La Justicia española confirmó la libertad provisional a los miembros de "La Manada"

Los cinco hombres condenados a nueve años de cárcel por abusos sexuales a una joven en los Sanfermines de 2016 continuarán libres hasta que se resuelva el recurso ante el Tribunal Supremo

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Los miembros de “La Manada”
Los miembros de “La Manada”

Los cinco hombres condenados a nueve años de cárcel por abusos sexuales a una joven en los Sanfermines de 2016, conocidos como "La Manada", en un caso que causó un gran impacto social en España, seguirán en libertad provisional hasta que se resuelva el recurso ante el Tribunal Supremo.

La Audiencia provincial de Navarra, donde ocurrieron los hechos, ya había tomado esa decisión el pasado 3 de enero y ahora ha rechazado los recursos que presentaron las acusaciones, con el mismo resultado, dos votos contra uno y la misma argumentación, declaró a EFE el abogado de los acusados, Agustín Martínez Becerra.

Los magistrados estimaron que no había razones suficientes para modificar su situación de libertad provisional y consideraron "endeble" el riesgo de fuga que argumentaban en el recurso la Fiscalía y las acusaciones.

Los cinco hombres fueron condenados en abril de 2018 a 9 años de prisión por abusos de una joven de 18 años en la fiesta de los Sanfermines de la ciudad de Pamplona (norte) en 2016.

Esta sentencia generó una amplia movilización social, al no considerar que hubiera violación, ya que los jueces no apreciaron violencia ni intimidación de los cinco hombres sobre la joven, quien afirmó que se sometió a sus agresores por miedo.

Una de las protestas en
Una de las protestas en España (Reuters)

La condena a los acusados fue confirmada en diciembre del año pasado por un tribunal superior, pero los cinco hombres están en libertad provisional a la espera de una apelación ante el Tribunal Supremo español, presentada tanto por la defensa como por las acusaciones.

Los magistrados reconocen "que los hechos por los que han resultado condenados son graves, por afectar a la libertad sexual" pero "no implica que de ello se derive, indefectiblemente, un incremento del riesgo de fuga, que justifique la modificación de la situación personal de los encausados".

Los jueces descartan igualmente los argumentos de "alarma social" generados por el caso y el riesgo de "reiteración delictiva", al que se hacía referencia en los recursos, aludiendo a las actuaciones que sigue otro juzgado español contra cuatro de los encausados por un caso similar.

El presidente de la sala, Francisco Cobo, emitió un voto particular en el que discrepa con la decisión mayoritaria y reitera su petición de prisión provisional comunicada y sin fianza.

Cobo se remite a los argumentos que expuso entonces, respecto a la "gravedad" de la pena impuesta y al riesgo de fuga.

(Con información de EFE)

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