la Resolución 1559 del CSONU que ordenó el retiro de 30.000 soldados sirios estacionados en Líbano dando fin a la ocupación del país por parte del régimen del clan Assad que llevaba 29 años y 6 meses. Precisamente por esa ocupación siria del Líbano, pocos meses antes de su muerte, Hariri había renunciado como primer ministro agravando su enfrentamiento con el presidente sirio Bashar Al-Assad.
En las próximas semanas el tribunal del juicio en ausencia que condenó a Salim Ayyash, llevara adelante la audiencia para dictaminar la aplicación de la pena que le corresponda al sentenciado. El tribunal no tiene la potestad de aplicar la pena de muerte, por lo que la pena máxima sería la de cadena perpetua.
Sin embargo, las implicancias locales que el veredicto puede desatar dentro del Líbano es la profundizacion del rechazo de la ciudadania y el aumento de las movilizaciones contra Hezbollah y el gobierno luego de que muchos libaneses también culpan a Hezbollah por la trágica explosión del puerto de Beirut, ocurrida el 4 de agosto pasado.
En materia de consecuencias externas, particularmente para la República Argentina, el fallo del tribunal de la Haya, ha mostrado con claridad que todos y cada uno de los pasos procesales se llevaron a cabo de forma transparente y correcta, las garantías de defensa en juicio de los imputados no fueron vulneradas, 3 de ellos fueron absueltos. En consecuencia, el procedimiento puede ayudar a la República Argentina a saldar una de las deudas mas ignominiosas que sus instituciones democráticas adeudan y brindar justicia a las victimas y familiares de la voladura de AMIA, el ataque terrorista más devastador y criminal que ha padecido en el país en su suelo.
En tal sentido, hay que recordar que en julio de 2019, La Comisión de Legislación Penal de la Cámara de Diputados argentina dictaminó un proyecto que buscaba instrumentar el juicio en ausencia. Según tal dictamen, a través de ese instituto legal se podría aplicar en aquellas situaciones en las que un imputado no se presente a la justicia, ya sea por rebeldía, por fuga, por desconocerse su paradero o por no haber sido entregado al tribunal por las autoridades estatales competentes. En su momento fueron analizados cuatro proyectos de ley para su tratamiento, que fueron presentados por los diputados Daniel Lipovetzky (PRO), Pablo Tonelli (PRO), Luis Petri (UCR) y Jorge Enríquez (PRO), el último de los legisladores mencionados fue el que más trabajo en ese tema. Durante esa reunión se relacionó la iniciativa con la búsqueda de justicia en los atentados de la AMIA y la embajada de Israel. El proyecto de ley buscaba reglamentar el juicio en ausencia para los casos de delitos graves contra la humanidad como el genocidio, los crímenes de guerra y los delitos de lesa humanidad y también para los casos de delitos perpetrados por el crimen organizado.
Hay un antes y un después del juicio y la condena de Salim Ayyash en la Haya. En Argentina, después de 26 años, las víctimas, sus familiares y la ciudadanía toda, aun esperan. Ahora, la dirigencia política argentina tiene la palabra.
MÁS SOBRE ESTE TEMA: